HAN ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO – VII
CAPÍTULO VI Manipulador de alimentos MEDIDAS NACIONALES Artículo 38 Medidas nacionales Google Analytics Respecto a las materias específicamente armonizadas por el presente Reglamento, los Estados miembros
CAPÍTULO VI Manipulador de alimentos MEDIDAS NACIONALES Artículo 38 Medidas nacionales Google Analytics Respecto a las materias específicamente armonizadas por el presente Reglamento, los Estados miembros
DEFINICIONES ESPECÍFICAS a que se refiere el artículo 2, apartado 4 Manipulador de alimentos Por «información nutricional» o «etiquetado sobre las propiedades nutritivas» se entenderá
CAPÍTULO VII DISPOSICIONES DE APLICACIÓN, MODIFICADORAS Y FINALES Manipulador de alimentos Artículo 46 Modificaciones de los anexos Con el fin de tener en cuenta el progreso
CAPÍTULO V INFORMACIÓN ALIMENTARIA VOLUNTARIA Manipulador de alimentos Artículo 36 Requisitos aplicables 1. En los casos en que se facilite voluntariamente la información alimentaria mencionada en
SECCIÓN 3 Manipulador de alimentos Información nutricional Artículo 29 Relación con otros actos legislativos 1. La presente sección no se aplicará a los alimentos comprendidos en
SECCIÓN 2 Normas detalladas sobre las menciones obligatorias Manipulador de alimentos Artículo 17 Denominación del alimento La denominación del alimento será su denominación jurídica. A falta
CAPÍTULO IV INFORMACIÓN ALIMENTARIA OBLIGATORIA Manipulador de alimentos SECCIÓN 1 Contenido y presentación Artículo 9 Lista de menciones obligatorias Google Analytics 1. De conformidad con los
CAPÍTULO III REQUISITOS GENERALES DE INFORMACIÓN ALIMENTARIA Y RESPONSABILIDADES DE LOS EXPLOTADORES DE EMPRESAS ALIMENTARIAS Google Analytics Artículo 6 Requisito fundamental Los alimentos destinados a ser
CAPÍTULO II PRINCIPIOS GENERALES SOBRE INFORMACIÓN ALIMENTARIA Artículo 3 Objetivos generales Google Analytics La información alimentaria facilitada perseguirá un nivel de protección elevado de la salud
CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1 Objeto y ámbito de aplicación Google Analytics El presente Reglamento establece la base para garantizar un alto nivel de
y del Consejo, de 25 de octubre de 2011, sobre la información alimentaria facilitada al consumidor y por el que se modifican los Reglamentos (CE) nº 1924/2006 y
1. Introducción El 25 de octubre de 2011, el Parlamento Europeo y el Consejo adoptaron el Reglamento (UE) nº 1169/2011 sobre la información alimentaria facilitada al
Google Analytics Manipulador de alimentos Períodos Transitorios en el Reglamento (UE) Nº 1169/2011 El Reglamento (UE) Nº 1169/2011 sobre la información alimentaria facilitada al
Cuando se vendan alimentos a distancia (por ejemplo, la entrega a través de sitios web), deberá estar disponible la siguiente información alimentaria obligatoria, con la excepción
“Alimento envasado” significa cualquier unidad de venta destinada a ser presentada sin ulterior transformación al consumidor final y a las colectividades, constituida por un alimento y
La Directiva de 89/108/CE del Consejo relativa a la aproximación de las legislaciones de los Estados Miembros sobre los alimentos ultracongelados destinados a la alimentación humana
Los operadores deberán expresar la cantidad neta de los alimentos usando las unidades de medida apropiadas: Para productos líquidos: litros, centilitros o mililitros. Manipulador de alimentos
De especial importancia para el etiquetado de alérgenos es el Artículo 44.1.a), que especifica que la información de alérgenos deberá estar disponible para los alimentos no