IMPUESTO SOBRE SOCIEDADES. CONTRIBUYENTES

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CONTRIBUYENTES

    Las personas jurídicas.

    Las sociedades civiles. A pesar de tener personalidad jurídica tributan por el régimen de atribución de rentas, salvo las sociedades agrarias de transformación que siendo sociedades civiles tributan por el IS. Téngase en cuenta que para periodos impositivos iniciados en el año 2016, la LIS determina que las sociedades civiles con objeto mercantil serán contribuyentes del IS.

    Los fondos de inversión (FIM), regulados por la ley 46/84.

Cd Gestión Fiscal                          Manual del Impuesto sobre Sociedades                          5

    Las uniones temporales de empresas (UTES), reguladas por ley 18/82.

    Los fondos de capital – riesgo, regulados en el Real Decreto Ley 1/86.

    Los fondos de pensiones, regulados en la Ley 8/87.

    Los fondos de regulación del mercado hipotecario, Ley 2/81.

    Los fondos de titulación hipotecaria, Ley 19/92.

    Los fondos de titulación de activos a que se refiere la disposición adicional quinta 2 de la Ley 3/94.

    Los fondos de garantías de inversiones.

    Las comunidades titulares de montes vecinales en mano común.

    Los Fondos de Activos Bancarios de reestructuración y resolución de entidades de crédito..

Obligación personal:

Están sujetas las entidades residentes:

    Constituidas conforme a las leyes españolas,

    Con domicilio social en España.

    Que tengan su sede de dirección efectiva en territorio español.

Domicilio fiscal en España:

    Domicilio social si en él reside la gestión administrativa o dirección de los negocios.

    En       otro         caso,         la       sede         de        “dirección          efectiva”          o subsidiariamente             donde       radique         el       mayor        volumen       de inmovilizado.

Renta sujeta: renta mundial.

Los sujetos pasivos que no tienen residencia en territorio español se regulan en la Ley de Renta de los No Residentes.

La ley nos indica que están gravadas aquellas rentas obtenidas en territorio español. Pero, ¿Qué se entiende por territorio español? Según la ley, el domicilio fiscal coincide con el social, siempre que en él se centralice la gestión efectiva y la dirección de los negocios. Si no coinciden, tiene preferencia el lugar en que se centralice la gestión sobre el domicilio social.

Si no puede identificarse el domicilio fiscal, se considera como tal el lugar donde radique el mayor valor del inmovilizado.

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1. Personas Jurídicas

El Impuesto sobre Sociedades está dirigido principalmente a personas jurídicas, es decir, entidades que tienen una personalidad jurídica distinta a la de sus miembros. Los tipos de contribuyentes dentro de este grupo son:

a) Sociedades Mercantiles

Son las sociedades anónimas (S.A.), sociedades limitadas (S.L.), sociedades comanditarias, sociedades cooperativasy otras sociedades mercantiles que realizan actividades económicas y tienen como objeto la obtención de beneficios.

  • Sociedades anónimas (S.A.): Empresas con un capital social dividido en acciones, que pueden ser transmitidas libremente.
  • Sociedades limitadas (S.L.): Empresas con capital dividido en participaciones sociales, que no pueden cederse libremente sin el consentimiento de los demás socios.
  • Sociedades cooperativas: Empresas organizadas para la satisfacción de las necesidades y aspiraciones económicas, sociales y culturales de sus miembros.

b) Sociedades Civiles

Las sociedades civiles que se constituyen como entidades mercantiles y no como personas físicas, y que tienen una actividad económica habitual, también están sujetas al Impuesto sobre Sociedades.

c) Entidades sin ánimo de lucro

Las entidades sin ánimo de lucro, como fundaciones, asociaciones, y cooperativas, que obtienen ingresos en el ejercicio de actividades económicas, también son contribuyentes del IS aunque existen ciertos beneficios fiscales y exenciones para este tipo de entidades, siempre que cumplan ciertos requisitos y no obtengan beneficios económicos.

d) Establecimientos permanentes de entidades no residentes

En el caso de entidades no residentes en España que realicen actividades económicas a través de un establecimiento permanente en territorio español (por ejemplo, una sucursal, oficina o factoría), también estarán sujetas al Impuesto sobre Sociedades.

2. Excepciones: Personas Físicas

El Impuesto sobre Sociedades no se aplica a las personas físicas directamente, ya que el tributo está dirigido a las entidades jurídicas. Sin embargo, las personas físicas que llevan a cabo actividades empresariales tienen que tributar por su renta empresarial a través del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) y no a través del IS. En estos casos, la tributación se lleva a cabo a través de los rendimientos de actividades económicas en el IRPF.

3. Contribuyentes que Pueden Acogerse a Regímenes Especiales

Algunos contribuyentes pueden acogerse a regímenes especiales que modifican la forma en que tributan en el Impuesto sobre Sociedades. Estos regímenes están diseñados para promover determinadas actividades o sectores económicos y suelen otorgar beneficios fiscales, como deducciones, exenciones o tipos impositivos reducidos.

Algunos de los regímenes especiales son:

a) Régimen de Consolidación Fiscal

Permite a un grupo de sociedades tributar como una sola entidad fiscal, de modo que las rentas y pérdidas de las sociedades del grupo se compensen entre sí. Este régimen está destinado a grupos de empresas que controlan al menos un 95% del capital social de las sociedades del grupo.

b) Régimen de Empresas de Reducida Dimensión

Está diseñado para las empresas con una facturación anual inferior a 10 millones de euros. Este régimen permite ciertos beneficios fiscales, como la posibilidad de aplicar una deducción por inversión y exenciones en determinadas situaciones.

c) Régimen de Cooperativas

Las cooperativas que cumplan ciertos requisitos pueden beneficiarse de un tipo impositivo reducido, y algunas de sus rentas pueden estar exentas de tributación.

d) Régimen de Fomento de la Investigación y el Desarrollo (I+D+i)

Las entidades que realicen actividades de investigación y desarrollo pueden beneficiarse de un régimen fiscal especial que incluye una serie de deducciones y exenciones sobre los beneficios obtenidos por estas actividades.

e) Régimen de la Neutralidad Fiscal en Fusiones, Escisiones y Aportaciones de Activos

Este régimen permite que las empresas que realicen fusiones, escisiones o aportaciones de activos entre sociedades que pertenecen a un mismo grupo no tributen en el momento de la operación, sino que el impacto fiscal se traslade a las transacciones posteriores.


4. Tipos de Rentas Imponibles de los Contribuyentes

Los contribuyentes del Impuesto sobre Sociedades deben tributar por las rentas que obtengan durante el periodo impositivo, las cuales se clasifican en:

  1. Rendimientos de actividades económicas: Cualquier ingreso derivado de la actividad empresarial.
  2. Ganancias patrimoniales: Ingresos generados por la venta de activos, como propiedades, participaciones o inversiones.
  3. Dividendos recibidos: Ingresos derivados de las participaciones en otras empresas.
  4. Otros rendimientos: Pueden incluir rentas financieras, intereses, etc.

5. Objeto y Hecho Imponible

  • Hecho imponible: El hecho imponible en el Impuesto sobre Sociedades es la obtención de rentas por parte de los contribuyentes durante el ejercicio fiscal.
  • Exenciones: Existen diversas exenciones, como las que afectan a los beneficios obtenidos por ciertas entidades sin ánimo de lucro o los rendimientos derivados de la I+D.

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