Si tiene que hacer una declaración complementaria del año 2015, o dicha cuantía se puede acoger a la exención regulada en el artículo 7.h) de la LIRPF.
En el caso planteado en el escrito de consulta, la consultante ha percibido en 2016 el denominado “subsidio especial por maternidad o paternidad en el supuesto
