El impuesto se devenga en todas las entregas de bienes y servicios que realizan empresarios y profesionales en el ejercicio de su actividad empresarial o profesional. Esto significa el deber de extender factura y calcular la cuota de IVA correspondiente que repercutirá al adquiriente y se percibe por este el precio de la Base más dicho impuesto. ( De allí el nombre de IVA repercutido). Si el que adquiere un bien o servicio es un empresario o profesional con derecho a deducción total del IVA en el ejercicio de su actividad empresarial , le deberán expedir una factura con su IVA correspondiente y el precio que pagará será la Base más dicho impuesto. Este impuesto será deducible.
Para que una entrega de bienes o prestación de servicios quede sujeta al IVA deben concurrir, conforme al artículo 4 de la Ley 37/1 992, los siguientes requisitos:
- Que se realice en el ámbito espacial, es decir, en la Península o las islas Baleares.
- Que se realice por empresarios o profesionales.
- Que la operación se efectúe a título oneroso, aunque la propia ley establece una excepción a este requisito en el supuesto de autoconsumo.
Se exige siempre que la operación se realice por el empresario o profesional en el desarrollo de su actividad. La entrega o prestación queda sujeta tanto si se realiza la operación con carácter habitual como si es ocasional.
1. Concepto de Entrega de Bienes
La entrega de bienes se refiere a la transmisión del poder de disposición de bienes materiales (corporales) de una persona a otra, de forma onerosa. Esto implica que el propietario de un bien transmite a otra persona la posibilidad de usarlo como si fuera su dueño, en una operación con contraprestación.
Características de la Entrega de Bienes:
- Bienes tangibles: Son bienes materiales que pueden ser trasladados o vendidos, como productos físicos.
- Contraprestación: El vendedor recibe un pago, ya sea en efectivo o en especie, como contraprestación de la entrega.
- Excepciones: No se consideran entregas de bienes las cesiones de bienes en arrendamiento (alquiler) o las cesiones de bienes sin opción de compra.
Ejemplos de Entrega de Bienes:
- Venta de un coche de una empresa a un particular.
- Venta de maquinaria por una empresa a otra empresa.
- Transferencia de productos en una tienda.
2. Concepto de Prestación de Servicios
Una prestación de servicios es cualquier actividad económica que implique realizar una acción a favor de un tercero a cambio de una contraprestación, pero que no implique la entrega de un bien tangible. Las prestaciones de serviciospueden ser muy diversas, desde actividades profesionales hasta el alquiler de equipos o la realización de trabajos.
Características de la Prestación de Servicios:
- No implica la transferencia de bienes: No se transfiere la propiedad de un bien, sino que se lleva a cabo una acción.
- Contraprestación: El prestador de los servicios recibe un pago por realizar una acción, que puede ser en efectivo o en especie.
- Ejemplos de Servicios: Consultorías, servicios educativos, servicios de transporte, reparaciones, asesorías legales, etc.
Ejemplos de Prestación de Servicios:
- Un arquitecto realiza un diseño a cambio de una tarifa.
- Un abogado presta sus servicios legales y cobra honorarios.
- Una empresa de transporte realiza un envío de mercancías y cobra el servicio prestado.
3. Diferencias Entre Entrega de Bienes y Prestación de Servicios
Aunque tanto las entregas de bienes como las prestaciones de servicios están sujetas al IVA, se diferencian en lo siguiente:
Criterio | Entrega de Bienes | Prestación de Servicios |
---|---|---|
Objeto de la operación | Transferencia de la propiedad de un bien tangible (mueble o inmueble). | Realización de una actividad a favor de otra persona sin transmitir un bien físico. |
Ejemplo | Venta de un coche, maquinaria, o mercancía. | Consultoría, servicios de reparación, transporte. |
Características | Implica el paso de la propiedad de un bien físico. | Implica la realización de una acción o tarea. |
4. ¿Qué Implica Estar Sujeto a IVA?
Tanto las entregas de bienes como las prestaciones de servicios están sujetas a IVA cuando se realizan a cambio de una contraprestación económica, aunque existen excepciones. La regla general establece que el IVA se aplicará sobre el valor de la contraprestación (el precio acordado entre las partes).
Ejemplo:
- Entrega de bienes: Una tienda vende un producto por 100 € (más IVA). El precio de venta es 100 € y el IVA se aplica sobre esos 100 €.
- Prestación de servicios: Un abogado cobra 500 € por su consulta. El IVA se aplica sobre los 500 € de honorarios.
5. Régimen General del IVA y su Aplicación
En el Régimen General del IVA, las operaciones de entrega de bienes y prestación de servicios están sujetas a los tipos impositivos del IVA. A continuación, algunos aspectos clave:
5.1. Tipos Impositivos del IVA
- Tipo general: 21% (en España).
- Tipos reducidos: En algunos sectores (por ejemplo, alimentos, transporte público, productos sanitarios) pueden aplicarse tipos reducidos, como el 10% o el 4%.
5.2. Exenciones y Supuestos Especiales
Algunas operaciones no están sujetas al IVA debido a su naturaleza o por estar exentas por ley. Ejemplos incluyen:
- Servicios educativos.
- Servicios de atención sanitaria.
- Entregas de bienes de segunda mano en ciertos casos.