Condiciones para la reapertura de las residencias para investigadores

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Condiciones para la reapertura de las residencias para investigadores

Artículo 21. Apertura de residencias para investigadores.
1. Las residencias, edificios, centros e instalaciones, de naturaleza pública o privada, que tengan por objeto el alojamiento y prestación de servicios hosteleros y de restauración a personal científico, técnico e investigador de todos los ámbitos, y que hubieran detenido su actividad, podrán reanudar la misma.
Serán de aplicación las condiciones previstas en el capítulo XIII de la Orden SND/399/2020, de 9 de mayo, así como las previstas en los capítulos IV y VII de la presente orden, que les sean de aplicación.

2. Con carácter previo a su reapertura se procederá a la limpieza y desinfección de las residencias, edificios, centros e instalaciones a que se refiere el apartado anterior.
Asimismo, se llevará a cabo una limpieza y desinfección periódica de los locales e instalaciones de las residencias, centros e instalaciones en los términos previstos en el artículo 6. Además, se deberá garantizar que, una vez finalizado el turno de trabajo, y previo a la entrada del nuevo turno, se desinfectará el entorno de trabajo.

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3. Se fomentará el establecimiento de un régimen de trabajo a turnos u otro tipo de adaptación de las jornadas laborales para los trabajadores de dichas residencias, a fin de garantizar las medidas de protección previstas en esta orden, de conformidad con la normativa que resulte de aplicación.

4. Corresponderá a los directores o máximos responsables de las residencias que reinicien su actividad acordar de forma motivada la aplicación de lo dispuesto en el presente artículo.

5. En el caso de las residencias, centros, edificios o instalaciones pertenecientes, vinculadas o adscritas al sector público estatal, la adopción de las medidas previstas en este artículo se realizará de conformidad con las normas propias que les resulten de aplicación.

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Condiciones para la Reapertura de las Residencias para Investigadores

1. Aforo y Distanciamiento Social

  • Límites de Aforo: Establecer un aforo máximo en las áreas comunes para garantizar el distanciamiento social.
  • Distancia Mínima: Asegurar una distancia mínima de 1.5 metros entre personas en todas las áreas comunes.
  • Señalización: Colocar señales que indiquen el aforo máximo permitido y recordatorios sobre el distanciamiento social.

2. Medidas de Higiene y Desinfección

  • Limpieza Frecuente: Incrementar la frecuencia de limpieza y desinfección de las áreas comunes, especialmente de superficies de alto contacto como puertas, mesas, y ascensores.
  • Dispensadores de Gel Desinfectante: Colocar dispensadores de gel hidroalcohólico en puntos estratégicos, como entradas, salidas y áreas comunes.
  • Productos de Desinfección: Utilizar productos desinfectantes aprobados y seguros para la salud.

3. Uso de Mascarillas y Equipos de Protección

  • Mascarillas: Requerir el uso de mascarillas en todas las áreas comunes, excepto en habitaciones privadas.
  • Equipo de Protección para el Personal: Proveer al personal de equipos de protección personal (EPP) adecuados, como mascarillas y guantes, según las tareas que realicen.

4. Gestión de Áreas Comunes

  • Comedores y Cocinas Comunes: Limitar el aforo y establecer turnos para su uso. Asegurar la desinfección de mesas y utensilios después de cada turno.
  • Salas de Estudio y Bibliotecas: Limitar el número de personas, garantizar el distanciamiento entre puestos de trabajo y desinfectar las áreas después de cada uso.
  • Gimnasios y Áreas de Recreo: Limitar el aforo y asegurar la limpieza y desinfección frecuente de los equipos y áreas de uso común.

5. Protocolos en Caso de Síntomas

  • Detección de Síntomas: Implementar controles de temperatura para los residentes y el personal al ingresar a las instalaciones.
  • Plan de Acción: Tener un plan de acción claro en caso de que un residente o miembro del personal presente síntomas compatibles con enfermedades contagiosas, que incluya medidas de aislamiento y comunicación con las autoridades sanitarias.

6. Comunicación y Sensibilización

  • Información Visible: Colocar carteles informativos en todas las áreas comunes con las medidas de higiene, distanciamiento y uso correcto de mascarillas.
  • Formación del Personal: Proporcionar formación adecuada al personal sobre las medidas de seguridad y protocolos de actuación.

7. Tecnología y Pagos sin Contacto

  • Reservas Digitales: Fomentar el uso de sistemas digitales para la reserva de áreas comunes y actividades, para minimizar el contacto.
  • Pagos Sin Contacto: Incentivar los pagos sin contacto y la facturación electrónica.

8. Revisión y Actualización

  • Adaptabilidad: Revisar y actualizar las medidas periódicamente en función de la evolución de la situación sanitaria y las recomendaciones de las autoridades.

9. Otras Medidas Específicas

  • Habitaciones Individuales: En la medida de lo posible, asignar habitaciones individuales para minimizar el contacto cercano.
  • Aislamiento Preventivo: Establecer protocolos de aislamiento preventivo para nuevos residentes o para aquellos que regresen de zonas de alto riesgo.
  • Control de Visitantes: Limitar las visitas y establecer un registro de entrada y salida de visitantes para facilitar el rastreo de contactos.

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