CAPÍTULO II Formación programada por las empresas

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CAPÍTULO II Formación programada por las empresas

Artículo 10. Entidades de formación y destinatarios.
1. Podrán actuar como entidades de formación, siempre que se inscriban en el correspondiente registro, mediante declaración responsable, para la impartición de formación distinta de las especialidades previstas en el Catálogo de Especialidades Formativas, de acuerdo con lo establecido en la Orden ESS/723/2016, de 9 de mayo, además de las demás entidades formativas inscritas o que se inscriban, las siguientes:

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a) Centros integrados públicos de formación profesional.
b) Centros de Referencia Nacional.
c) Centros públicos del Sistema Nacional de Empleo.
d) Centros públicos de formación de adultos.
e) Universidades públicas y privadas.
f) Cámaras de Comercio.
2. Las empresas podrán organizar la formación e impartir acciones formativas, cuando estén inscritas para ello, para personas trabajadoras que presten servicios en otras empresas y siempre que éstas les encomienden la formación de sus trabajadores y cumplan los requisitos legalmente exigidos para ser beneficiarias del crédito de formación, y respeten el procedimiento de información y consulta a la representación legal de los trabajadores previsto en el artículo 13 del Real Decreto 694/2017, de 3 de julio, por el que se desarrolla la Ley 30/2015, de 9 de septiembre, por la que se regula el Sistema de Formación Profesional para el Empleo en el ámbito laboral.
3. Podrán ser destinatarias y participar en la formación programada por las empresas las personas trabajadoras contempladas en el artículo 9.1 de la Ley 30/2015, de 9 de septiembre. En todo caso, podrán participar las personas trabajadoras cuyos contratos se hayan suspendido por un expediente de regulación temporal de empleo, de acuerdo con lo establecido en el artículo 47 del Estatuto de los Trabajadores, durante los periodos de suspensión. Según establece el artículo 47.4 de dicho Estatuto de los Trabajadores, podrán participar en las acciones formativas los trabajadores durante las suspensiones de contratos, con independencia de que la suspensión haya sido por causas económicas, técnicas, organizativas o de producción o derivadas de fuerza mayor.
Artículo 11. Comunicación del inicio de la formación.

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1. Las comunicaciones de inicio de la formación y la información relativa a cada acción formativa y grupo formativo que establece el artículo 15 del Real Decreto 694/2017, de 3 de julio, podrá realizarse hasta dos días antes de la fecha de comienzo de cada grupo.
2. La cancelación o la modificación de los datos de una acción o grupo formativo que suponga un cambio de horario, fecha de ejecución, o de localidad deberá ser comunicada, en todo caso, con un día de antelación al de la fecha prevista para su comienzo.
3. La falta de comunicación en los plazos mencionados en los apartados anteriores implicará que el correspondiente grupo de formación se considere «no realizado» a efectos de aplicar la bonificación en las cotizaciones sociales, salvo que la falta de comunicación en plazo se deba a causas imprevisibles, debidamente justificadas y comunicadas en el momento en que se produzcan.

 

 

 

1. Concepto y Objetivos de la Formación Programada por las Empresas

1.1. Concepto

La formación programada por las empresas se refiere a la capacitación y desarrollo profesional de los empleados, organizada y financiada por las propias empresas. Estas actividades formativas están diseñadas para satisfacer las necesidades específicas de la empresa y mejorar las competencias de su personal.

1.2. Objetivos

  • Mejorar la productividad: Aumentar la eficiencia y eficacia en el desempeño de las tareas laborales.
  • Actualizar competencias: Mantener a los empleados actualizados con las últimas tecnologías y metodologías de trabajo.
  • Fomentar la innovación: Desarrollar habilidades que permitan a la empresa innovar y mantenerse competitiva en el mercado.
  • Desarrollar talento interno: Identificar y desarrollar el talento dentro de la empresa, facilitando la promoción interna.

2. Proceso de Planificación de la Formación

2.1. Análisis de Necesidades

  • Evaluación de competencias: Identificar las competencias actuales y las brechas existentes en el personal.
  • Identificación de áreas de mejora: Determinar las áreas críticas que necesitan formación para mejorar el desempeño y la competitividad.

2.2. Definición de Objetivos Formativos

  • Objetivos específicos: Establecer metas claras y específicas para cada programa de formación.
  • Alineación con la estrategia empresarial: Asegurar que los objetivos de formación estén alineados con los objetivos estratégicos de la empresa.

2.3. Diseño del Plan de Formación

  • Selección de contenidos: Elegir los contenidos formativos que respondan a las necesidades identificadas.
  • Metodologías de enseñanza: Definir las metodologías de enseñanza que se utilizarán (presenciales, online, mixtas).
  • Duración y calendario: Establecer la duración de los cursos y el calendario de formación.

3. Ejecución de la Formación

3.1. Modalidades de Formación

  • Formación Presencial: Sesiones de capacitación en el lugar de trabajo o en centros de formación externos.
  • Formación Online: Cursos en línea que permiten flexibilidad en tiempo y lugar.
  • Formación Mixta: Combinación de formación presencial y online.

3.2. Selección de Formadores

  • Internos: Utilización de personal interno con experiencia y conocimientos específicos.
  • Externos: Contratación de expertos externos o empresas especializadas en formación.

3.3. Participación de los Empleados

  • Comunicación: Informar a los empleados sobre los programas de formación disponibles y los beneficios de participar.
  • Motivación y compromiso: Fomentar la participación activa y el compromiso de los empleados con la formación.

4. Evaluación de la Formación

4.1. Evaluación de Resultados

  • Medición de competencias: Evaluar si los empleados han adquirido las competencias previstas.
  • Aplicación práctica: Medir cómo los conocimientos adquiridos se aplican en el trabajo diario.

4.2. Feedback de los Participantes

  • Encuestas y entrevistas: Recoger las opiniones y sugerencias de los participantes sobre los cursos recibidos.
  • Mejora continua: Utilizar el feedback para mejorar futuros programas de formación.

4.3. Impacto en la Empresa

  • Indicadores de rendimiento: Analizar indicadores como la productividad, calidad del trabajo y satisfacción del cliente.
  • Retorno de la inversión (ROI): Evaluar el retorno de la inversión en formación mediante la comparación de los costos y los beneficios obtenidos.

5. Financiación de la Formación

5.1. Bonificaciones a la Seguridad Social

  • Créditos formativos: Las empresas pueden beneficiarse de créditos formativos para financiar la formación de sus empleados, descontando los costos de las cotizaciones a la seguridad social.
  • Requisitos y condiciones: Cumplir con los requisitos establecidos por la normativa para acceder a las bonificaciones.

5.2. Subvenciones y Ayudas Públicas

  • Programas de apoyo: Acceso a subvenciones y ayudas otorgadas por organismos públicos, tanto a nivel nacional como regional.
  • Fondos europeos: Participación en programas financiados por fondos europeos destinados a la formación y el desarrollo profesional.

5.3. Co-Financiación Empresarial

  • Inversión propia: La empresa puede complementar las ayudas y bonificaciones con recursos propios para asegurar una formación más completa.
  • Estrategia a largo plazo: Ver la formación como una inversión estratégica en el capital humano de la empresa.

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