TRABAJOS EN RECINTOS CONFINADOS

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TRABAJOS EN RECINTOS CONFINADOS

Un recinto confinado es cualquier espacio con aberturas limitadas de entrada y salida y ventilación natural desfavorable, en el que pueden acumularse contaminantes tóxicos, inflamables o explosivos, o tener una atmósfera deficiente en oxígeno, y que no está concebido para una ocupación continuada por parte de los trabajadores o trabajadoras. Se tomarán las siguientes medidas preventivas:

  • Autorización escrita para entrar o un permiso de trabajo.
  • Formación sobre los procedimientos de trabajo y medidas de emergencia
  • Monitorización del aire a intervalos regulares.
  • Ventilación forzada para eliminar y diluir los gases tóxicos y suministrar aire puro.
  • Uso de arneses de rescate con cuerdas salvavidas atadas a un punto exterior.
  • Presencia permanente de una persona en el exterior comunicada con la del interior.
  • Establecer un procedimiento adecuado de rescate en emergencias.
  • Señalización adecuada de la zona de trabajo.
  • Equipos de iluminación adecuados para uso en una atmósfera inflamable.
  • Disponibilidad de un aparato de respiración adecuado y un respirador de emergencia.
  • Botiquín de primeros auxilios.
  • Extintor.
  • Alarma adecuada para pedir ayuda.
  • Equipo de reanimación.

EQUIPOS DE TRABAJO: MÁQUINAS Y HERRAMIENTAS

Un equipo de trabajo es cualquier máquina, aparato, instrumento o instalación utilizado en el trabajo. Los riesgos derivados de un equipo de trabajo pueden manifestarse en cualquier momento de su utilización, tal como la puesta en marcha o la detención, el empleo, el transporte, la reparación, la transformación, el mantenimiento y la conservación, incluida en particular la limpieza.

OBLIGACIONES DEL EMPRESARIO:

  • Elegir los equipos teniendo en cuenta las condiciones del trabajo, los riesgos del puesto y los riesgos que pueda introducir el equipo.
  • Respetar los principios ergonómicos en el diseño del puesto y en la utilización del equipo.
  • Garantizar que las utilizaciones especiales se reserven a trabajadores designados específicamente.
  • Realizar un mantenimiento adecuado.
  • Comprobar periódicamente la correcta instalación y el buen funcionamiento de los equipos.
  • Formar e informar a los trabajadores sobre los riesgos y las medidas de prevención y protección.

OBLIGACIONES DEL FABRICANTE DE MAQUINARIA

Antes de comercializar o poner en servicio de una máquina, el fabricante deberá:

  • Asegurarse de que cumple los requisitos esenciales de seguridad y de salud.
  • Asegurarse de que esté disponible el expediente técnico que demuestra lo anterior.
  • Facilitar las informaciones necesarias: manual de instrucciones.
  • Realizar la evaluación de la conformidad de la máquina con la normativa aplicable.
  • Redactar la declaración CE de conformidad y adjuntarla a la máquina.
  • Colocar el marcado CE en la máquina de manera visible, legible e indeleble.

ELEMENTOS GENERALES DE SEGURIDAD

  • Órganos de accionamiento: visibles, identificables, señalizados y situados fuera de las zonas peligrosas.
  • Sistemas de mando: seguros y elegidos teniendo en cuenta los posibles fallos, perturbaciones y los requerimientos previsibles.
  • Puesta en marcha: sólo posible mediante acción voluntaria sobre un órgano de accionamiento.
  • Órgano de parada: debe permitir la parada total en condiciones de seguridad.
  • Advertencias y señalizaciones: las indispensables para garantizar la seguridad de los trabajadores.
  • Dispositivos de alarma: perceptibles y comprensibles fácilmente y sin ambigüedades.
  • Dispositivos claramente identificables que permitan separar el equipo de todas sus fuentes de energía.
  • Iluminación adecuada en las zonas de trabajo o mantenimiento.
  • Fijaciones y elementos estabilizadores necesarios.
  • Protecciones adecuadas frente a los riesgos específicos de cada equipo de trabajo:

— Contacto mecánico con elementos móviles: resguardos o dispositivos que impidan el acceso a las zonas peligrosas o que detengan las maniobras peligrosas antes del acceso a dichas zonas. Requisitos:

— Serán de fabricación sólida y resistente.

— No ocasionarán riesgos suplementarios.

— No deberá ser fácil anularlos o ponerlos fuera de servicio.

— Deberán estar situados a suficiente distancia de la zona peligrosa.

—No deberán impedir la observación del ciclo de trabajo.

— Deberán permitir las intervenciones para la colocación o la sustitución de las herramientas y para su mantenimiento.

— Incendio y calentamiento del propio equipo.

— Explosión del equipo de trabajo o de las sustancias producidas, utilizadas o almacenadas.

—Contacto directo o indirecto con la electricidad: ajustarse a la normativa electrotécnica.

—Estallido o rotura de elementos, caída de objetos o proyecciones: cierres y pantallas.

—Emisión de gases, líquidos, polvo, etc.: dispositivos de extracción cerca de la fuente emisora.

— Caída desde altura: barandillas y otros medios de acceso y permanencia seguros.

— Ruido, vibraciones o radiaciones: elementos para limitar su generación y propagación.

— Contacto o proximidad con partes que alcancen temperaturas elevadas o muy bajas.

— Condiciones ambientales agresivas: equipos acondicionados, cabinas.

— Equipos de trabajo para el almacenamiento, trasiego o tratamiento de líquidos corrosivos o a alta temperatura: protecciones para evitar contactos accidentales con los mismos.

CONDICIONES GENERALES DE UTILIZACIÓN

  • Se montarán, instalarán y utilizarán cumpliendo las instrucciones del fabricante y de modo que se reduzcan los riesgos para sus usuarios y los demás trabajadores.
  • Deberán ser instalados y utilizados de forma que no puedan caer, volcar o desplazarse de forma incontrolada.
  • Se deberá poder acceder y permanecer de forma segura en todos los lugares necesarios para utilizar, ajustar o mantener los equipos.
  • Se utilizarán equipos específicos en ambientes especiales como locales mojados o de alta conductividad, locales con alto riesgo de incendio, atmósferas explosivas o ambientes corrosivos.
  • Antes de su utilización se comprobará que sus protecciones y condiciones de uso son las adecuadas y que su conexión o puesta en marcha no representa un peligro.
  • Cuando existan elementos peligrosos accesibles que no puedan ser totalmente protegidos, deberán adoptarse las precauciones y utilizarse las protecciones individuales apropiadas.
  • No deberán someterse a sobreesfuerzos que puedan poner en peligro al usuario o a terceros.
  • Para limpiar cerca de elementos peligrosos se usarán medios auxiliares adecuados y que garanticen una distancia de seguridad suficiente.
  • Cuando haya riesgo de proyecciones o radiaciones peligrosas, deberán adoptarse las medidas de prevención o protección adecuadas para los trabajadores usuarios o próximos.
  • Los equipos de trabajo llevados o guiados manualmente se utilizarán con las debidas precauciones, respetándose en todo caso una distancia de seguridad suficiente con otros trabajadores.
  • Antes de realizar operaciones de mantenimiento, reparación, etc.: parar o desconectar el equipo, comprobar la inexistencia de energías residuales peligrosas y tomar las medidas necesarias para evitar su puesta en marcha o conexión accidental.
  • Usar ropas ajustadas y adecuadas al trabajo. Evitar cadenas, bufandas, anillos o similares.
  • Los equipos fuera de servicio deberán permanecer con sus dispositivos de protección o deberán tomarse las medidas necesarias para imposibilitar su uso.

NORMATIVA BÁSICA

  • Real Decreto 1644/2008, por el que se establecen las normas para la comercialización y puesta en servicio de las máquinas.
  • D. 1215/1997, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud para la utilización por los trabajadores de los equipos de trabajo.
  • D. 1314/1997, Reglamento de aparatos de elevación y manutención.
  • D. 1244/1979, Reglamento de aparatos a presión.
  • LEY 21/1992 de Industria.

 

HERRAMIENTAS MANUALES

  • Elegir la herramienta adecuada al trabajo y no utilizarlas para fines distintos de los previstos.
  • Utilizar herramientas aisladas si existe el riesgo de contactos eléctricos y herramientas antichispa en ambientes inflamables.
  • Guardar las herramientas ordenadas, en cajas, paneles o estantes adecuados.
  • No colocarlas lugares elevados desde donde puedan caer sobre los trabajadores.
  • Llevar un control centralizado en un almacén o inspecciones periódicas sobre su localización y estado. Las herramientas personales facilitan una mejor conservación.
  • Revisar periódicamente el estado de las herramientas.
  • Reparar (personal especializado) las que estén defectuosas o desecharlas._No hacer reparaciones provisionales.
  • Transportar las herramientas en cajas, bolsas y cinturones especialmente diseñados. No llevarlas nunca en el bolsillo.
  • Utilizar fundas adecuadas para las herramientas cortantes o punzantes.
  • Al usarlas en una escalera manual deben transportarse de modo que ambas manos queden libres.

CARRETILLAS ELEVADORAS

  • Medios para limitar los daños en caso de vuelco: estructuras, cabina, cinturón de seguridad, etc.
  • Medios para evitar su puesta en marcha por personas no autorizadas.
  • Se prohibirá su uso para el transporte de personas.
  • Ajustar la horquilla a fondo bajo la carga, levantar ligeramente e inclinar inmediatamente hacia atrás.
  • Asegurarse de que las cargas están perfectamente equilibradas y amarradas.
  • No sobrepasar la carga máxima prevista para la carretilla.
  • No levantar la carga con un solo brazo de la horquilla ni golpear una carga para desplazarla.
  • Mirar siempre en la dirección de la marcha y conservar una buena visibilidad del recorrido.
  • Ir despacio y avisar en los puntos peligrosos y en la proximidad de peatones.
  • Descender las rampas a poca velocidad. El descenso con carga debe efectuarse marcha atrás.
  • No conducir con las manos húmedas o llenas de grasa.
  • No circular con la carga en alto. Incluso en vacío, la horquilla debe estar a 15 cm del suelo.
  • Adaptarse a la señalización de las vías de circulación interiores y de las vías públicas.
  • Delimitar las áreas de almacenado y circulación y mantenerlas limpias,_ordenadas y despejadas.
  • La ventilación de los locales debe ser suficiente para evitar todo riesgo de intoxicación.

PUENTES-GRÚA

  • Estructura resistente y estable.
  • Indicación claramente visible de su carga nominal.
  • Accesorios de elevación adecuados a la carga y marcados para identificar sus características.
  • Los accesorios de elevación deberán almacenarse de forma que no se estropeen o deterioren.
  • Uso exclusivo por personal con la formación necesaria.
  • Instalación que elimine o reduzca el riesgo de que la carga caiga, se suelte^se desvíe o golpee a los operarios.
  • No iniciar la maniobra si no se tiene suficiente visibilidad.
  • Levantar siempre verticalmente las cargas.
  • Evitar la presencia de trabajadores bajo las cargas suspendidas. No estará permitido el paso de las cargas por encima de lugares no protegidos ocupados habitualmente por trabajadores.

TRABAJOS EN RECINTOS CONFINADOS

 

 

Los trabajos en recintos confinados implican desafíos específicos debido a las características particulares de estos espacios, que pueden tener limitaciones de acceso, ventilación reducida y posibles riesgos atmosféricos. Un recinto confinado se define como un espacio cerrado o parcialmente cerrado que no está diseñado para la ocupación continua y que presenta riesgos potenciales para la salud y seguridad de las personas que ingresan:

Consideraciones de Seguridad en Trabajos en Recintos Confinados:

  1. Evaluación y Clasificación:
    • Realizar una evaluación exhaustiva del recinto confinado antes de iniciar el trabajo para identificar riesgos potenciales. Clasificar el recinto según los peligros presentes.
  2. Permisos de Trabajo:
    • Obtener permisos de trabajo específicos para ingreso a recintos confinados. Estos permisos deben indicar claramente los riesgos identificados, las medidas de control y los procedimientos de emergencia.
  3. Vigilancia Continua:
    • Mantener una vigilancia constante de las condiciones dentro del recinto confinado. Utilizar monitoreo continuo para la detección de gases, oxígeno y otros peligros atmosféricos.
  4. Capacitación del Personal:
    • Proporcionar capacitación adecuada a los trabajadores sobre los riesgos específicos de los recintos confinados, los procedimientos de entrada y salida, y el uso de equipos de seguridad.
  5. Equipos de Protección Personal (EPP):
    • Utilizar EPP adecuado, que puede incluir respiradores, arneses, cascos, iluminación intrínsecamente segura, etc., según los riesgos presentes.
  6. Ventilación:
    • Establecer sistemas de ventilación adecuados para mantener niveles seguros de oxígeno y eliminar contaminantes atmosféricos.
  7. Procedimientos de Emergencia:
    • Establecer procedimientos de emergencia claros, que incluyan la evacuación rápida en caso de peligros inminentes. Realizar simulacros periódicos.
  8. Control de Energía:
    • Asegurar que todas las fuentes de energía dentro del recinto confinado estén controladas y bloqueadas antes de que los trabajadores ingresen.
  9. Comunicación:
    • Establecer un sistema claro de comunicación entre los trabajadores dentro y fuera del recinto confinado. Utilizar radios u otros dispositivos de comunicación segura.
  10. Supervisión Competente:
    • Designar a una persona competente para supervisar el trabajo en el recinto confinado y tomar decisiones de seguridad.
  11. Monitoreo Médico:
    • Implementar programas de monitoreo médico para los trabajadores expuestos a riesgos en recintos confinados.
  12. Documentación y Registro:
    • Mantener registros detallados de todas las evaluaciones, permisos, entrenamientos y procedimientos aplicados en los trabajos en recintos confinados.

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