Suscrito el Convenio entre el Ministerio de Trabajo y Economía Social, el Servicio Público de Empleo Estatal y CECA para el anticipo de prestaciones por desempleo previamente reconocidas por el Servicio Público de Empleo Estatal, y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 39.2 del Real Decreto-ley 8/2020, de 17 de marzo, de medidas urgentes extraordinarias para hacer frente al impacto económico y social del COVID-19, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» del citado Convenio, que figura como anexo de esta Resolución.
ANEXO
Convenio entre el Ministerio de Trabajo y Economía Social, el Servicio Público de Empleo Estatal y CECA para el anticipo de prestaciones por desempleo previamente reconocidas por el Servicio Público de Empleo Estatal
Madrid, a 6 de mayo de 2020.
REUNIDOS
De una parte, doña Yolanda Díaz Pérez, Ministra de Trabajo y Economía Social, nombrada por Real Decreto 8/2020, de 12 de enero, y en virtud de las competencias que le atribuye el artículo 61 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
De otra parte, don Gerardo Gutiérrez Ardoy, Director General del organismo autónomo Servicio Público de Empleo Estatal, nombrado por Real Decreto 846/2018, de 6 de julio, competente para la firma del presente Convenio según lo establecido en el artículo 6 del Real Decreto 1383/2008, de 1 de agosto, por el que se aprueba la estructura orgánica y de participación institucional del Servicio Público de Empleo Estatal.
De otra parte, don Antonio Jesús Romero Mora, en representación de CECA en virtud de los poderes otorgados ante el Notario de Madrid, don Luis Manuel González Martínez, el día 27 de marzo de 2011, con el número 681 de su Protocolo y debidamente inscritos en el Registro Mercantil de Madrid, al tomo 21.425, folio 75, sección 8, hoja M-85116, Inscripción 331.
Reconociéndose mutuamente la competencia y capacidad para la firma de este documento,