- Las disposiciones de este Título serán de aplicación a los procedimientos tramitados por la Agencia Española de Protección de Datos en los supuestos en los que un afectado reclame que no ha sido atendida su solicitud de ejercicio de los derechos reconocidos en los artículos 15 a 22 del Reglamento (UE) 2016/679, así como en los que aquella investigue la existencia de una posible infracción de lo dispuesto en el mencionado reglamento y en la presente ley orgánica.
- Los procedimientos tramitados por la Agencia Española de Protección de Datos se regirán por lo dispuesto en el Reglamento (UE) 2016/679, en la presente ley orgánica, por las disposiciones reglamentarias dictadas en su desarrollo y, en cuanto no las contradigan, con carácter subsidiario, por las normas generales sobre los procedimientos administrativos.
- El Gobierno regulará por real decreto los procedimientos que tramite la Agencia Española de Protección de Datos al amparo de este Título, asegurando en todo caso los derechos de defensa y audiencia de los interesados.
1. Normativas Fundamentales
Reglamento General de Protección de Datos (RGPD)
- Aplicación: El RGPD es el principal instrumento jurídico de la Unión Europea que establece las normas para el tratamiento de datos personales dentro de la UE y para las entidades fuera de la UE que traten datos de ciudadanos europeos.
- Principios: El RGPD establece principios clave como la legalidad, transparencia, limitación de la finalidad, minimización de datos, exactitud, limitación del plazo de conservación, y seguridad.
- Derechos de los Interesados: Los derechos incluidos son el derecho de acceso, rectificación, supresión, limitación del tratamiento, portabilidad de datos, y oposición.
Ley Orgánica de Protección de Datos y Garantía de los Derechos Digitales (LOPDGDD)
- Aplicación: La LOPDGDD adapta y complementa el RGPD a la normativa española, abordando aspectos específicos y estableciendo disposiciones adicionales y concretas.
- Derechos Adicionales: Introduce derechos específicos como el derecho a la desconexión digital y el derecho a la protección de los menores en el ámbito digital.
- Ámbito de Aplicación: Regula aspectos particulares de la protección de datos en España, incluyendo la gestión de datos en el ámbito laboral, educativo, y de publicidad.
2. Principios de Protección de Datos
- Licitud, Lealtad y Transparencia: Los datos deben ser tratados de manera lícita, leal y transparente.
- Limitación de la Finalidad: Los datos deben ser recogidos con fines específicos y legítimos y no ser tratados de manera incompatible con esos fines.
- Minimización de Datos: Solo se deben tratar los datos necesarios para los fines para los que se recogen.
- Exactitud: Los datos deben ser exactos y actualizados.
- Limitación del Plazo de Conservación: Los datos deben ser conservados solo durante el tiempo necesario para los fines para los que fueron recogidos.
- Seguridad: Los datos deben ser tratados de manera que se garantice su seguridad, incluyendo protección contra el tratamiento no autorizado o ilícito y contra su pérdida, destrucción o daño accidental.
3. Derechos de los Interesados
- Derecho de Acceso: Los interesados tienen derecho a obtener confirmación sobre si se están tratando sus datos y a acceder a esos datos.
- Derecho de Rectificación: Los interesados pueden solicitar la corrección de datos inexactos o incompletos.
- Derecho de Supresión (Derecho al Olvido): Los interesados pueden solicitar la eliminación de sus datos cuando ya no sean necesarios para los fines para los que fueron recogidos.
- Derecho a la Limitación del Tratamiento: Los interesados pueden solicitar que se limite el tratamiento de sus datos en ciertas circunstancias.
- Derecho a la Portabilidad de Datos: Los interesados tienen derecho a recibir sus datos personales en un formato estructurado y común y a transmitirlos a otro responsable.
- Derecho de Oposición: Los interesados pueden oponerse al tratamiento de sus datos en base a ciertos motivos, incluyendo el marketing directo.
4. Obligaciones de los Responsables y Encargados del Tratamiento
- Responsables del Tratamiento: Son responsables de garantizar el cumplimiento de la normativa y de tomar las medidas necesarias para proteger los datos personales.
- Encargados del Tratamiento: Actúan bajo la responsabilidad del responsable del tratamiento y deben cumplir con las obligaciones establecidas en el contrato de encargado del tratamiento.
- Registro de Actividades de Tratamiento: Los responsables y encargados deben mantener un registro de las actividades de tratamiento que realizan.
- Evaluaciones de Impacto: En ciertos casos, se deben realizar evaluaciones de impacto sobre la protección de datos para identificar y mitigar riesgos asociados con el tratamiento.
5. Supervisión y Aplicación
- Agencia Española de Protección de Datos (AEPD): Es el organismo encargado de supervisar el cumplimiento de la LOPDGDD y el RGPD en España, investigar posibles infracciones, y imponer sanciones.
- Sanciones: Las infracciones a las normativas de protección de datos pueden dar lugar a sanciones que incluyen multas económicas, advertencias, y la imposición de medidas correctivas.
6. Recursos y Garantías
- Recursos Administrativos: Contra las decisiones de la AEPD, se pueden interponer recursos administrativos, como el recurso de reposición.
- Recurso Contencioso-Administrativo: Se pueden presentar recursos ante los tribunales si no se está de acuerdo con las decisiones administrativas de la AEPD.