
Está claro que lo que no es nuestro, debemos cuidarlo, en la vida diaria y en los sistemas de gestión no es diferente. Veamos qué nos dice la norma en este caso:

Las acciones que deberían llevarse a cabo para proteger la propiedad del cliente dependerán del tipo de propiedad. Cuando sea aplicable el dueño de la propiedad debería ser claramente identificado y dado a conocer en la organización. Esto se puede hacer mediante identificación sobre el producto, manteniendo la propiedad del cliente en un área diferenciada o limitando el acceso a su propiedad intelectual.
- Datos Confidenciales del Cliente: Información privada o sensible proporcionada por un cliente, como datos personales, registros financieros u otra información confidencial.
- Diseños o Especificaciones de Producto: Información sobre diseños, planos técnicos o especificaciones de producto proporcionadas por proveedores externos para la fabricación o producción.
- Propiedad Intelectual: Esto incluye patentes, derechos de autor, marcas comerciales u otros derechos de propiedad intelectual que son propiedad de terceros.
- Productos en Tránsito: Bienes o productos que aún no se han entregado a los clientes pero que son propiedad de ellos una vez se completa la transacción.
- Muestras o Prototipos: Artículos proporcionados por proveedores externos para fines de revisión, prueba o evaluación.
- Información Financiera: Documentación financiera o registros contables proporcionados por proveedores externos para fines de auditoría, pago o gestión financiera.
- Activos Físicos: Equipos, materiales o recursos proporcionados por proveedores externos como parte de un acuerdo comercial.