Finalmente, este título se cierra con la previsión de que el Gobierno de la Nación, en colaboración con las comunidades autónomas, deberá elaborar dos documentos:
- un “Plan de Acceso a Internet” orientado a superar las brechas digitales y garantizar el acceso a Internet de colectivos vulnerables o con necesidades especiales y de entornos familiares y sociales económicamente desfavorecidos (mediante, entre otras medidas, un bono social de acceso a Internet; impulsar la existencia de espacios de conexión de acceso público y fomentar medidas educativas que promuevan la formación en competencias y habilidades digitales básicas a personas y colectivos en riesgo de exclusión digital y la capacidad de todas las personas para realizar un uso autónomo y responsable de Internet y de las tecnologías digitales.
- Un «Plan de Actuación» dirigido a promover las acciones de formación, difusión y concienciación necesarias para lograr que los menores de edad hagan un uso equilibrado y responsable de los dispositivos digitales y de las redes sociales y de los servicios de la sociedad de la información equivalentes de Internet con la finalidad de garantizar su adecuado desarrollo de la personalidad y de preservar su dignidad y derechos fundamentales.
El Gobierno deberá presentar un informe anual ante la comisión parlamentaria correspondiente del Congreso de los Diputados dando cuenta de la evolución de los derechos, garantías y mandatos contemplados en el presente título y de las medidas necesarias para promover su impulso y efectividad, se concluye
1. Promoción y Protección de los Derechos Digitales
El artículo 97 establece que las administraciones públicas, dentro de sus competencias, deberán promover y proteger los derechos digitales de los ciudadanos. Esto incluye el impulso y la garantía de estos derechos en el entorno digital.
2. Fomento de la Educación Digital
Se menciona la importancia de promover la educación y la formación en derechos digitales, especialmente en lo que respecta a la protección de datos y la seguridad en Internet. Las administraciones públicas deben garantizar que los ciudadanos, especialmente los menores, reciban una adecuada educación sobre estos temas.
3. Colaboración entre Administraciones
El artículo también resalta la colaboración entre las distintas administraciones públicas para el desarrollo de programas y políticas que fomenten el respeto y la protección de los derechos digitales.
4. Derechos Digitales en la Actividad Empresarial
Se menciona que las políticas públicas también deben fomentar el respeto por los derechos digitales en el ámbito empresarial, garantizando que las empresas actúen de acuerdo con los principios de transparencia, seguridad y protección de los derechos fundamentales en el entorno digital.
5. Participación Ciudadana
El artículo 97 también promueve la participación ciudadana en la elaboración y evaluación de las políticas públicas relacionadas con los derechos digitales. Esto asegura que las políticas se desarrollen de manera inclusiva y acorde con las necesidades de la sociedad.
6. Derechos Digitales en el Ámbito Laboral
Otro aspecto destacado es la promoción de los derechos digitales en el ámbito laboral, garantizando que los trabajadores tengan un conocimiento adecuado de sus derechos y deberes en el entorno digital, incluyendo aspectos como el derecho a la desconexión digital.