Sección 1.ª Apoyo a la industrialización
Como consecuencia de las medidas excepcionales adoptadas en el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, publicado en el BOE de 14 de marzo de 2020, fue declarado el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, muchas actividades económicas se han visto obligadas a cerrar sus puertas o a limitar drásticamente su actividad. Por eso, se hace necesario poner en marcha una serie de medidas que tengan como objetivo primordial sostener la actividad económica ante las dificultades transitorias que se están dando en nuestro país a consecuencia de la crisis del COVID-19.
En primer lugar, el real decreto-ley aborda diversas medidas en el ámbito de la política de apoyo a la industrialización, con el objetivo de continuar facilitando liquidez a las empresas para desarrollar sus proyectos.
Por eso, se establece que durante un plazo de dos años y medio, extensible por Acuerdo de Consejo de Ministros se podrán refinanciar los préstamos otorgados por la Secretaría General de Industria y PYME. Para los proyectos actualmente en ejecución se flexibilizan los criterios para la evaluación de la ejecución de los proyectos siempre garantizando el cumplimiento de los objetivos del proyecto.
También se aprueba incrementar la dotación del Fondo de Provisiones Técnicas de CERSA con 60 millones de euros con el fin de dar una cobertura extraordinaria del riesgo de crédito de operaciones de financiación para PYMEs afectadas en su actividad por el COVID-19. De esta manera, CERSA podrá asumir unos 1.000 millones de euros de riesgo que permitirá movilizar 2.000 millones de euros beneficiando a unas 20.000 PYMEs y autónomos.
Adicionalmente, muchas empresas han sufrido cancelaciones de numerosos eventos previstos para apoyar su internacionalización con el apoyo del ICEX. En muchos casos se han asumido gastos, por lo que se procederá a la devolución de lo abonado por las empresas en eventos organizados por ICEX que han debido ser cancelados por razones de fuerza mayor. Asimismo, en el caso de cancelación de los eventos internacionales, ICEX concederá a las empresas ayudas adicionales en función de los gastos incurridos no recuperables.
Por último, es necesario seguir apoyando a las empresas del sector turístico. La crisis del COVID-19 ha supuesto la paralización total del sector turístico: desde la limitación a la libre circulación de personas y las limitaciones en la conectividad nacional e internacional a destinos, al cierre al público de establecimientos turísticos, incluidos alojamientos, restauración y otras empresas de la cadena de valor.
Con el fin de asegurar la liquidez y, por lo tanto, la viabilidad de las empresas turísticas, se suspenden durante un año y sin penalización alguna, el pago de intereses y amortizaciones correspondientes a los préstamos concedidos por la Secretaría de Estado de Turismo en el marco del Programa Emprendetur I+D+i, del Programa Emprendetur Jóvenes Emprendedores y el Programa Emprendetur Internacionalización.
La coyuntura económica originada por la crisis sanitaria del COVID-19 constituye un obstáculo adicional a la viabilidad de las empresas concursadas que puede determinar bien la imposibilidad de suscribir o cumplir un convenio, abocando a las empresas a la liquidación, bien la dificultad de enajenar una unidad productiva que pudiera resultar viable. Es por ello que se considera imprescindible que estas empresas puedan acceder en las circunstancias actuales a un ERTE cuando hayan sido afectadas por la situación derivada del COVID-19. De esta manera, estas empresas podrían no ver menoscabada su viabilidad al poder disfrutar de las ventajas asociadas a los ERTEs del Real Decreto-ley 8/2020: la posibilidad de acceso en caso de afectación por la situación derivada del COVID-19; una tramitación más ágil, prácticamente inmediata en caso de fuerza mayor; la reposición de la prestación por desempleo; y la exoneración (parcial o total, según el número de trabajadores) en caso de ERTE por causa de fuerza mayor.
Como contrapartida, para asegurar que solo aquellas empresas concursadas que resulten viables puedan acogerse a los beneficios que estas medidas suponen, se declara expresamente aplicable la Disposición Adicional Sexta, sobre salvaguarda del empleo, sujetando, por tanto, el acceso a dichas medidas a la presentación de un compromiso de mantenimiento de empleo durante el plazo de seis meses desde la fecha de reanudación de la actividad.
Medidas Financieras y Fiscales
1. Líneas de Avales y Créditos
- Líneas de Avales del ICO: Se establecen líneas de avales a través del Instituto de Crédito Oficial (ICO) para garantizar préstamos otorgados por entidades financieras a empresas y autónomos. Estos avales cubren un porcentaje significativo del riesgo, facilitando el acceso a la financiación.
- Créditos a Largo Plazo: Ampliación de plazos para la amortización de créditos, con condiciones favorables en cuanto a tasas de interés y periodos de carencia.
2. Flexibilización del Pago de Impuestos
- Aplazamiento del IVA y Otros Impuestos: Posibilidad de aplazar el pago del Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA), el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) y el Impuesto sobre Sociedades sin intereses de demora.
- Reducción de Retenciones: Ajustes en las retenciones fiscales para aumentar la liquidez de empresas y autónomos.
Medidas Laborales y de Seguridad Social
1. Expedientes de Regulación Temporal de Empleo (ERTE)
- Flexibilización de los ERTE: Simplificación de los trámites para la aprobación de ERTE por fuerza mayor, permitiendo a las empresas ajustar temporalmente su plantilla sin incurrir en costes adicionales.
- Cobertura de Prestaciones: Acceso garantizado a las prestaciones por desempleo para los trabajadores afectados por ERTE, incluso si no cumplen con los requisitos de cotización previos.
2. Bonificaciones y Exoneraciones
- Bonificaciones en las Cotizaciones a la Seguridad Social: Reducción de las cotizaciones para las empresas que mantengan el empleo, con el objetivo de incentivar la retención de trabajadores.
- Exoneraciones para Empresas en ERTE: Exoneración del pago de cotizaciones para las empresas que apliquen ERTE por causas de fuerza mayor, siempre que se comprometan a mantener el empleo durante un periodo determinado.
Medidas de Apoyo a Autónomos
1. Prestación Extraordinaria por Cese de Actividad
- Beneficiarios: Autónomos que han tenido que cesar su actividad o cuyos ingresos han disminuido significativamente debido a la pandemia.
- Cuantía: Prestación equivalente al 70% de la base reguladora, con posibilidad de compatibilizarla con otras ayudas y exención temporal de las cuotas a la Seguridad Social.
2. Moratorias y Aplazamientos de Pagos
- Cuotas de Seguridad Social: Aplazamiento o fraccionamiento del pago de las cuotas a la Seguridad Social sin intereses adicionales.
- Alquileres y Suministros: Facilidades para negociar moratorias o reducciones temporales en el pago de alquileres y suministros básicos.
Medidas de Apoyo Sectorial
1. Turismo y Hostelería
- Líneas de Financiación Específicas: Programas de apoyo financiero para establecimientos turísticos y hosteleros, incluyendo créditos blandos y subvenciones directas.
- Campañas de Promoción: Iniciativas para revitalizar el sector mediante campañas de promoción turística y apoyo a la digitalización.
2. Cultura y Entretenimiento
- Fondos de Emergencia: Subvenciones y ayudas para profesionales y empresas del sector cultural y de entretenimiento afectados por la cancelación de eventos y cierres.
- Proyectos Digitales: Incentivos para el desarrollo de proyectos culturales y de entretenimiento a través de plataformas digitales.
Medidas de Apoyo a la Digitalización
1. Subvenciones para la Transformación Digital
- Objetivo: Ayudar a las empresas a adaptarse a la nueva realidad mediante la implementación de tecnologías digitales.
- Características: Subvenciones para la adquisición de hardware, software y servicios de consultoría tecnológica.
2. Formación y Capacitación Digital
- Programas de Formación: Cursos y talleres para trabajadores y autónomos en competencias digitales y teletrabajo.
- Apoyo a la Educación: Subvenciones para instituciones educativas que desarrollen programas de enseñanza a distancia.
Medidas de Apoyo Generalizadas
1. Moratorias y Aplazamientos Fiscales
- Impuestos y Contribuciones: Aplazamiento del pago de impuestos y contribuciones fiscales para personas y familias afectadas económicamente por la pandemia, aliviando la carga financiera.
2. Facilidades para el Alquiler
- Moratorias de Alquiler: Posibilidad de aplazar el pago de alquileres para inquilinos en situación de vulnerabilidad, con medidas de apoyo a los propietarios para mitigar el impacto financiero.
- Subvenciones para Alquiler: Programas de subvenciones para ayudar a las familias a cubrir el coste del alquiler durante la crisis sanitaria.