Reapertura gradual de instalaciones científico-técnicas.
1. Las entidades de naturaleza pública y privada que desarrollen o den soporte a actividades de investigación científica y técnica, desarrollo e innovación en todos los campos de la economía y de la sociedad, cuya actividad hubiera quedado afectada, total o parcialmente, por la declaración del estado de alarma y sus sucesivas prórrogas, podrán reiniciar la misma y la de sus instalaciones asociadas.
2. A efectos del cumplimiento de lo establecido en el apartado anterior, se deberá garantizar la protección de toda persona que preste servicios en las mismas y el cumplimiento de las medidas generales de prevención e higiene frente al COVID-19 indicadas por las autoridades sanitarias y la normativa asociada a la seguridad y salud laboral, asegurando el desarrollo de la actividad laboral en condiciones de seguridad, autoprotección y distanciamiento social.
Asimismo, se llevará a cabo una limpieza y desinfección periódica de los locales e instalaciones donde se desarrollen tales actividades, a cuyo efecto se estará a lo dispuesto en el artículo 6.
3. En todo caso, se fomentará la continuidad del teletrabajo para aquellos empleados o personas que presten servicio en dichas entidades y que puedan realizar su actividad laboral a distancia, garantizándose que los trabajadores que resulten imprescindibles para el desarrollo de la actividad investigadora, científica y técnica puedan desempeñar su actividad en el propio centro de trabajo, de conformidad con la normativa que resulte de aplicación.
4. Asimismo, y siempre que ello sea compatible con el desarrollo de tales actividades de investigación científica y técnica, desarrollo e innovación, se podrá establecer un régimen de trabajo a turnos u otro tipo de adaptación de las jornadas laborales, a fin de garantizar las medidas de protección previstas en este artículo, de conformidad con la normativa que resulte de aplicación. Se deberá garantizar que, una vez finalizado el turno de trabajo, y previo a la entrada del nuevo turno, se desinfectará el entorno de trabajo.
5. Corresponderá a los directores o máximos responsables de las entidades que reinicien su actividad acordar de forma motivada la aplicación de lo dispuesto en el presente artículo.
6. En el caso de las entidades del sector público estatal, la adopción de las medidas previstas en este artículo se realizará de conformidad con las normas propias que les resulten de aplicación.
Celebración de seminarios y congresos científicos o innovadores.
1. Se permitirá la realización de congresos, encuentros, eventos y seminarios en el ámbito de la investigación científica y técnica, el desarrollo y la innovación.
2. Tales eventos podrán ser promovidos por cualesquiera entidades de naturaleza pública o privada, siempre que tengan por objeto la mejora y ampliación del conocimiento en cualquiera de las áreas de la investigación, el desarrollo o la innovación, con el fin de fomentar la investigación científica y técnica en todos los ámbitos, impulsar la transferencia del conocimiento o fomentar la innovación y la competitividad.
3. En todo caso, dichos eventos deberán, en todo momento, cumplir las obligaciones de distancia física exigida de dos metros, sin superar en ningún caso la cifra de treinta asistentes, debiendo fomentarse la participación no presencial de aquellos que puedan prestar su actividad a distancia.
4. En este sentido, cuando no pueda garantizarse la distancia de seguridad interpersonal de aproximadamente dos metros entre todo asistente a dichos eventos, congresos y seminarios, así como la de los trabajadores que presten sus servicios en y para los mismos, se asegurará que dispongan de equipos de protección adecuados al nivel de riesgo, asegurando el desarrollo de tales actividades en condiciones de seguridad, autoprotección y distanciamiento social y la limpieza y desinfección de los locales e instalaciones donde se desarrollen las mismas a cuyo efecto se estará a lo dispuesto en el artículo 6.
5. Corresponderá a los directores o máximos responsables de las entidades convocantes de los actos a que se refiere este artículo acordar de forma motivada la aplicación de lo dispuesto en el mismo.
6. En el caso de las entidades del sector público estatal, la adopción de las medidas previstas en este artículo se realizará de conformidad con las normas propias que les resulten de aplicación.
1. Financiamiento y Subvenciones
Incremento de Fondos Públicos
- Aumento de Presupuesto: Incrementar el presupuesto destinado a la investigación y el desarrollo (I+D) a través de fondos públicos, asegurando un financiamiento sostenido y adecuado para proyectos de ciencia e innovación.
- Subvenciones y Becas: Ofrecer subvenciones y becas para investigadores y estudiantes de posgrado, fomentando la investigación en áreas estratégicas y emergentes.
Incentivos Fiscales
- Desgravaciones Fiscales: Implementar desgravaciones fiscales para empresas y organizaciones que inviertan en I+D, incentivando la inversión privada en ciencia e innovación.
- Créditos Fiscales: Ofrecer créditos fiscales a proyectos de investigación y desarrollo, facilitando la financiación y reducción de riesgos económicos.
2. Infraestructura y Equipamiento
Mejora de Infraestructuras
- Centros de Investigación: Construir y equipar centros de investigación de alta tecnología, proporcionando a los científicos e investigadores las herramientas necesarias para llevar a cabo investigaciones de vanguardia.
- Redes de Innovación: Establecer redes de innovación que conecten universidades, centros de investigación, empresas y el gobierno, facilitando la colaboración y el intercambio de conocimientos.
Acceso a Equipamiento
- Equipos de Investigación: Proveer acceso a equipos de investigación de última generación, tanto en instituciones públicas como privadas.
- Laboratorios Compartidos: Promover la creación de laboratorios compartidos y espacios de coworking para investigadores y startups, fomentando la colaboración y el uso eficiente de recursos.
3. Simplificación de Trámites y Regulaciones
Procesos Administrativos
- Simplificación de Trámites: Reducir la burocracia y simplificar los trámites administrativos para la solicitud y gestión de fondos de investigación y proyectos de innovación.
- Plazos Reducidos: Acortar los plazos para la evaluación y aprobación de proyectos de I+D, acelerando la puesta en marcha de iniciativas científicas y tecnológicas.
Normativas Flexibles
- Regulación Adaptativa: Implementar normativas flexibles y adaptativas que se ajusten a los avances tecnológicos y científicos, permitiendo una mayor agilidad en la innovación.
- Protección de Datos y Ética: Asegurar que las regulaciones sobre protección de datos y ética en la investigación sean claras y proporcionen un marco seguro para la innovación sin obstaculizar el progreso.
4. Colaboración Público-Privada
Alianzas Estratégicas
- Consorcios de Innovación: Fomentar la creación de consorcios de innovación entre instituciones académicas, centros de investigación, empresas y el gobierno para abordar retos científicos y tecnológicos complejos.
- Proyectos Colaborativos: Incentivar la participación en proyectos colaborativos de I+D mediante programas de financiamiento conjunto y apoyo técnico.
Transferencia de Conocimiento
- Oficinas de Transferencia: Establecer y fortalecer oficinas de transferencia de tecnología y conocimiento en universidades y centros de investigación, facilitando la comercialización de innovaciones.
- Eventos de Networking: Organizar eventos de networking, ferias de innovación y conferencias que reúnan a investigadores, empresarios e inversores para promover la colaboración y el intercambio de ideas.
5. Educación y Formación
Capacitación en I+D
- Programas de Formación: Desarrollar programas de formación en ciencia e innovación dirigidos a estudiantes, investigadores y profesionales, enfocándose en habilidades técnicas y de gestión de proyectos.
- Mentoría y Tutoría: Implementar programas de mentoría y tutoría que conecten a investigadores jóvenes con científicos experimentados y líderes de la industria.
Promoción de la Ciencia
- Divulgación Científica: Promover la divulgación científica a través de campañas educativas, medios de comunicación y actividades en escuelas, aumentando el interés y la comprensión pública sobre la importancia de la ciencia y la innovación.
- STEM Education: Fomentar la educación en ciencia, tecnología, ingeniería y matemáticas (STEM) desde edades tempranas, asegurando una base sólida de conocimiento y habilidades para futuras generaciones de innovadores.
6. Internacionalización
Cooperación Internacional
- Programas de Intercambio: Facilitar programas de intercambio y colaboración internacional para investigadores y estudiantes, promoviendo el aprendizaje y la innovación global.
- Proyectos Transnacionales: Participar en proyectos de investigación y desarrollo transnacionales, aprovechando el conocimiento y los recursos globales.
Atracción de Talento
- Visas de Investigación: Implementar políticas de visas y permisos de trabajo que faciliten la atracción de investigadores y científicos de otros países.
- Incentivos para Talento: Ofrecer incentivos económicos y profesionales para atraer y retener talento científico y tecnológico de alto nivel.