Ampliación de la línea de financiación Thomas Cook para atender al conjunto de empresas establecidas en España incluidas en determinados sectores económicos.
1. La línea de financiación prevista en el artículo 4 del Real Decreto-ley 12/2019, de 11 de octubre, por el que se adoptan medidas urgentes para paliar los efectos de la apertura de procedimientos de insolvencia del grupo empresarial Thomas Cook se amplía a todas las empresas y trabajadores autónomos con domicilio social en España que estén incluidos en los sectores económicos definidos en la Disposición Adicional primera de este Real Decreto-ley y contará con 200 millones de euros adicionales a los previstos inicialmente en el citado artículo 4 del Real Decreto-ley 12/2019, de 11 de octubre.
La partida presupuestaria del Ministerio de Industria, Comercio y Turismo de garantía del 50% de los créditos dispuestos de la línea ICO, se amplía de los 100 millones de euros iniciales hasta los 200 millones de euros para dar cobertura a la línea de financiación ampliada de hasta 400 millones de euros, ajustándose los importes presupuestarios correspondientes en cada año a estos nuevos límites.
Para ampliar la partida presupuestaria de garantía del Ministerio de Industria, Comercio y Turismo se autorizan nuevos límites de compromisos de gasto que modifican los aprobados por Acuerdo de Consejo de Ministros de fecha 20 de diciembre de 2019 por los importes que se indican:
Año |
Compromiso máximo a adquirir – |
|
20.04.432A.441 | 20.04.432A.359 | |
2019 | 0,00 | 20.000,00 |
2020 | 0,00 | 20.000,00 |
2021 | 0,00 | 40.000,00 |
2022 | 5.000.000,00 | 1.040.000,00 |
2023 | 10.000.000,00 | 100.000,00 |
2024 | 30.000.000,00 | 80.000,00 |
2025 | 60.000.000,00 | 40.000,00 |
2026 | 60.000.000,00 | 20.000,00 |
2027 | 35.000.000,00 | 20.000,00 |
Total | 200.000.000,00 | 1.380.000,00 |
2. Se aplicarán a esta línea de financiación y a la correspondiente garantía ampliada, de modo automático y a la entrada en vigor de este real decreto -ley, los mismos términos y condiciones que los aprobados para la línea de financiación prevista en el artículo 4 del Real Decreto-ley 12/2019, de 11 de octubre, tanto los previstos en el referido artículo 4, como los previstos en el conjunto de instrumentos que lo desarrollan y han servido para la puesta en marcha de la referida línea de financiación, sin que sea necesario desarrollo normativo, convencional, o acto jurídico de aplicación alguno.
En concreto, se aplicarán los términos y condiciones establecidos en los Acuerdos de Consejo de Ministros aprobados para la implementación de la citada línea de financiación y garantía, de fechas 20 de diciembre de 2019, si bien modificado según los nuevos límites de compromisos de gasto, y 27 de diciembre de 2019, así como el Acuerdo de Comisión Delegada del Gobierno para Asuntos Económicos de 31 de octubre de 2019 y el Convenio formalizado entre el ICO y la Secretaria de Estado de Turismo el 27 de diciembre de 2019.
3. Se instruye al ICO para que con carácter inmediato a la entrada en vigor de este real decreto-ley realice las gestiones necesarias con las entidades financieras para que la línea de financiación ampliada pueda estar a disposición de las empresas en el plazo máximo de diez días a contar desde la referida entrada en vigor.
Medidas de apoyo a la prolongación del periodo de actividad de los trabajadores con contratos fijos discontinuos en los sectores de turismo y comercio y hostelería vinculados a la actividad turística.
1. Las empresas, excluidas las pertenecientes al sector público, dedicadas a actividades encuadradas en los sectores del turismo, así como los del comercio y hostelería, siempre que se encuentren vinculadas a dicho sector del turismo, que generen actividad productiva en los meses de febrero, marzo, abril, mayo, junio y que inicien o mantengan en alta durante dichos meses la ocupación de los trabajadores con contratos de carácter fijos discontinuo, podrán aplicar una bonificación en dichos meses del 50 por ciento de las cuotas empresariales a la Seguridad Social por contingencias comunes, así como por los conceptos de recaudación conjunta de Desempleo, FOGASA y Formación Profesional de dichos trabajadores.
Lo dispuesto en este artículo será de aplicación desde el 1 de enero de 2020 hasta el día 31 de diciembre de 2020.
2. La bonificación regulada en este artículo será de aplicación en todo el territorio nacional, salvo en las comunidades autónomas de Illes Balears y Canarias, durante los meses de febrero y marzo de 2020, donde será de aplicación, en los mencionados meses, la bonificación establecida en el artículo 2 del Real Decreto-ley 12/2019, de 11 de octubre, por el que se adoptan medidas urgentes para paliar los efectos de la apertura de procedimientos de insolvencia del grupo empresarial Thomas Cook.
1. Apoyo Financiero y Liquidez
1.1. Líneas de Crédito y Avales
- Líneas de Crédito ICO: Ampliación de las líneas de crédito del Instituto de Crédito Oficial (ICO) específicas para empresas y autónomos del sector turístico, con condiciones favorables y plazos de amortización extendidos.
- Avales para Nuevos Préstamos: Concesión de avales para nuevos préstamos destinados a la financiación de la actividad turística, garantizando hasta el 80% del importe de los créditos otorgados por las entidades financieras.
1.2. Moratorias y Aplazamientos
- Moratoria en el Pago de Hipotecas: Implementación de una moratoria en el pago de hipotecas sobre inmuebles afectos a actividades turísticas para aliviar la carga financiera de las empresas del sector.
- Aplazamiento de Deudas Tributarias: Posibilidad de aplazar el pago de impuestos para empresas turísticas sin intereses ni recargos, facilitando su liquidez en el corto plazo.
2. Incentivos Fiscales
2.1. Reducción de Impuestos
- Reducción del IVA: Reducción temporal del IVA aplicado a los servicios turísticos, incluyendo alojamiento y restauración, para incentivar el consumo y mejorar la competitividad del sector.
- Deducciones Fiscales: Introducción de deducciones fiscales para inversiones en mejoras y modernización de infraestructuras turísticas, incentivando la renovación del sector.
3. Promoción y Fomento de la Demanda
3.1. Campañas de Promoción Turística
- Campañas Nacionales e Internacionales: Lanzamiento de campañas de promoción turística tanto a nivel nacional como internacional, destacando la seguridad y calidad de los destinos turísticos españoles.
- Incentivos al Turismo Nacional: Promoción de incentivos y descuentos para fomentar el turismo nacional, incluyendo bonos turísticos y paquetes promocionales para residentes.
3.2. Colaboración con Agentes del Sector
- Acuerdos con Aerolíneas y Turoperadores: Establecimiento de acuerdos con aerolíneas y turoperadores para ofrecer tarifas reducidas y condiciones favorables para los turistas, incentivando los viajes a destinos españoles.
- Eventos y Ferias Turísticas: Organización de eventos y ferias turísticas, tanto presenciales como virtuales, para promover los destinos turísticos y facilitar la comercialización de productos y servicios del sector.
4. Sostenibilidad y Modernización
4.1. Digitalización del Sector Turístico
- Fomento de la Digitalización: Apoyo a la digitalización de empresas turísticas, incluyendo la implementación de tecnologías digitales para la gestión de reservas, atención al cliente y promoción online.
- Plataformas Digitales: Desarrollo y mejora de plataformas digitales para la promoción y comercialización de productos turísticos, facilitando el acceso a mercados globales.
4.2. Sostenibilidad Ambiental
- Inversiones en Sostenibilidad: Fomento de inversiones en sostenibilidad ambiental, como la mejora de la eficiencia energética, la gestión de residuos y la implementación de prácticas turísticas responsables.
- Certificaciones de Sostenibilidad: Promoción de certificaciones de sostenibilidad para establecimientos turísticos, incentivando la adopción de prácticas sostenibles y responsables.
5. Seguridad Sanitaria y Confianza del Consumidor
5.1. Protocolos de Seguridad Sanitaria
- Protocolos de Higiene y Seguridad: Establecimiento de protocolos de higiene y seguridad sanitaria en todos los establecimientos turísticos, garantizando la protección de turistas y trabajadores.
- Formación en Seguridad Sanitaria: Programas de formación para empleados del sector turístico en prácticas de seguridad sanitaria, asegurando el cumplimiento de los protocolos establecidos.
5.2. Certificación de Seguridad
- Certificación de Establecimientos Seguros: Implementación de un sistema de certificación para establecimientos turísticos que cumplan con los estándares de seguridad sanitaria, generando confianza entre los consumidores.
- Información Transparente: Difusión de información transparente y actualizada sobre las medidas de seguridad sanitaria adoptadas en los destinos turísticos, fomentando la confianza y tranquilidad de los viajeros.
6. Apoyo al Empleo en el Sector Turístico
6.1. Protección del Empleo
- ERTE para el Sector Turístico: Extensión y flexibilización de los Expedientes de Regulación Temporal de Empleo (ERTE) específicos para el sector turístico, permitiendo a las empresas ajustar su fuerza laboral según la demanda.
- Bonificaciones a la Contratación: Bonificaciones en las cotizaciones a la Seguridad Social para empresas turísticas que contraten o mantengan empleados, incentivando la creación y conservación de empleo.
6.2. Formación y Capacitación
- Programas de Capacitación: Desarrollo de programas de formación y capacitación para trabajadores del sector turístico, enfocados en habilidades digitales, atención al cliente y gestión de crisis.
- Recualificación de Empleados: Apoyo a la recualificación de empleados afectados por la crisis, facilitando su reintegración en el mercado laboral del sector turístico.