IRPF. Rendimientos del capital mobiliario. Operaciones con Precio aplazado

Sin valoraciones


Es una operación de precio aplazado aquellas que transcurre como mínimo un año o más entre el momento de la entrega y el último plazo

Es decir, entendiendo que la operación se ha realizado de una sola vez (tributará por toda la cantidad que tenga derecho a percibir) o bien entenderá que la operación se realiza conforme se produzcan los distintos cobros o pagos (con lo que tributará paulatinamente según se realicen dichos cobros o pagos).

Tutores para formación bonificada  

Estos rendimientos no están sujetos a retención cuando se realice la operación entre particulares.

Vea nuestro curso de fiscal

Compártelo en tus redes

Share on facebook
Share on twitter
Share on linkedin
Share on pinterest

Valore este curso

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Utilizamos cookies para asegurar que damos la mejor experiencia al usuario en nuestra web. Si sigues utilizando este sitio asumimos que estás de acuerdo. VER