La Ley del IRPF establece normas específicas en algunos supuestos: acciones con cotización en mercados regulados; acciones y participaciones no admitidas a negociación; aportaciones no dinerarias a sociedades, traspaso de locales de negocio; indemnizaciones o capitales asegurados por pérdidas o siniestros en elementos patrimoniales; permuta de bienes o derechos; transmisiones de elementos patrimoniales afectos a actividades económicas y participaciones en instituciones de inversión colectiva
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1. Transmisión de Elementos Patrimoniales Adquiridos antes del 31 de diciembre de 1994
- Coeficientes de Abatimiento: Reducen la ganancia patrimonial generada por el incremento de valor acumulado hasta el 20 de enero de 2006.
- Límite: Aplicable únicamente a los primeros 400.000 € del valor de transmisión.
2. Transmisión de Vivienda Habitual para Personas Mayores de 65 años
- Exención: Total de la ganancia patrimonial derivada de la transmisión de la vivienda habitual del contribuyente.
3. Reinversión en Vivienda Habitual
- La ganancia patrimonial generada por la venta de la vivienda habitual queda exenta si el importe obtenido se reinvierte en la adquisición de una nueva vivienda habitual en un plazo de dos años.
4. Transmisiones Derivadas de Indemnizaciones o Seguros
- Cuando se perciben indemnizaciones o capitales asegurados como compensación por siniestros o pérdidas de elementos patrimoniales, la ganancia o pérdida se calcula como la diferencia entre el importe percibido y el valor de adquisición.
