IRPF. Determinación de la cuota líquida

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La cuota líquida total está formada por los siguientes componentes:

a) Una cuota líquida estatal (artículo 67 de la LIRPF), resultado de disminuir la parte estatal de la cuota íntegra en la suma de:

  • El tramo estatal de la por inversión en empresas de nueva o reciente creación.
  • La deducción por inversión en vivienda habitual en aplicación del régimen transitorio (Pues desaparece en 2013 esta deducción, y sólo se aplicará con un régimen transitorio que explicaremos más adelante)
  • El 50% del importe total de las deducciones del artículo 68, apartado 2 a 5 de la ley.
  1. Por Actividades económicas ( 68.2)
  2. Por Donativos. ( 68.3
  3. Por rentas obtenidas en Ceuta o Melilla. ( 68.4)
  4. Por inversiones y gastos realizados en bienes de Patrimonio Histórico Español y de las ciudades bienes y conjuntos declarados Patrimonio Mundial.( 68.5)
  5. Deducción por alquiler de vivienda habitual ( 68.7).Suprimida a partir de 2015 aunque existe un régimen transitorio
  6. Deducción por Obras de mejora de la vivienda habitual ( 29)

b) Una cuota líquida autonómica (artículo 77 de la LIRPF), que es el resultado de disminuir la parte autonómica de la cuota íntegra en la suma de:

  • El 50% del importe total de las deducciones del artículo 68, apartados 2 a 5 de la ley
  • El importe de las deducciones establecidas por la comunidad autónoma en el ejercicio de las competencias previstas en la Ley 22/2009 de 18 de diciembre del sistema de financiación de las comunidades autónomas de régimen común y ciudades con estatuto de autonomía.

Hay que destacar que ni la parte estatal ni la parte autonómica de la cuota líquida pueden resultar negativas.

 Cuota íntegra estatal Cuota líquida autonómica
(-) Deducción por inversión en empresas de nueva o reciente creación (-) 50% restantes deducciones
(-) 50% restantes deducciones (-) Deducciones autonómicas
Cuota líquida autonómica
Cuota líquida estatal
Cuota líquida = cuota líquida estatal + cuota líquida autonómica

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1. Cálculo de la Base Imponible

La base imponible es el primer paso para determinar la cuota líquida. Es el resultado de sumar todos los ingresos del contribuyente (rendimientos del trabajo, rendimientos de actividades económicas, ganancias patrimoniales, etc.) y restar los gastos deducibles permitidos por la normativa (gastos de gestión, deducciones por seguridad social, etc.).

2. Aplicación de Reducciones

Una vez obtenida la base imponible, se aplican las reducciones correspondientes, que pueden estar vinculadas a situaciones personales y familiares del contribuyente, como:

  • Reducción por tributación conjunta.
  • Reducción por rendimientos del trabajo.
  • Reducción por aportaciones a sistemas de previsión social.

El resultado de esta operación es la base liquidable.

3. Aplicación de los Tipos Impositivos (Escalas Progresivas)

El siguiente paso es calcular la cuota íntegra. Para ello, se aplican los tipos impositivos progresivos establecidos por la Ley del IRPF a la base liquidable. Los tramos de la tarifa varían dependiendo del nivel de ingresos del contribuyente, siendo los tipos más bajos aplicados a los tramos más bajos de la base y los tipos más altos a los tramos más altos.

Ejemplo de los tramos (aproximadamente, ya que pueden variar por años):

  • Hasta 12.450 €: 19%
  • De 12.450 € a 20.200 €: 24%
  • De 20.200 € a 35.200 €: 30%
  • De 35.200 € a 60.000 €: 37%
  • Más de 60.000 €: 45%

4. Cuota Íntegra

La cuota íntegra se calcula aplicando el porcentaje correspondiente a cada tramo de la base liquidable. Esta cuota refleja el importe bruto antes de aplicar cualquier tipo de deducción.

5. Deducciones

Una vez calculada la cuota íntegra, se pueden aplicar las deducciones fiscales que corresponden. Las deducciones reducen el importe final del impuesto a pagar. Algunas de las deducciones más comunes incluyen:

  • Deducción por maternidad.
  • Deducción por familia numerosa.
  • Deducción por donativos a ONGs.
  • Deducción por alquiler de la vivienda habitual.
  • Deducción por doble imposición internacional.

6. Cuota Líquida

La cuota líquida es el resultado final del proceso de determinación de la cuota del IRPF. Se obtiene restando las deducciones de la cuota íntegra. Si la cuota íntegra es de 5.000 € y el contribuyente tiene una deducción de 1.000 €, la cuota líquida será de 4.000 €.

7. Pagos a Cuenta (Retenciones e Ingresos a Cuenta)

Durante el año, el contribuyente habrá realizado pagos a cuenta a través de retenciones en su salario o en sus actividades profesionales, o mediante pagos fraccionados si realiza actividades económicas. Estos pagos a cuenta deben restarse de la cuota líquida para determinar si hay un saldo a pagar o si el contribuyente tiene derecho a una devolución.

  • Si la cuota líquida es 4.000 € y el contribuyente ha pagado 3.000 € a cuenta, el saldo a pagar será de 1.000 €.

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