IRPF. Base imponible. Base imponible general

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(+/-) Rendimientos del trabajo
(+/-) Rendimientos del capital inmobiliario
(+/-) Rendimientos del capital mobiliario que tengan la consideración de renta general
(+/-) Rendimientos de actividades económicas
(+/-) Imputaciones de renta
(+/-) Saldo de rendimientos e imputaciones
(+/-) Ganancias y pérdidas no derivadas de transmisiones
(+/-) Base imponible general  Grupo A (rendimientos y rentas imputadas)

 

(+/-) Base imponible general Grupo B (Ganancias y pérdidas no derivadas de transmisiones)

Los resultados  (+) forman parte de la BI general

Los (-) se compensa:

–  con resultados positivos del mismo grupo B o en los 4 años siguientes

– con resultados positivos del grupo A con el límite del 25%. El saldo pendiente se podrá compensar íntegramente con rentas positivas del grupo B o bien con rentas positivas del grupo A siempre respetando el límite del 25%

= Base imponible general

EJEMPLO

Un contribuyente ha obtenido durante 2018 las rentas siguientes con las características que se detallan (en euros):

– Rendimientos netos del trabajo                                     30.000

– Rendimientos de actividades empresariales                  -10.000

– Imputación de rentas                                                  – 2.000

– Ganancia patrimonial no derivada de transmisiones           8.000

– Pérdida patrimonial no derivada de transmisiones                   – 15.000

 

Base Imponible general grupo A                                              18.000

(50.000 -10.000- 2.000)

Base Imponible general grupo B                                               -4.500

(8.000 -15.000) = -7.000

18.000 x 25% =  4.500

Base Imponible general                                   13.500

Quedan 2500 euros a compensar para el año 2017. O bien lo compensamos con resultados positivos de ganancias patrimoniales no derivadas de transmisiones o en resultados positivos del grupo A con el límite del 25%

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IRPF: Base Imponible General

La base imponible general del IRPF es el resultado de integrar y compensar las rentas que no forman parte de la base imponible del ahorro. Este componente incluye la mayoría de los ingresos obtenidos por el contribuyente y está sujeto a la escala general del impuesto.


1. Composición de la Base Imponible General

La base imponible general se integra con las siguientes categorías de renta:

a) Rendimientos del Trabajo

Incluye los ingresos obtenidos por:

  • Sueldos y salarios.
  • Pensiones y haberes pasivos.
  • Prestaciones por desempleo.
  • Retribuciones en especie, entre otros.

b) Rendimientos del Capital Inmobiliario

Corresponden a:

  • Rentas obtenidas del alquiler de bienes inmuebles.
  • Rendimientos por derechos reales de uso o disfrute sobre inmuebles.

c) Rendimientos de Actividades Económicas

Incluye:

  • Rentas derivadas del ejercicio de actividades empresariales, profesionales o artísticas.

d) Imputaciones de Renta

Comprenden:

  • Rentas imputadas de bienes inmuebles no afectos a actividades económicas ni alquilados.
  • Rendimientos por participación en entidades en régimen de atribución de rentas.

e) Ganancias y Pérdidas Patrimoniales

Incluye:

  • Ganancias y pérdidas que no procedan de la transmisión de elementos patrimoniales (ejemplo: premios o indemnizaciones).

2. Proceso de Cálculo

a) Integración y Compensación de Rentas

  1. Rentas positivas y negativas de cada categoría:
    Se integran y compensan las rentas de la misma naturaleza dentro de la base general.
  2. Compensación entre categorías:
    • Si tras la integración de una categoría el saldo es negativo, puede compensarse con saldos positivos de otras categorías dentro de la base general.
    • Límite: 25% del saldo positivo de las otras categorías.
    • Excesos no compensados: se trasladan a los cuatro ejercicios siguientes.

b) Resultado Final

La suma neta de todas las rentas, tras las compensaciones, constituye la base imponible general.


3. Particularidades

  • Gastos deducibles:
    Cada tipo de rendimiento tiene sus propios gastos deducibles específicos (ejemplo: gastos de conservación en rendimientos de capital inmobiliario, cotizaciones a la Seguridad Social en rendimientos del trabajo, etc.).
  • Reducciones aplicables:
    A la base imponible general pueden aplicarse ciertas reducciones que disminuyen su importe, como:

    • Aportaciones a sistemas de previsión social (planes de pensiones).
    • Pensiones compensatorias y anualidades por alimentos.
    • Reducción por rendimientos obtenidos de manera irregular en el tiempo.

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