Información nutricional voluntaria

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Información nutricional voluntaria

El contenido de la información nutricional obligatoria mencionada en el apartado 1 podrá completarse con la indicación de la cantidad de unas o varias de las siguientes sustancias:

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a) ácidos grasos monoinsaturados;

b) ácidos grasos poliinsaturados;

c) polialcoholes;

d) almidón;

e) fibra alimentaria;

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f) cualquier vitamina o mineral que figure en el punto 1 de la parte A del anexo XIII que esté presente en cantidades significativas según lo definido en el punto 2 de la parte A del anexo XIII.

Los nutrientes arriba mencionados podrán ser indicados de forma voluntaria en la información nutricional. Se debe tener en cuenta que esta lista es exhaustiva; es decir, no es posible indicar voluntariamente nutrientes distintos de los que figuran en el presente párrafo.

Sin embargo, se debe tener en cuenta que el Artículo 49.2 establece que:

“Cuando la declaración nutricional o la declaración de propiedades saludables mencionen sustancias que no figuren en el etiquetado nutricional, deberá indicarse su cantidad en el mismo campo de visión que el etiquetado nutricional, y expresarse con arreglo a lo dispuesto en los artículos 31, 32 y 33… […..]. Las unidades de medida que se utilizarán para indicar la cantidad de sustancia serán las adecuadas para cada una de las sustancias de que se trate”.

Por lo tanto, cuando de forma voluntaria se realiza la declaración nutricional o de propiedades  saludables se debe declarar la información nutricional de sustancia sobre la cual se realiza la declaración, aunque dicha sustancia no esté incluida en la información nutricional  (obligatoria/voluntaria), tal como se define en los Art. 30.1 y 30.2. Ejemplo de ello, podrían ser los ácidos grasos omega-3 y los beta-glucanos.

En ambos casos, la cantidad de la sustancia(s) en cuestión deberá figurar en el “mismo campo visual” que la información nutricional.

 

 

Tipos de Información Nutricional Voluntaria

  1. Información Adicional sobre Nutrientes:
    • Detalles sobre micronutrientes como vitaminas y minerales no obligatorios.
    • Información sobre ácidos grasos específicos (omega-3, omega-6) y tipos de carbohidratos (fibra dietética).
  2. Beneficios para la Salud y Afirmaciones Nutricionales:
    • Declaraciones sobre beneficios específicos para la salud, como «alto en fibra», «bajo en azúcar» o «fuente de proteínas».
    • Declaraciones relacionadas con la reducción de enfermedades, como «puede ayudar a reducir el colesterol».
  3. Sistemas de Etiquetado Frontal:
    • Uso de etiquetas frontales que proporcionen una visión rápida del perfil nutricional, como el sistema de semáforo, Nutri-Score, o íconos de porciones saludables.
  4. Información sobre el Origen y el Proceso de Producción:
    • Detalles sobre el origen de los ingredientes (por ejemplo, «100% orgánico», «libre de OGM»).
    • Información sobre métodos de producción sostenibles o éticos.
  5. Consejos de Consumo y Preparación:
    • Sugerencias sobre cómo incorporar el alimento en una dieta equilibrada.
    • Recomendaciones de recetas saludables que incluyan el producto.

Beneficios de Proporcionar Información Nutricional Voluntaria

  1. Empoderamiento del Consumidor:
    • Ayuda a los consumidores a tomar decisiones informadas y a elegir productos que se alineen con sus necesidades y preferencias dietéticas.
  2. Transparencia y Confianza:
    • Aumenta la transparencia y puede mejorar la confianza en la marca al demostrar un compromiso con la salud del consumidor.
  3. Promoción de Hábitos Saludables:
    • Fomenta hábitos alimentarios saludables y puede contribuir a la reducción de problemas de salud relacionados con la dieta.

Ejemplos de Información Nutricional Voluntaria

  1. Cereal Integral para el Desayuno:
    • En el empaque frontal: «Rico en fibra», «Fuente de vitamina D y calcio», «Bajo en azúcares añadidos».
    • En el panel trasero: Información detallada sobre vitaminas y minerales específicos, recetas de desayuno saludables, y recomendaciones de porciones.
  2. Barra de Proteína:
    • En el empaque frontal: «20g de proteínas», «Sin gluten», «Sin azúcares añadidos».
    • En el panel trasero: Información sobre los tipos de proteínas utilizadas, contenido de aminoácidos esenciales, y beneficios de consumir proteínas post-entrenamiento.
  3. Yogur Probiótico:
    • En el empaque frontal: «Contiene probióticos para la salud digestiva», «Bajo en grasa».
    • En el panel trasero: Información sobre las cepas específicas de probióticos y sus beneficios, y sugerencias de consumo.

Directrices para la Información Nutricional Voluntaria

  1. Claridad y Precisión:
    • La información debe ser clara, precisa y no engañosa. Las afirmaciones deben estar respaldadas por evidencia científica.
  2. Consistencia con la Información Obligatoria:
    • La información voluntaria debe ser consistente con la información obligatoria presente en la etiqueta del producto.
  3. Formato Legible:
    • Debe presentarse de manera que sea fácilmente legible y comprensible para los consumidores, utilizando un tamaño de letra y contraste adecuados.
  4. Relevancia y Pertinencia:
    • Debe enfocarse en los nutrientes y beneficios que son relevantes para la salud pública y las necesidades dietéticas de los consumidores.

Regulación y Supervisión

Aunque la información nutricional voluntaria no es obligatoria, está sujeta a las mismas normas de veracidad y no engaño que la información obligatoria. En la Unión Europea, el Reglamento (UE) Nº 1169/2011 establece que cualquier declaración nutricional y de salud debe cumplir con el Reglamento (CE) Nº 1924/2006, que regula las declaraciones nutricionales y de propiedades saludables en los alimentos.

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