IMPUESTO SOBRE SOCIEDADES. NATURALEZA

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NATURALEZA

Tributo directo y personal que grava la renta de las sociedades y demás entidades jurídicas.

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1. Impuesto Directo

El Impuesto sobre Sociedades es un impuesto directo porque grava directamente la renta o beneficio de las entidades. La responsabilidad tributaria recae sobre el contribuyente, en este caso la sociedad o entidad jurídica, y no sobre una persona física, aunque los accionistas o socios pueden verse afectados indirectamente por la distribución de dividendos.

2. Impuesto Personal

Aunque el IS es un impuesto sobre entidades jurídicas, tiene una característica personal, ya que el tratamiento fiscal depende de la naturaleza de la entidad y de las circunstancias específicas de la misma. Esto significa que el tratamiento fiscal varía según la residencia fiscal, tipo de entidad y el origen de los ingresos.

Por ejemplo:

  • Las sociedades tributan por su renta mundial si son residentes fiscales en España.
  • Las entidades no residentes solo tributan por los ingresos obtenidos en territorio español, si tienen un establecimiento permanente o si obtienen rentas españolas (por ejemplo, dividendos, royalties, etc.).

3. Impuesto Progresivo

El Impuesto sobre Sociedades tiene tipos impositivos que no necesariamente son progresivos de la misma manera que en el IRPF, pero tiene características progresivas en función de la dimensión de la empresa. En general, las empresas que obtienen mayores beneficios están sujetas a una mayor tasa tributaria.

  • Las pequeñas empresas y las microempresas pueden beneficiarse de tipos impositivos reducidos o de ciertos beneficios fiscales.
  • Las sociedades de gran tamaño tributan a un tipo más elevado, aunque existen tipos impositivos especiales para algunas actividades.

4. Imposición sobre los Beneficios

El Impuesto sobre Sociedades grava los beneficios netos de la entidad, que se determinan como el resultado contable ajustado por las normas fiscales. Estos ajustes incluyen:

  • Ingresos: todos los ingresos derivados de la actividad empresarial.
  • Gastos deducibles: gastos necesarios para la actividad, como costes de personal, amortizaciones, etc.
  • Amortizaciones: la deducción por la pérdida de valor de activos fijos.
  • Provisiones: determinadas deducciones específicas para prever ciertos riesgos o deudas.

5. Sujeto Pasivo

El sujeto pasivo del Impuesto sobre Sociedades es la entidad jurídica que realiza la actividad económica, sin importar su forma jurídica (por ejemplo, sociedades anónimas, limitadas, cooperativas, fundaciones, asociaciones, etc.).

  • Personas jurídicas: El IS lo tributan las sociedades mercantiles, cooperativas y otras entidades con fines lucrativos.
  • No residentes: Las entidades no residentes que tengan un establecimiento permanente en España o que generen rentas en el país también pueden ser sujetas al IS, aunque solo por las rentas obtenidas en territorio español.

6. Base Imponible

La base imponible se calcula a partir de los beneficios netos obtenidos por la entidad, ajustados por las deducciones, exenciones y otros conceptos fiscales establecidos en la normativa. Estos beneficios son aquellos que quedan tras restar los gastos deducibles de los ingresos obtenidos durante el ejercicio fiscal.

Los principales elementos que influyen en la base imponible son:

  • Ingresos brutos obtenidos por la entidad.
  • Gastos deducibles que permitan reducir los ingresos.
  • Amortizaciones de activos fijos y bienes intangibles.
  • Provisiones para posibles pérdidas o contingencias.

7. Tipos Impositivos

El tipo impositivo general del Impuesto sobre Sociedades en España es el 25%. Sin embargo, existen algunas excepciones y tipos reducidos dependiendo de la actividad o el tamaño de la entidad:

  • Empresas de reducida dimensión: Estas empresas pueden beneficiarse de una reducción de tipo impositivo o una deducción en su base imponible.
  • Tipo reducido: El tipo general se puede reducir para las nuevas empresas o aquellas de menor tamaño en función de los beneficios generados.

8. Exenciones y Beneficios Fiscales

El Impuesto sobre Sociedades contempla exenciones y beneficios fiscales para ciertos tipos de entidades y actividades. Entre las principales exenciones están:

  • Entidades sin ánimo de lucro: como las fundaciones o asociaciones que cumplen ciertos requisitos.
  • Rendimientos por ciertas actividades: algunos ingresos derivados de actividades como la investigación y desarrollo pueden beneficiarse de exenciones o deducciones fiscales.

9. Presentación y Liquidación

El IS se presenta generalmente anualmente mediante la declaración modelo 200, donde se informa sobre la base imponible, los tipos impositivos aplicados, las deducciones y las cuotas a ingresar. La liquidación del impuesto se realiza una vez al año, tras la aprobación de las cuentas anuales de la entidad.

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