IMPUESTO SOBRE SOCIEDADES. HECHO IMPONIBLE

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HECHO IMPONIBLE

Obtención de renta, cualquiera que fuere su fuente u origen.

Supuestos que no constituyen renta:

a) Lasreducciones de capital, cuya finalidad no sea la de devolver aportaciones, no determinan rentas a integrar en la base imponible del socio.

b) Laentrega de bienes integrantes del Patrimonio Histórico Español que estén inscritos en el Inventario General de Bienes Muebles o en el Registro General de Bienes de Interés Cultural, en tanto que tales entregas tengan por objeto el pago de deudas tributarias.

Presunción de onerosidad. Las cesiones de bienes y derechos se presumirán retribuidas por su valor normal de mercado, salvo prueba en contrario.

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