EMPRESAS DE REDUCIDA DIMENSIÓN
El régimen de incentivos fiscales a las entidades de reducida dimensión es de aplicación a las entidades cuya cifra de negocios en el periodo impositivo inmediato anterior sea inferior a 10.000.000 de euros, salvo que la entidad tenga la consideración de entidad patrimonial, en cuyo caso dichos incentivos no resultarán de aplicación.
No obstante lo expuesto anteriormente, los incentivos fiscales establecidos para este tipo de entidades serán aplicables en los tres periodos impositivos inmediatos y siguientes a aquel periodo impositivo en que la entidad alcance la referida cifra de negocios de 10.000.000 de euros, siempre que las mismas hayan cumplido las condiciones para ser consideradas como de reducida dimensión tanto en aquel periodo como en los dos periodos impositivos anteriores a este último. Resultarán igualmente aplicables cuando dicha cifra de negocios se alcance como consecuencia de haber realizado una operación de reestructuración acogida al régimen fiscal especial regulado para ellas, siempre que las entidades que hayan realizado tal operación cumplan con el mismo requisito que el exigido para el supuesto anterior.
Respecto al cálculo de dicho importe, cuando la entidad forme parte de un grupo de sociedades, con independencia de la residencia y de la obligación de formular cuentas anuales consolidadas, el importe se referirá al conjunto de entidades que se incluyan en este.
Definición de empresa de reducida dimensión
Una empresa de reducida dimensión (ERD) es una entidad mercantil que cumple con los siguientes requisitos:
- Límites de volumen de operaciones:
- El volumen de facturación (ingresos netos) no debe superar los 10 millones de euros anuales. Esto incluye las ventas y otros ingresos operativos de la empresa.
- Requisitos adicionales:
- La empresa debe ser una sociedad residente en territorio español, y no puede ser una sociedad cotizada en bolsa ni una entidad que realice actividades financieras o inmobiliarias.
Ventajas fiscales para las empresas de reducida dimensión
Las empresas de reducida dimensión tienen acceso a una serie de beneficios fiscales, especialmente en lo que respecta a la base imponible y los tipos impositivos, entre otros aspectos:
1. Tipo impositivo reducido
- Las empresas de reducida dimensión pueden beneficiarse de un tipo impositivo reducido en el Impuesto sobre Sociedades en sus primeros años de actividad, que es 25%.
- Además, en algunos casos, pueden aplicarse tipos impositivos más bajos en los primeros 300.000 euros de la base imponible, dependiendo de su volumen de negocio. Esto está relacionado con los tipos de gravamen progresivospara pymes.
2. Amortización acelerada
- Las empresas de reducida dimensión pueden aplicar la amortización acelerada en los activos de su empresa (inmovilizado material e intangible). Esto permite que los gastos de amortización se reconozcan en un plazo más corto, lo que reduce su base imponible y, por lo tanto, su factura fiscal en el corto plazo.
3. Deducción por inversión en elementos nuevos
- Las empresas pueden deducir el importe de las inversiones en bienes nuevos (no usados) que adquieran para su actividad empresarial. Esta deducción tiene como objetivo promover la inversión en activo fijo.
4. Incentivos fiscales por I+D+i (Investigación, Desarrollo e Innovación)
- Las empresas de reducida dimensión que realicen actividades de investigación, desarrollo e innovación (I+D+i)pueden beneficiarse de deducciones fiscales que reduzcan su base imponible, lo que incentiva la innovación y mejora la competitividad.
5. Reducción de la base imponible por creación de empleo
- Existen incentivos adicionales para las empresas de reducida dimensión que incrementen su plantilla de trabajadores, tales como reducciones de la base imponible en función del empleo generado.
6. Exención de los beneficios de las pequeñas empresas
- En algunos casos, las pequeñas empresas pueden beneficiarse de exenciones fiscales, como en el caso de las ganancias obtenidas por la venta de determinados activos, especialmente en lo relativo a participaciones o activos que se hayan mantenido por un periodo determinado.
Requisitos adicionales y limitaciones
- No todas las empresas pequeñas se consideran de reducida dimensión, ya que los beneficios fiscales mencionados están sujetos a cumplir con los requisitos específicos de facturación, tipo de actividad y otros parámetros legales.
- Si una empresa de reducida dimensión supera los límites establecidos, pasará a estar sujeta a los tipos impositivos generales del Impuesto sobre Sociedades, que pueden ser más altos que los beneficios previstos para las empresas pequeñas.
