FASE 4. IMPLANTACIÓN Y SEGUIMIENTO DEL PLAN DE IGUALDAD

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FASE 4. IMPLANTACIÓN Y SEGUIMIENTO DEL PLAN DE IGUALDAD

Objetivos y finalidad

Tras la aprobación del plan de igualdad comienza a contar el periodo de vigencia de este, en el que se deben desarrollar todas las acciones previstas, a la vez que se lleva un control de actuaciones y resultados inmediatos, que responde a los siguientes objetivos:

* Verificar la consecución de los objetivos establecidos en el plan de igualdad.

* Obtener información sobre el proceso de ejecución de las medidas previstas en el Plan: nivel de ejecución, adecuación de recursos empleados, cumplimiento del cronograma…

* Detectar posibles obstáculos o dificultades en la implantación y realizar los ajustes pertinentes o adoptar medidas correctoras si fuera necesario.

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Personas y órganos que intervienen

– La dirección de la empresa, responsable última de asegurar la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres en el seno de la entidad y de asignar los recursos necesarios.

– La comisión negociadora, a quien corresponde el impulso de las primeras acciones de información y sensibilización a la plantilla.

La comisión de seguimiento del plan, designada por la comisión negociadora en la Fase de diseño del plan, con la composición y atribuciones que en él se establezca. Este órgano recibirá y analizará la información relativa a la ejecución de acciones, acordando su revisión cuando sea necesario.

– La persona o personas designadas como responsables de las medidas previstas en el plan, que serán las encargadas de su puesta en marcha y las que dispondrán de toda la información al respecto, que deberán trasladar a las fichas de seguimiento (Anexo XII).

– El departamento de Recursos Humanos, si lo hubiere, o personas responsables de personal que, por su posición estratégica y conocimiento de la empresa, será de gran ayuda para la implementación y seguimiento del plan.

– La representación legal de las personas trabajadoras, además de formar parte de la comisión negociadora y el órgano de control, recibirá información sobre el contenido del plan, ejecución de las medidas y la consecución de sus objetivos.

– La plantilla será informada de todo el proceso en su conjunto, objetivos y contenido del plan de igualdad y podrá participar, aportando información y su valoración del desarrollo, a través de los canales de comunicación habituales empleados por la empresa.

Implantación del plan de igualdad

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Desarrollo de actuaciones

En la Fase de ejecución se pondrán en marcha todas las medidas definidas en el Plan, para cada área de actuación, de acuerdo con la planificación prevista en el cronograma.

Será la persona o personas responsables de cada una de las medidas las encargadas de desarrollar todas las actuaciones descritas en las fichas de medidas, incorporadas en el plan.

Para facilitar esta tarea es conveniente seguir las siguientes recomendaciones:

& Contar con el compromiso continuado del equipo directivo, de forma que apoye, activamente, tanto la ejecución de acciones como la incorporación de la igualdad a la gestión empresarial.

& Hacer partícipe a la representación legal de las personas trabajadoras (RLT), proporcionando información sobre la ejecución y resultado de las medidas adoptadas e incorporándola al seguimiento.

& Disponer de personas con formación y/o experiencia en igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres.

& Facilitar los recursos, materiales y humanos, necesarios para la puesta en marcha de las acciones.

& Cumplir el cronograma establecido, siempre que sea posible, actuando con flexibilidad para incorporar modificaciones en caso de necesidad.

& Tener presentes los objetivos e indicadores de cada medida para recopilar la información necesaria para su seguimiento.

& Realizar el seguimiento de forma simultánea a la ejecución de las medidas, para evitar que se pierda información.

Seguimiento del plan de igualdad

Desarrollo de actuaciones

El seguimiento no debe entenderse como un proceso secundario, sino que forma parte del diseño inicial y debe realizarse en paralelo con la ejecución. Con él se realiza el control y verificación de que la ejecución de medidas se ajusta a las previsiones del plan y, a la vez, sirve para detectar desajustes y poder adoptar medidas correctoras. Para facilitar esta tarea es conveniente seguir las siguientes recomendaciones:

– Supervisar la implementación de cada medida de forma individualizada a través de la persona o departamento responsable de su ejecución.

– Revisar los indicadores definidos durante el diseño de medidas teniendo en cuenta los siguientes criterios:

  • Coherentes con los objetivos generales y específicos recogidos en el plan.
  • Definidos de forma clara para facilitar su utilización.
  • Cuantitativos y cualitativos.
  • Comparables en el tiempo.
  • Desagregados por sexo.

– Los indicadores deben ser capaces de aportar información sobre todos los aspectos relacionados con el proceso de desarrollo y aplicación del plan de igualdad. Para ello se determinarán cuatro tipos de indicadores:

  • Indicadores de seguimiento de medidas: estos habrán sido definidos junto con el diseño de las medidas, para así garantizar la coherencia entre los objetivos perseguidos, las medidas adoptadas para su consecución y los criterios de medición. (El Anexo VIII de la Fase 3. Diseño, aprobación y registro del plan igualdad, ofrece un listado de objetivos, medidas e indicadores que pueden servir de orientación a las empresas).
  • Indicadores de resultado: hacen referencia al grado de ejecución de cada medida y del plan, en su conjunto, y al número de personas afectadas por ambos.
  • Indicadores de proceso: informan, respecto de cada medida y el plan, sobre la idoneidad y suficiencia de los recursos asignados, las dificultades encontradas y las soluciones adoptadas.
  • Indicadores de impacto: miden los cambios en términos de igualdad en la empresa como consecuencia de la aplicación tanto de las medidas como del plan de igualdad.

– Diseñar una ficha de seguimiento de medidas en la que se consigne toda la información sobre la implantación de cada una, utilizando para ello los indicadores de seguimiento, definidos como se ha explicado. Esta ficha será cumplimentada por la persona o personas responsables de la puesta en marcha de cada medida y trasladada, posteriormente, al órgano de vigilancia y control, o personas designadas para realizar el seguimiento. En el Anexo XII se muestra un Modelo de ficha de seguimiento.

Los datos e información obtenidas a partir de estas fichas, o de cualquier otra herramienta utilizada, permitirá hacer el seguimiento de cada una de las medidas, así como del plan en su conjunto, sirviendo de base para la redacción del informe de seguimiento.

Revisión del plan de igualdad

En paralelo con la ejecución y seguimiento de las medidas se procederá también a su revisión con el objetivo de añadir, reorientar, mejorar, corregir, intensificar, atenuar o, incluso, dejar de aplicar alguna de ellas, si se apreciase que su ejecución no está produciendo los efectos esperados en relación con los objetivos propuestos. Esta revisión se llevará a cabo en los plazos previstos en el propio plan o en el reglamento que regule la comisión y funciones de la comisión de seguimiento del mismo, y, en todo caso, cuando concurran las siguientes circunstancias:

  1. Cuando se ponga de manifiesto su falta de adecuación a los requisitos legales y reglamentarios o su insuficiencia como resultado de una actuación de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social.
  2. Cuando se produzca la fusión, absorción, transmisión o modificación de la forma jurídica de la empresa.
  3. Ante cualquier incidencia que modifique de manera sustancial la plantilla, sus métodos de trabajo, organización o sistemas retributivos, incluidas las inaplicaciones de convenio y las modificaciones sustanciales de las condiciones de trabajo o las situaciones analizadas en el diagnóstico de igualdad que haya servido de base para su elaboración.
  4. Cuando una resolución judicial condene a la empresa por discriminación directa o indirecta por razón de sexo o cuando determine la falta de adecuación del plan de igualdad a los requisitos legales o reglamentarios.

La revisión conllevará la actualización del diagnóstico, cuando por circunstancias debidamente motivadas resulte necesario, así como de las medidas del plan de igualdad, en la medida necesaria.

Redacción del informe de seguimiento

Este informe resumirá toda la información sobre la ejecución de las acciones e indicará, de forma clara y directamente observable, qué acciones se están ejecutando o retrasando, en qué áreas es necesario actuar, qué obstáculos se están presentado, el grado de participación, qué cambios y/o avances se están produciendo…

La información se extraerá de los datos recopilados a través de las herramientas de seguimiento para el periodo correspondiente, actualizando la información relativa al periodo anterior y analizando de forma global los resultados y el proceso de desarrollo del plan. En el Anexo XIII se incluye un Modelo de cuestionario para el seguimiento que puede servir de guía para encarar esta tarea. También se proporciona el Modelo de informe de seguimiento en el Anexo XIV.

Se redactará un informe de seguimiento anual, durante toda la vigencia del plan, que servirá, a su vez, para la evaluación del plan de igualdad.

 

 

Objetivos Generales:

  1. Eliminación de la Discriminación:
    • Garantizar que mujeres y hombres tengan igualdad de oportunidades y trato, eliminando cualquier forma de discriminación basada en el género.
  2. Igualdad Salarial:
    • Lograr la igualdad salarial por trabajos de igual valor entre mujeres y hombres.
  3. Participación Igualitaria:
    • Fomentar la participación igualitaria de mujeres y hombres en todos los niveles de la organización, la política y la sociedad.
  4. Promoción de Liderazgo Femenino:
    • Facilitar el acceso de las mujeres a roles de liderazgo y toma de decisiones en igualdad de condiciones.
  5. Equilibrio en la Conciliación Laboral y Personal:
    • Proporcionar políticas y prácticas que faciliten el equilibrio entre la vida laboral y personal, incluyendo medidas de conciliación y flexibilidad.
  6. Prevención de la Violencia de Género:
    • Erradicar la violencia de género y promover una cultura de respeto y seguridad para todas las personas, independientemente de su género.
  7. Educación en Igualdad:
    • Incorporar la perspectiva de género en la educación y promover la igualdad desde las etapas iniciales.
  8. Salud y Derechos Reproductivos:
    • Garantizar el acceso igualitario a servicios de salud y derechos reproductivos para mujeres y hombres.

Objetivos Específicos en el Ámbito Laboral:

  1. Eliminación de Barreras Laborales:
    • Superar barreras que impiden el acceso de las mujeres a determinados sectores profesionales y puestos de trabajo.
  2. Igualdad en las Oportunidades de Desarrollo:
    • Asegurar que mujeres y hombres tengan igualdad de oportunidades para el desarrollo profesional y la promoción.
  3. Prevención del Acoso Laboral:
    • Establecer políticas y procedimientos para prevenir y abordar el acoso laboral basado en el género.
  4. Igualdad en la Representación Sindical:
    • Promover la igualdad en la representación sindical y en la participación en procesos de negociación colectiva.

Finalidades:

  1. Construcción de Sociedades más Justas:
    • Contribuir a la construcción de sociedades más justas, equitativas e inclusivas, donde todas las personas tengan igualdad de oportunidades.
  2. Cambio Cultural:
    • Promover un cambio cultural que desafíe estereotipos de género y promueva la diversidad y la igualdad.
  3. Cumplimiento de Derechos Humanos:
    • Asegurar el cumplimiento de los derechos humanos fundamentales de todas las personas, independientemente de su género.
  4. Desarrollo Sostenible:
    • Contribuir al logro de los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS), en particular, el ODS 5 que busca lograr la igualdad de género.

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