EJERCICIO RENTA. LETRAS DEL TESORO

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El señor Juan Urbano adquirió en junio del  año 2019, cinco letras del tesoro de valor nominal 6.000 euros cuyo valor de desembolso fue de 5.800 euros cada una.

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SE PIDE:

Calcular el rendimiento neto obtenido por el señor Juan de las Letras del Tesoro.

SOLUCIÓN:

Mirar el apartado del manual sobre transmisiones onerosas y lucrativas.

Valor recibido……………………………………………………………………………………….. 30.000

Valor desembolsado………………………………………………………………………………. 29.000

Rendimiento neto…………………………………………………………………………………….. 1.000

Las letras del tesoro pertenecen al ámbito de activos financieros, y son considerados como títulos que constituyen uno de los mecanismos más importantes para la financiación pública; su especialidad radica en la ausencia de retención, y el rendimiento se obtiene por la diferencia existente entre lo que se ha pagado al adquirir el título valor y lo que se recibe a su vencimiento o cuando, con antelación al mismo, se enajena.

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Aspectos Fiscales de las Letras del Tesoro en el IRPF

Las Letras del Tesoro generan rendimientos que están sujetos a la tributación en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF). El rendimiento obtenido de la inversión en letras del tesoro se considera un rendimiento del capital mobiliario.

1. Rendimiento de las Letras del Tesoro

El rendimiento de las letras del tesoro no se calcula mediante un interés periódico, sino por la diferencia entre el precio de adquisición y el precio de reembolso (vencimiento). Es decir, el rendimiento de las letras es el interés implícito que se genera entre el valor nominal (el valor que tiene la letra al vencimiento) y el precio al que se compra la letra (generalmente inferior al valor nominal).

Por ejemplo, si una letra del tesoro tiene un valor nominal de 1.000 € y se compra por 950 €, el rendimiento será de 50 € (que se paga al vencimiento).

2. Tributación de las Letras del Tesoro

En cuanto a su tributación en el IRPF:

  • Rendimiento del capital mobiliario: El rendimiento que se obtiene de la venta o vencimiento de las Letras del Tesoro se considera un rendimiento del capital mobiliario en la base imponible del ahorro.
    • Los rendimientos obtenidos se suman a la base imponible del ahorro, que tiene una escala de gravamen progresiva.
    • El rendimiento se calculará como la diferencia entre el valor nominal (reembolso) y el precio de adquisición.

3. Escala de Gravamen de la Base Imponible del Ahorro

El rendimiento de las Letras del Tesoro se integra en la base imponible del ahorro, que tiene la siguiente escala de tributación (según los tramos de rendimientos):

  • Hasta 6.000 €: 19%
  • De 6.000 € a 50.000 €: 21%
  • De 50.000 € a 200.000 €: 23%
  • Más de 200.000 €: 26%

Por tanto, el rendimiento que obtenga un contribuyente de la inversión en Letras del Tesoro se tributará al tipo impositivo que le corresponda en función de su base imponible del ahorro.

4. Exención de Retención

Una característica importante de las Letras del Tesoro es que, aunque se consideran rendimientos del capital mobiliario, no están sujetas a retención por parte de la Agencia Tributaria en el momento de la emisión o vencimiento.

Por lo tanto, el rendimiento no está sometido a retención alguna, pero sí será incluido en la autoliquidación del IRPF al realizar la declaración anual.


Ejemplo Práctico de Tributación en IRPF

Imaginemos que un contribuyente compra Letras del Tesoro por un valor de 950 € y recibe 1.000 € al vencimiento, generando un rendimiento de 50 €.

Cálculo de la Tributación:

  1. Rendimiento obtenido: 1.000 € (valor de reembolso) – 950 € (precio de adquisición) = 50 € (rendimiento del capital mobiliario).
  2. Integración en la base imponible del ahorro: Este rendimiento se incluiría en la base imponible del ahorro, junto con otros rendimientos de capital mobiliario.
  3. Aplicación de la escala de gravamen: Supongamos que el total de los rendimientos del ahorro del contribuyente es de 3.000 €, que está dentro del primer tramo (hasta 6.000 €). En este caso, se aplicaría el tipo impositivo del 19%.
    • Impuesto a pagar: 50 € × 19% = 9,5 €.

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