Artículo 1. Objeto de la ley.
La presente ley orgánica tiene por objeto:
a) Adaptar el ordenamiento jurídico español al Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y el Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de sus datos personales y a la libre circulación de estos datos, y completar sus disposiciones.
El derecho fundamental de las personas físicas a la protección de datos personales, amparado por el artículo 18.4 de la Constitución, se ejercerá con arreglo a lo establecido en el Reglamento (UE) 2016/679 y en esta ley orgánica.
b) Garantizar los derechos digitales de la ciudadanía conforme al mandato establecido en el artículo 18.4 de la Constitución.
1. Disposiciones Generales del Reglamento General de Protección de Datos (RGPD)
El RGPD es el principal marco normativo para la protección de datos personales en la Unión Europea. Sus disposiciones generales se encuentran principalmente en los primeros capítulos del reglamento y establecen las siguientes bases:
1.1. Ámbito de Aplicación (Artículo 2)
- El RGPD se aplica al tratamiento de datos personales que se realiza en el contexto de las actividades de una entidad establecida en la UE, independientemente de que el tratamiento tenga lugar dentro de la UE o fuera de ella.
- También se aplica al tratamiento de datos personales de personas en la UE por parte de responsables del tratamiento o encargados del tratamiento que no estén establecidos en la UE, siempre que la oferta de bienes o servicios se dirija a ellos o el comportamiento de estos individuos sea monitorizado.
1.2. Definiciones (Artículo 4)
- Define términos clave como «datos personales», «tratamiento», «responsable del tratamiento», «encargado del tratamiento», «consentimiento», y «datos sensibles» o «categorías especiales de datos».
1.3. Principios del Tratamiento de Datos (Artículo 5)
- Establece los principios básicos del tratamiento de datos, como la legalidad, lealtad y transparencia, la limitación de la finalidad, la minimización de datos, la exactitud, la limitación del plazo de conservación y la integridad y confidencialidad.
1.4. Responsable y Encargado del Tratamiento (Artículo 24-28)
- Define las responsabilidades y obligaciones de los responsables del tratamiento y los encargados del tratamiento, incluyendo el cumplimiento de las normas y la garantía de la seguridad de los datos.
1.5. Derechos de los Interesados (Capítulo III)
- Detalla los derechos de los interesados, incluyendo el derecho de acceso, rectificación, supresión, limitación del tratamiento, portabilidad de datos y oposición.
2. Disposiciones Generales de la Ley Orgánica de Protección de Datos y Garantía de los Derechos Digitales (LOPDGDD)
La LOPDGDD complementa el RGPD en el ámbito español y establece disposiciones específicas para adaptar el reglamento europeo a la legislación nacional. Las principales disposiciones generales incluyen:
2.1. Ámbito de Aplicación (Artículo 2)
- Establece el ámbito de aplicación de la ley, cubriendo el tratamiento de datos personales en el contexto del territorio español, así como el tratamiento realizado por entidades fuera de España que afecten a personas en España.
2.2. Definiciones (Artículo 3)
- Amplía y adapta las definiciones del RGPD a la normativa española, añadiendo términos específicos y aclaraciones necesarias para el contexto nacional.
2.3. Principios del Tratamiento (Artículo 5)
- Refuerza y concreta los principios establecidos en el RGPD, con énfasis en la aplicación práctica en el contexto español.
2.4. Responsable del Tratamiento y Encargado del Tratamiento (Artículos 24-27)
- Define las responsabilidades adicionales y las especificaciones para el cumplimiento normativo en España.
2.5. Derechos de los Interesados (Capítulo III)
- Aclara y complementa los derechos establecidos por el RGPD, adaptándolos a las circunstancias locales y ofreciendo directrices adicionales.
2.6. Tratamiento de Datos en el Ámbito del Empleo (Capítulo IX)
- Establece disposiciones específicas para el tratamiento de datos personales en el contexto laboral, incluyendo medidas adicionales para proteger los datos de los empleados.
3. Objetivos y Aplicación de las Disposiciones Generales
Las disposiciones generales tienen varios objetivos:
- Garantizar la Protección de Datos: Asegurar que los datos personales sean tratados de manera que se respete la privacidad y los derechos de los interesados.
- Establecer Responsabilidades: Definir claramente las obligaciones de los responsables del tratamiento y los encargados del tratamiento para asegurar el cumplimiento de la normativa.
- Facilitar la Cumplimentación Normativa: Ofrecer un marco claro y coherente para la implementación y supervisión de las prácticas de protección de datos.
4. Cumplimiento y Supervisión
- Autoridades de Protección de Datos: Supervisan el cumplimiento de las disposiciones generales y pueden imponer sanciones en caso de incumplimiento.
- Evaluaciones y Auditorías: Se realizan para asegurar que las prácticas de tratamiento de datos cumplen con la normativa y para identificar áreas de mejora.