Derecho al olvido en servicios de redes sociales y servicios equivalentes (art. 94)

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A continuación se reconoce el derecho de “toda persona” a que sean suprimidos, “a su simple solicitud”, los datos personales publicado en las redes sociales, ya los hubiera facilitado ella misma, ya “hubiesen sido facilitados por terceros”, en este caso “cuando fuesen inadecuados, inexactos, no pertinentes, no actualizados o excesivos o hubieren devenido como tales por el transcurso del tiempo” o cuando las “circunstancias personales que en su caso invocase el afectado evidenciasen la prevalencia de sus derechos sobre el mantenimiento de los datos por el servicio”.

En coherencia con lo dispuesto en el art. 2.1 c) del RGPD, que establece que el mismo no se aplica al tratamiento de datos personales “efectuado por una persona física en el ejercicio de actividades exclusivamente personales o domésticas”, y con el Cdo. 18 que indica que entre esas actividades cabe incluir “la actividad en las redes sociales”, se exceptúan también de lo dispuesto en el art. 94 de la Ley Orgánica “los datos que hubiesen sido facilitados por personas físicas” en el ejercicio de tales actividades.

El número 3 de este artículo recoge una mención específica para el caso de que el derecho se ejercitase “por un afectado respecto de datos que hubiesen sido facilitados al servicio, por él o por terceros, durante su minoría de edad”. En estos casos, el prestador “deberá proceder sin dilación a su supresión por su simple solicitud”.

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Puntos Clave del Artículo 94:

  1. Definición del Derecho al Olvido:
    • El derecho al olvido permite a los usuarios solicitar la eliminación de sus datos personales en redes sociales y servicios equivalentes cuando estos datos ya no son necesarios para los fines para los que fueron recogidos, o cuando el usuario retire su consentimiento.
    • Este derecho se aplica también cuando los datos han sido tratados de manera ilícita o cuando el usuario se oponga al tratamiento y no exista otro motivo legítimo para su conservación.
  2. Ámbito de Aplicación:
    • El derecho al olvido se aplica a las redes sociales y a otros servicios equivalentes donde los usuarios publican o comparten contenido personal, como fotos, vídeos, publicaciones y mensajes.
  3. Procedimiento para el Ejercicio del Derecho:
    • Los usuarios pueden solicitar la eliminación de sus datos personales directamente a la plataforma a través de los mecanismos habilitados para ello, como formularios en línea o contacto con el soporte de la plataforma.
    • Las plataformas deben cumplir con esta solicitud sin dilaciones indebidas, y deben informar al usuario sobre el estado de su solicitud.
  4. Obligaciones de las Plataformas:
    • Las plataformas están obligadas a eliminar los datos solicitados cuando la solicitud sea válida y conforme a la normativa. Esto incluye eliminar o desindexar la información de manera efectiva.
    • Además, deben informar al usuario sobre la eliminación de los datos y proporcionar confirmación de que la solicitud ha sido cumplida.
  5. Excepciones al Derecho al Olvido:
    • El derecho al olvido no es absoluto y puede estar sujeto a excepciones. Por ejemplo, puede haber casos en los que los datos deban ser conservados por razones legales, para cumplir con una obligación legal, o por razones de interés público.
    • También se puede limitar el derecho en situaciones donde la eliminación de los datos afecte negativamente a los derechos de terceros.
  6. Derecho a la Limitación del Tratamiento:
    • Mientras se tramita la solicitud de eliminación de datos, el usuario puede solicitar la limitación del tratamiento de sus datos, lo que significa que los datos no se utilizarán más allá de los fines necesarios para resolver la solicitud.

Importancia del Artículo 94:

Este artículo refuerza el control de los usuarios sobre sus datos personales en el entorno digital. Proporciona a los usuarios un mecanismo para solicitar la eliminación de información que ya no desean que esté disponible en línea, ayudando a proteger su privacidad y a gestionar su presencia digital de manera más efectiva.

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