Contabilidad. PASIVOS FINANCIEROS

Sin valoraciones

NORMAS DE VALORACION
PGC 1990PGC 2008 PGCPYMES 2008
7ª Gastos a distribuir en varios ejercicios8ª Activos Financieros
8ª Valores negociables9ª Pasivos Financieros
9ª Créditos no comerciales9ª Instrumentos financieros10ª Contratos financieros particulares
10ª Acciones y obligaciones propias11ª Instrumentos de patrimonio neto
11ª Deudas no comerciales
12ª Clientes, proveedores, deudores y acreedores de tráfico

Los pasivos financieros incluyen: Deudas comerciales, deudas no comerciales, deudas por emisión de empréstitos y otras análogas.

Valoración

Los pasivos financieros, a efectos de su valoración, se clasificarán en alguna de las siguientes categorías:
1. Débitos y partidas a pagar.
 Débitos por operaciones comerciales (Proveedores y otros acreedores):
son aquellos pasivos financieros que se originan en la compra de bienes y servicios por operaciones de tráfico de la empresa
 Débitos por operaciones no comerciales: son aquellos pasivos financieros que, no siendo instrumentos derivados, no tienen origen comercial, incluidos los débitos representados por valores negociables y los resultantes de la compra de activos no corrientes. (Préstamos y proveedores inmovilizado)
2. Pasivos financieros mantenidos para negociar. Se considera que un pasivo financiero se posee para negociar cuando:
 Se emita principalmente con el propósito de readquirirlo en el corto plazo,o

PASIVOS FINANCIEROS

 Sea un instrumento financiero derivado, siempre que no sea un contrato de garantía financiera ni haya sido designado como instrumento de cobertura.
En ningún caso la empresa podrá reclasificar un pasivo financiero incluido inicialmente en esta categoría a la de débitos y partidas a pagar, ni viceversa.
3. Otros pasivos financieros a valor razonable con cambios en la cuenta de pérdidas y ganancias. (ESTA CLASIFICACION NO APARECE EN PYMES)
1. Débitos y partidas a pagar.
Gastos de transacción + comisiones iniciales podrán registrarse en la cuenta de pérdidas y ganancias en el momento de su reconocimiento inicial. (SOLO PARA PYMES, no para las empresas que aplican el PGC)
Los débitos por operaciones comerciales con vencimiento no superior a un año y que no tengan un tipo de interés contractual, incluidos los débitos con las Administraciones Públicas, se podrán valorar por su valor nominal.
Valoración inicial: precio de la transacción = Valor razonable de la contraprestación recibida menos los gastos de transacción
Valoración posterior: coste amortizado – Se muestran en el balance por su coste amortizado, cualquiera que sea la forma de pago de intereses, implícitos o explícitos.

PASIVOS FINANCIEROS
Los débitos por operaciones comerciales con vencimiento no superior a un año que se valoren inicialmente por su valor nominal, continuarán valorándose por dicho importe.

El nuevo Plan no recoge en principio cuentas de gastos por intereses financieros pendientes de devengo, por este motivo desaparece el subgrupo 27 (Gastos a distribuir en varios ejercicios) del antiguo Plan.
Es posible utilizar, sin embargo, cuentas de pasivos corrientes (CP) y no corrientes (LP) para mostrar, por una parte, los importes nominales de los compromisos de pago y, por otra, los intereses pendientes de devengo.
2. Pasivos financieros mantenidos para negociar.
Valoración inicial y posterior
En la valoración de los pasivos financieros incluidos en esta categoría se aplicarán los criterios señalados en el apartado 2.2 de la norma relativa a los activos financieros.
Los intereses devengados se contabilizarán en la cuenta de pérdidas y ganancias, aplicando el método del tipo
de interés efectivo.

PASIVOS FINANCIEROS

Norma de Valoración Nº 9ª Pasivos financieros
NVPGC 9ª Instrumentos financieros,
La presente norma es aplicable a los pasivos financieros, tales como débitos por operaciones comerciales y no comerciales; obligaciones, bonos, pagarés y otros débitos emitidos representados por valores; y derivados (entre ellos, futuros, opciones y permutas financieras) con valoración desfavorable para la empresa.
Los instrumentos emitidos se clasificarán como pasivos financieros, en su totalidad o en una de sus partes, siempre que de acuerdo con su realidad económica supongan para la empresa una obligación contractual, directa o indirecta, de entregar efectivo u otro activo financiero, o de intercambiar activos o pasivos financieros con terceros en condiciones potencialmente desfavorables, tal como un instrumento financiero que prevea su recompra obligatoria por parte del emisor, o que otorgue al tenedor el derecho a exigir al emisor su rescate en una fecha y por un importe determinado o determinable, o a recibir una remuneración predeterminada siempre que haya beneficios distribuibles. En particular, determinadas acciones rescatables y acciones o participaciones sin voto.
1. Reconocimiento
La empresa reconocerá un pasivo financiero en su balance cuando se convierta en una parte obligada del contrato o negocio jurídico conforme a las disposiciones del mismo.
2. Valoración
Los pasivos financieros, a efectos de su valoración, se clasificarán en alguna de las siguientes categorías:
1. Débitos y partidas a pagar.
2. Pasivos financieros mantenidos para negociar.
2.1. Débitos y partidas a pagar
En esta categoría se clasificarán, salvo que sea aplicable lo dispuesto en el apartado 2.2 siguiente, los:
a) Débitos por operaciones comerciales (Proveedores y otros acreedores): son aquellos pasivos financieros que se originan en la compra de bienes y servicios por operaciones de tráfico de la empresa, y
b) Débitos por operaciones no comerciales: son aquellos pasivos financieros que, no siendo instrumentos derivados, no tienen origen comercial, incluidos los débitos representados por valores negociables y los resultantes de la compra de activos no corrientes.

PASIVOS FINANCIEROS

2.1.1. Valoración inicial
Los pasivos financieros incluidos en esta categoría se valorarán inicialmente por el precio de la transacción, que equivaldrá al valor razonable de la contraprestación recibida ajustado por los gastos de transacción que les sean directamente atribuibles; no obstante, estos últimos, así como las comisiones iniciales de las deudas con terceros, podrán registrarse en la cuenta de pérdidas y ganancias en el momento de su reconocimiento inicial.
No obstante lo señalado en el párrafo anterior, los débitos por operaciones comerciales con vencimiento no superior a un año y que no tengan un tipo de interés contractual, incluidos los débitos con las Administraciones Públicas, se podrán valorar por su valor nominal, cuando el efecto de no actualizar los flujos de efectivo no sea significativo.
2.1.2. Valoración posterior
Los pasivos financieros incluidos en esta categoría se valorarán por su coste amortizado. Los intereses devengados se contabilizarán en la cuenta de pérdidas y ganancias, aplicando el método del tipo de interés efectivo.
A estos efectos, las aportaciones recibidas como consecuencia de un contrato de cuentas en participación y similares, se valorarán al coste, incrementado o disminuido por el beneficio o la pérdida, respectivamente, que deba atribuirse a los partícipes no gestores.
No obstante lo anterior, los débitos por operaciones comerciales con vencimiento no superior a un año que, de acuerdo con lo dispuesto en el apartado anterior, se valoren inicialmente por su valor nominal, continuarán valorándose por dicho importe.
2.2. Pasivos financieros mantenidos para negociar
Se considera que un pasivo financiero se posee para negociar cuando:
a) Se emita principalmente con el propósito de readquirirlo en el corto plazo, o
b) Sea un instrumento financiero derivado, siempre que no sea un contrato de garantía financiera ni haya sido designado como instrumento de cobertura.
En ningún caso la empresa podrá reclasificar un pasivo financiero incluido inicialmente en esta categoría a la de débitos y partidas a pagar, ni viceversa.
2.2.1. Valoración inicial y posterior
En la valoración de los pasivos financieros incluidos en esta categoría se aplicarán los criterios señalados en el apartado 2.2 de la norma relativa a los activos financieros.
3. Baja de pasivos financieros
La empresa dará de baja un pasivo financiero cuando la obligación se haya extinguido.
Si se produjese un intercambio de instrumentos de deuda entre un prestamista y un prestatario, siempre que éstos tengan condiciones sustancialmente diferentes, se registrará la baja del pasivo financiero original y se reconocerá el nuevo pasivo financiero que surja. De la misma forma se registrará una modificación sustancial de las condiciones actuales de un pasivo financiero.
La diferencia entre el valor en libros del pasivo financiero o de la parte del mismo que se haya dado de baja y la contraprestación pagada, en la que se incluirá asimismo cualquier activo cedido diferente del efectivo o pasivo asumido, se reconocerá en la cuenta de pérdidas y ganancias del ejercicio en que tenga lugar.
En el caso de un intercambio de instrumentos de deuda que no tengan condiciones sustancialmente diferentes, el pasivo financiero original no se dará de baja del balance. El coste amortizado del pasivo financiero se determinará aplicando el tipo de interés efectivo, que será aquel que iguale el valor en libros del pasivo financiero en la fecha de modificación con los flujos de efectivo a pagar según las nuevas condiciones.
A estos efectos, las condiciones de los contratos se considerarán sustancialmente diferentes cuando el valor actual de los flujos de efectivo del nuevo pasivo financiero, incluyendo las comisiones netas cobradas o pagadas, sea diferente, al menos en un diez por ciento del valor actual de los flujos de efectivo remanentes del pasivo financiero original, actualizados ambos al tipo de interés efectivo de éste.
Costes explícitos e implícitos
Los gastos financieros explícitos son aquellos que no forman parte del valor de reembolso.
Por ejemplo, el 1 de enero de X0, una sociedad emite, junto a otras, una obligación de 1.000 u.m. de nominal (parte alícuota del empréstito), que vencerá el 31 de diciembre del año X2. El tipo de interés de la operación es del 10 por 100 anual, que pagará por semestres vencidos.
Para facilitar la comprensión de esta transacción, se representan gráficamente las salidas y entradas de dinero que efectúa la sociedad como consecuencia de: la colocación de la obligación, del pago semestral de intereses y la devolución de la cantidad prestada al obligacionista.
PASIVOS FINANCIEROS

Se puede observar que los costes de la financiación, los intereses, se han elevado a 200 u.m. en total, y que se han pagado a lo largo del tiempo o, lo que es lo mismo, no se han hecho efectivos junto con el valor de reembolso. En este tipo de situaciones, los intereses son explícitos.
Para diferenciar los costes explícitos de los gastos financieros implícitos como aquellos que forman parte del valor de reembolso, se supone que la sociedad del ejemplo anterior, el 1 de enero de X0, solicita un préstamo que asciende a 1.000 u.m., comprometiéndose con el prestamista a devolverlo el día 31 de diciembre de X2. En esa misma fecha, abonará la totalidad de los intereses, que son del 10 por 100 anual.
La representación de los cobros y pagos derivados de la operación es la siguiente:


En este caso, el pago de todos los intereses de la operación (200 u.m.) se hace junto con la devolución del principal (1.000 u.m.). Cuando esto sucede, se dice que los gastos son implícitos y la suma del principal y de los intereses de la operación (1.000 + + 200 = 1.200) forman el valor de reembolso.

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