- El tratamiento de los datos personales de un menor de edad únicamente podrá fundarse en su consentimiento cuando sea mayor de catorce años.
Se exceptúan los supuestos en que la ley exija la asistencia de los titulares de la patria potestad o tutela para la celebración del acto o negocio jurídico en cuyo contexto se recaba el consentimiento para el tratamiento.
- El tratamiento de los datos de los menores de catorce años, fundado en el consentimiento, solo será lícito si consta el del titular de la patria potestad o tutela, con el alcance que determinen los titulares de la patria potestad o tutela.
1. Edad Mínima para el Consentimiento
- RGPD:
- El RGPD establece que el consentimiento de los menores de 16 años para el tratamiento de datos personales se considera no válido sin el consentimiento de los padres o tutores legales. Los Estados miembros de la UE pueden fijar una edad mínima entre 13 y 16 años para este propósito.
- LOPDGDD:
- En España, la LOPDGDD establece que el consentimiento de los menores para el tratamiento de sus datos personales es válido a partir de los 14 años. Los menores de esta edad deben obtener el consentimiento de sus padres o tutores legales.
2. Requisitos para el Consentimiento Válido
Para que el consentimiento de los menores sea válido y efectivo, deben cumplirse los siguientes requisitos:
- Información Clara y Comprensible:
- La información proporcionada a los menores debe ser clara, comprensible y adecuada para su nivel de madurez. Debe explicar de manera sencilla qué datos se recopilan, con qué finalidad y cómo se utilizarán.
- Consentimiento Expreso:
- El consentimiento debe ser expreso y debe ser proporcionado de manera libre, específica, informada e inequívoca. En el caso de menores, los padres o tutores legales deben dar el consentimiento en su nombre si el menor tiene menos de 14 años.
- Verificación de Edad:
- Los responsables del tratamiento deben implementar mecanismos para verificar la edad del menor y la autenticidad del consentimiento de los padres o tutores. Esto puede implicar procesos de autenticación para asegurar que el consentimiento es genuino.
3. Derechos de los Menores
- Acceso y Rectificación:
- Los menores tienen el derecho de acceder a sus datos personales y solicitar su rectificación si los datos son incorrectos o incompletos.
- Supresión:
- Tienen derecho a solicitar la supresión de sus datos personales si ya no son necesarios para los fines para los cuales fueron recopilados o si han retirado su consentimiento.
- Oposición:
- Los menores pueden oponerse al tratamiento de sus datos en ciertas circunstancias, como en el caso de tratamientos basados en intereses legítimos o marketing directo.
4. Responsabilidad de los Responsables del Tratamiento
Los responsables del tratamiento deben:
- Garantizar la Protección de Datos:
- Implementar medidas para proteger los datos personales de los menores y asegurarse de que se manejen de manera segura.
- Proporcionar Información Adecuada:
- Asegurarse de que los menores y sus padres o tutores reciban información adecuada sobre el tratamiento de datos.
- Realizar Evaluaciones de Impacto:
- Evaluar el impacto del tratamiento de datos en los derechos y libertades de los menores y tomar medidas para mitigar posibles riesgos.