Condiciones para la reapertura de las zonas comunes de hoteles y alojamientos turísticos

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Condiciones para la reapertura de las zonas comunes de hoteles y alojamientos turísticos

Artículo 22. Reapertura de zonas comunes de hoteles y alojamientos turísticos.

1. Podrá procederse a la reapertura al público de las zonas comunes de los hoteles y alojamientos turísticos que hubieran suspendido su apertura al público en virtud de la Orden SND/257/2020, de 19 de marzo, por la que se declara la suspensión de apertura al público establecimientos de alojamiento turístico, siempre que no se supere un tercio de su aforo.

2. A los servicios de hostelería y restauración de los hoteles y alojamientos turísticos se les aplicara lo establecido en el capítulo IV.

3. Lo previsto en esta orden se entenderá sin perjuicio de lo establecido en la Orden TMA/277/2020, de 23 de marzo, por la que se declaran servicios esenciales a determinados alojamientos turísticos y se adoptan disposiciones complementarias.

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Artículo 23. Medidas de higiene y prevención exigibles a las zonas comunes de los hoteles y alojamientos turísticos.

1. Cada establecimiento deberá determinar los aforos de los distintos espacios comunes, así como aquellos lugares en los que se podrán realizar eventos y las condiciones más seguras para su realización conforme al aforo máximo previsto en el artículo anterior y de acuerdo con las medidas de higiene, protección y distancia mínima señaladas.

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2. Aquellos espacios cerrados donde se vayan a celebrar eventos, actividades de animación o gimnasios, deberán ventilarse dos horas antes de su uso.

3. Las actividades de animación o clases grupales deberán diseñarse y planificarse con un aforo máximo de veinte personas y respetándose la distancia mínima de seguridad entre personas y entre estos y el animador o entrenador. En caso contrario, se deberán utilizar mascarillas. Las actividades de animación o clases grupales se realizarán preferentemente al aire libre y se evitará el intercambio de objetos.

4. Se realizará la correspondiente desinfección de objetos y material utilizado en las actividades de animación después de cada uso y se dispondrá gel hidroalcohólico o desinfectantes con actividad virucida autorizados y registrados por el Ministerio de Sanidad y desinfectante de superficies.

5. En el caso de instalaciones deportivas se aplicarán las medidas de higiene y prevención previstas en los artículos 42 y 43 de esta orden y en el artículo 41 de la Orden SND/399/2020, de 9 de mayo.
Asimismo, para las piscinas y spas el establecimiento determinará las directrices y recomendaciones para su uso, de acuerdo con las normas de prevención e higiene establecidas por las autoridades sanitarias, y siendo de aplicación lo previsto en el capítulo X.

 

 

Condiciones para la Reapertura de las Zonas Comunes de Hoteles y Alojamientos Turísticos

1. Aforo y Distanciamiento Social

  • Límites de Aforo: Establecer un aforo máximo en las zonas comunes para garantizar el distanciamiento social. El aforo puede variar según el espacio disponible y las regulaciones locales.
  • Distancia Mínima: Asegurar una distancia mínima de 1.5 metros entre personas que no sean del mismo grupo de viaje o familia.
  • Señalización: Colocar señales que indiquen el aforo máximo permitido y recordatorios sobre el distanciamiento social.

2. Medidas de Higiene y Desinfección

  • Limpieza Frecuente: Incrementar la frecuencia de limpieza y desinfección de las zonas comunes, especialmente de superficies de alto contacto como ascensores, barandillas, manijas de puertas, y muebles.
  • Dispensadores de Gel Desinfectante: Colocar dispensadores de gel hidroalcohólico en puntos estratégicos, como entradas, salidas, y áreas de alto tránsito.
  • Productos de Desinfección: Utilizar productos desinfectantes aprobados y seguros para la salud.

3. Uso de Mascarillas y Equipos de Protección

  • Mascarillas: Requerir el uso de mascarillas en todas las zonas comunes, excepto en áreas específicas como piscinas, restaurantes durante el consumo de alimentos y bebidas, y gimnasios durante el ejercicio.
  • Equipo de Protección para el Personal: Proveer al personal de equipos de protección personal (EPP) adecuados, como mascarillas y guantes, según las tareas que realicen.

4. Gestión de Restaurantes y Bares

  • Reservas y Horarios Escalonados: Implementar un sistema de reservas y horarios escalonados para evitar aglomeraciones.
  • Mesas y Sillas: Organizar las mesas y sillas para garantizar la distancia mínima entre comensales de diferentes grupos.
  • Buffet: Si se ofrece servicio de buffet, optar por la modalidad asistida por personal o cambiar a menús a la carta.

5. Instalaciones Deportivas y Spa

  • Gimnasios: Limitar el aforo en gimnasios y asegurar la desinfección de equipos después de cada uso. Establecer un sistema de reservas para su uso.
  • Spa y Piscinas: Establecer horarios de uso escalonados y aumentar la frecuencia de limpieza. Controlar la calidad del agua de las piscinas según las normativas vigentes.

6. Protocolos en Caso de Síntomas

  • Detección de Síntomas: Implementar controles de temperatura para huéspedes y personal al ingresar a las instalaciones.
  • Plan de Acción: Tener un plan de acción claro en caso de que un huésped o miembro del personal presente síntomas compatibles con enfermedades contagiosas. Este plan debe incluir medidas de aislamiento y comunicación con las autoridades sanitarias.

7. Comunicación y Sensibilización

  • Información Visible: Colocar carteles informativos en todas las zonas comunes con las medidas de higiene, distanciamiento y uso correcto de mascarillas.
  • Formación del Personal: Proporcionar formación adecuada al personal sobre las medidas de seguridad y protocolos de actuación.

8. Tecnología y Pagos sin Contacto

  • Check-In y Check-Out Digital: Fomentar el uso de sistemas digitales para el check-in y check-out para minimizar el contacto.
  • Pagos Sin Contacto: Incentivar los pagos sin contacto y la facturación electrónica.

9. Revisión y Actualización

  • Adaptabilidad: Revisar y actualizar las medidas periódicamente en función de la evolución de la situación sanitaria y las recomendaciones de las autoridades.

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