Contenido del Título X de la LOPDGDD

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Si bien en la explicación que sigue vamos a mantener el orden numérico de los preceptos de este título, el contenido del mismo puede agruparse en torno a varias áreas temáticas:

  • Derechos generales de los ciudadanos en internet: este bloque incluye los arts. 79 a 82, 96 y 97.
  • Derechos específicos relacionados con los menores: arts. 83, 84, 92 y 97.2 (en parte).
  • Derechos relacionados con el ámbito laboral: arts. 87 a 91.
  • Derechos relacionados con los medios de comunicación digitales: arts. 85 y 86.
  • Derecho al olvido en internet: arts. 93 y 94.
  • Derecho a la portabilidad en las redes sociales: art. 95.

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Contenido del Título X: Garantía de los Derechos Digitales

El Título X abarca los artículos 79 a 97 y regula aspectos esenciales de la protección de derechos en la era digital. A continuación se ofrece un resumen de sus principales apartados:

  1. Artículo 79: Derechos en la era digital
    • Los derechos reconocidos en la Constitución y en el resto del ordenamiento jurídico se aplican plenamente en el entorno digital.
  2. Artículo 80: Derecho a la neutralidad de Internet
    • Establece que todos los usuarios tienen derecho a acceder a Internet con neutralidad, sin discriminación alguna por motivos técnicos o económicos.
  3. Artículo 81: Derecho de acceso universal a Internet
    • Garantiza el acceso universal a Internet como una herramienta básica de participación en la vida social y económica.
  4. Artículo 82: Derecho a la seguridad digital
    • Los ciudadanos tienen derecho a la protección de sus datos y comunicaciones en el ámbito digital, con la garantía de seguridad en sus interacciones.
  5. Artículo 83: Derecho a la educación digital
    • Se promueve la formación en competencias digitales, con especial atención a los menores para garantizar un uso responsable de las tecnologías.
  6. Artículo 84: Protección de los menores en Internet
    • Garantiza la protección de los menores en Internet y fomenta su uso seguro y adecuado, adoptando medidas para evitar la explotación y abuso.
  7. Artículo 85: Derecho de rectificación en Internet
    • Reconoce el derecho de los ciudadanos a rectificar información inexacta o falsa que les afecte y esté difundida a través de Internet.
  8. Artículo 86: Derecho a la actualización de informaciones en medios digitales
    • Derecho de los ciudadanos a la actualización de informaciones que les afecten, especialmente en casos donde existan consecuencias derivadas de errores o desactualización.
  9. Artículo 87: Derecho a la intimidad y uso de dispositivos digitales en el ámbito laboral
    • Los empleados tienen derecho a la protección de su intimidad en el uso de dispositivos digitales proporcionados por el empleador en el ámbito laboral.
  10. Artículo 88: Derecho a la desconexión digital en el ámbito laboral
    • Se reconoce el derecho de los trabajadores a la desconexión digital fuera del horario laboral, para garantizar el respeto a su tiempo personal y familiar.
  11. Artículo 89: Derecho a la intimidad frente al uso de dispositivos de videovigilancia y grabación de sonidos en el lugar de trabajo
    • Protege la intimidad de los empleados frente al uso de cámaras y dispositivos de grabación en el lugar de trabajo.
  12. Artículo 90: Derecho a la intimidad ante la utilización de sistemas de geolocalización en el ámbito laboral
    • Establece el derecho de los empleados a la protección de su intimidad cuando se utilicen sistemas de geolocalización por parte del empleador.
  13. Artículo 91: Derechos digitales en la negociación colectiva
    • Se garantiza la inclusión de los derechos digitales en los acuerdos y convenios colectivos para proteger los derechos de los trabajadores en la era digital.
  14. Artículo 92: Protección de datos de los menores en Internet
    • Refuerza la protección de los menores en Internet, exigiendo el consentimiento de los padres o tutores para el tratamiento de datos de menores.
  15. Artículo 93: Derecho al olvido en búsquedas de Internet
    • Se regula el derecho a solicitar la eliminación de datos personales que ya no sean relevantes o que afecten negativamente a la persona.
  16. Artículo 94: Derecho al olvido en redes sociales y servicios equivalentes
    • Establece el derecho de los usuarios a solicitar la eliminación de sus datos en redes sociales cuando no deseen continuar utilizando dichos servicios.
  17. Artículo 95: Derecho a la portabilidad en servicios de redes sociales y servicios equivalentes
    • Los usuarios tienen derecho a solicitar la transferencia de sus datos a otro proveedor de servicios cuando lo deseen.
  18. Artículo 96: Derecho al testamento digital
    • Regula la posibilidad de gestionar el legado digital tras la muerte de una persona, permitiendo designar a un heredero digital que se encargue de sus cuentas y datos.
  19. Artículo 97: Políticas de impulso de los derechos digitales
    • Fomenta la adopción de políticas públicas para garantizar los derechos digitales de los ciudadanos, especialmente en los sectores educativos y laborales.

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