Principales principios jurisprudenciales sobre segregación de vivienda/local

[mr_rating_result]

 

  • Tribunal Supremo (TS) admitió que la segregación o división de un piso o local sometido a régimen de propiedad horizontal puede ser válida sin necesidad de nuevo acuerdo de junta de propietarios si los estatutos lo permiten, y siempre que no se alteren las cuotas de participación de los restantes pisos/propietarios. (Noticias Jurídicas)
  • Esa doctrina se definió en casación: la Sala Primera del TS fijó como doctrina que es válida la división o segregación autorizada por los estatutos de la comunidad, aunque la junta de propietarios no haya aprobado expresamente la operación. (Poder Judicial)
  • Pero con condiciones: que la segregación respete que no haya alteración de cuotas de participación, ni menoscabo de derechos de los demás propietarios, ni afectación de elementos comunes esenciales del edificio. (revistainmueble.economistjurist.es)
  • Tras la reforma de 2013 de la LPH, se regula en el artículo 10.3.b — la segregación (o agregación / división) se podrá hacer con mayoría de 3/5 de propietarios (y cuotas) cuando sea necesario redistribuir cuotas. (Mundojuridico)
  • Si la segregación o división implica redistribuir cuotas de participación, será necesaria mayoría (3/5) de la Junta. (Mundojuridico)

📄 Algunas resoluciones concretas destacadas

Referencia / sentencia Lo que decidió / su importancia
STS 17 de noviembre de 2011 (casación) Establece doctrina: separación/división autorizada por estatutos es válida sin acuerdo de junta, siempre que no se alteren cuotas. (vLex)
Resolución de la Dirección General de los Registros y del Notariado (DGRN) — 2022 / otras resoluciones administrativas Confirman que los derechos de segregación inscritos en estatutos pueden transmitirse al comprador sucesivo, siempre que sean claros y no contrarios a la ley. (BOE)
Sentencia de 2024 del TS sobre conversión de local en vivienda El tribunal sostuvo que aunque los estatutos permitían la segregación, la comunidad no tenía que facilitar necesariamente acceso interior si eso implicaba alterar elementos comunes u ocasionar acceso nuevo — la negativa no se considera abuso de derecho. (Garrido)

🔎 Qué tener en cuenta según la jurisprudencia actual

  • La validez de la segregación depende en gran medida de lo que digan los estatutos comunitarios: si éstos autorizan la división/segregación sin necesidad de junta, la segregación puede ser válida. (vLex)
  • Es esencial que no se alteren las cuotas de participación de los restantes propietarios, ni se vulneren derechos de copropietarios. (revistainmueble.economistjurist.es)
  • Si la segregación implica redistribución de cuotas (por ejemplo crear dos viviendas independientes registrales), será necesario el trámite estatutario previsto en la LPH (mayoría cualificada, permisos administrativos, distribución de cuotas, etc.) según el artículo 10.3.b LPH. (Mundojuridico)
  • Que la comunidad niegue alguna modificación — por ejemplo, acceso desde el rellano para viviendas resultantes de un local — puede ser válido si implica alterar elementos comunes: la jurisprudencia reciente lo ha aceptado. (Garrido)

🧾 Interpretación general desde la doctrina y la práctica registral

  • La segregación / división debe hacerse con licencia/permiso administrativo además de, si procede, con acuerdo de comunidad. (Mundojuridico)
  • No todos los supuestos de “dividir un piso” implican “segregación jurídica” — puede ser solo “división material” (física), sin efectos registrales, lo que tiene implicaciones distintas. (vLex)
  • Los estatutos de la comunidad tienen un papel fundamental: pueden prever desde el principio la posibilidad de segregar, agregar o dividir sin necesidad de nueva junta, lo que daría mayor flexibilidad al propietario. (vLex)

Compártelo en tus redes

[mr_rating_form]

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Utilizamos cookies para asegurar que damos la mejor experiencia al usuario en nuestra web. Si sigues utilizando este sitio asumimos que estás de acuerdo. VER