CAPÍTULO I Definición y reglas de aplicación de los regímenes tributarios especiales
Artículo 42. Definición y reglas de aplicación.
- Son regímenes tributarios especiales los regulados en este título, sea por razón de la naturaleza de los contribuyentes afectados o por razón de la naturaleza de los hechos, actos u operaciones de que se trate.
- Las normas contenidas en este título se aplicarán, con carácter preferente, respecto de las previstas en el resto de títulos de esta Ley, que tendrán carácter supletorio.
1. Régimen de Consolidación Fiscal
- Objetivo: Permitir a los grupos de sociedades tributar como una sola entidad.
- Características:
- Se calcula una única base imponible consolidada para todas las sociedades del grupo.
- Se eliminan las operaciones internas entre las sociedades del grupo.
- Compensación de bases imponibles negativas entre las entidades del grupo.
- Requisitos:
- Las entidades deben estar vinculadas y cumplir con un porcentaje mínimo de participación.
2. Régimen de Transparencia Fiscal Internacional
- Objetivo: Prevenir la elusión fiscal mediante la imputación de rentas obtenidas por sociedades extranjeras controladas.
- Aplicación:
- A las rentas obtenidas por entidades no residentes situadas en países de baja tributación.
- Estas rentas se imputan directamente a los socios residentes en España.
3. Régimen de Fusiones, Escisiones, Aportaciones de Activos y Canjes de Valores
- Finalidad: Facilitar la reorganización empresarial sin que ello implique una carga fiscal inmediata.
- Ventajas:
- Diferimiento del pago de impuestos sobre las rentas generadas por la operación.
- Neutralidad fiscal siempre que se cumplan los requisitos establecidos.
4. Régimen de Entidades de Tenencia de Valores Extranjeros (ETVEs)
- Finalidad: Fomentar la inversión internacional desde España.
- Ventajas:
- Exención de dividendos y plusvalías obtenidas de participaciones en entidades extranjeras.
- Aplicable a sociedades holding que cumplan con los requisitos de participación.
5. Régimen de Entidades Navieras en Función del Tonelaje
- Objetivo: Facilitar el desarrollo de la industria marítima.
- Características:
- La base imponible se calcula en función del tonelaje de los buques operados, no de los beneficios reales.
- Aplicable a empresas de transporte marítimo que cumplan con los requisitos específicos.
6. Régimen de Cooperativas
- Normativa específica: Ley de Régimen Fiscal de Cooperativas.
- Beneficios:
- Tipos impositivos reducidos.
- Exenciones fiscales para determinadas rentas procedentes de la actividad cooperativa.
7. Régimen de Entidades sin Fines Lucrativos
- Finalidad: Promover actividades sociales, culturales o educativas.
- Ventajas:
- Exención de determinadas rentas relacionadas con su objeto social.
- Tipos reducidos de tributación para las rentas no exentas.
8. Régimen de Arrendamiento Financiero
- Objetivo: Incentivar la adquisición de bienes a través de leasing.
- Ventajas:
- Deducción acelerada de cuotas de amortización.
- Beneficios fiscales para las empresas que opten por este tipo de financiación.
9. Incentivos Fiscales a la I+D+i
- Finalidad: Fomentar la inversión en investigación, desarrollo e innovación.
- Beneficios:
- Deducciones fiscales específicas por los gastos en actividades de I+D+i.
- Posibilidad de monetizar las deducciones bajo ciertas condiciones.
Obligaciones y Control
- Opción por el régimen:
- En la mayoría de los casos, los regímenes tributarios especiales son voluntarios y deben ser solicitados explícitamente.
- Cumplimiento de requisitos específicos:
- Es necesario cumplir con condiciones particulares establecidas en la normativa para acceder a estos beneficios.
- Supervisión y sanciones:
- La Administración tributaria ejerce un control riguroso sobre el uso de estos regímenes para prevenir abusos y garantizar el cumplimiento de la normativa.
