Esta materia se encuentra regulada en los artículos 99 a 101 de la LIRPF, desarrollados en los artículos 72 a 106 del reglamento del impuesto.
Retenciones e ingresos a cuenta
Determinadas personas o entidades cuando satisfagan o abonen las rentas previstas reglamentariamente estarán obligadas a retener e ingresar en el Tesoro en concepto de pago a cuenta del IRPF en nombre del perceptor. El ingreso se efectuará en modelo oficial en los 20 primeros días de los meses de abril, julio, octubre y enero (por las retenciones e ingresos a cuenta practicados en el trimestre anterior), salvo grandes empresas, que ingresarán mensualmente.
Cuando las mencionadas rentas se satisfagan o abonen en especie estarán obligadas a efectuar un ingreso a cuenta.
¿Qué son las retenciones y los ingresos a cuenta?
- Retenciones:
- Consisten en la deducción de una cantidad determinada en el momento en que se abona una renta.
- Se aplican sobre rendimientos sujetos a retención, como salarios, rendimientos del capital mobiliario, alquileres, entre otros.
- La retención tiene un porcentaje fijo según el tipo de renta.
- Ingresos a cuenta:
- Son pagos realizados a la Agencia Tributaria por parte del pagador de una renta, en concepto de anticipo del impuesto.
- Se utilizan, por ejemplo, en rentas en especie, donde no es posible practicar una retención directa.
Rentas sujetas a retención o ingreso a cuenta
- Rendimientos del trabajo:
- Salarios, sueldos, pensiones y prestaciones.
- Las retenciones dependen del importe del rendimiento y de la situación personal del contribuyente (modelo 145).
- Rendimientos de actividades económicas:
- Pagos a profesionales autónomos (retención del 15%, o del 7% en inicio de actividad).
- Rendimientos del capital mobiliario:
- Intereses de cuentas, depósitos y bonos.
- Dividendos.
- Retención: generalmente el 19%.
- Rendimientos del capital inmobiliario:
- Alquileres de inmuebles urbanos (retención del 19%).
- Ganancias patrimoniales:
- Premios en rifas, sorteos, concursos.
- Retención del 19% sobre el importe obtenido.
- Rendimientos en especie:
- Se calcula el ingreso a cuenta según el valor del rendimiento y el tipo aplicable.
Cálculo de las retenciones
- Retenciones sobre rendimientos del trabajo:
- Se utiliza el sistema de cálculo proporcionado por la Agencia Tributaria, basado en el importe bruto del salario, situación personal y familiar del trabajador, y el contrato laboral (tiempo completo o parcial).
- Retenciones sobre rendimientos de actividades económicas:
- Aplicación directa del porcentaje sobre la base imponible, salvo excepciones.
- Retenciones sobre rendimientos del capital:
- Porcentaje fijo del 19% sobre la renta.
Modelos de declaración de retenciones e ingresos a cuenta
Los obligados a retener deben declarar e ingresar las cantidades retenidas utilizando los modelos establecidos por la Agencia Tributaria:
- Modelo 111: Retenciones e ingresos a cuenta sobre rendimientos del trabajo y actividades económicas.
- Modelo 115: Retenciones sobre rendimientos del capital inmobiliario.
- Modelo 123: Retenciones sobre rendimientos del capital mobiliario y ciertas ganancias patrimoniales.
