En los supuestos de arrendamiento de bienes inmuebles destinados a vivienda, el rendimiento neto se reducirá en un 60%. Tratándose de rendimientos netos positivos, la reducción sólo resultará aplicable respecto de los rendimientos positivos declarados por el contribuyente.
Los rendimientos netos con un período de generación superior a dos años, así como los que se califiquen reglamentariamente como obtenidos de forma notoriamente irregular en el tiempo, se reducirán en un 30 por ciento, cuando, en ambos casos, se imputen en un único período impositivo.
La cuantía del rendimiento neto a que se refiere este apartado sobre la que se aplicará la citada reducción no podrá superar el importe de 300.000 euros anuales.
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EJEMPLO
Un señor es propietario de un piso que tiene alquilado desde hace cinco años, por un importe de 4.500 euros anual. Los gastos de comunidad han ascendido a 450 euros y el valor del piso es de 50.000 euros que el 15% corresponde al valor del suelo.
Rendimientos íntegros 4.500
Gastos deducibles 1.725
Comunidad 450
Amortización
(50.000 – 7.500) x 3% 1.275
Rendimiento neto 2.775
Reducción 60% 1.665
Rendimiento neto reducido 1.665
IRPF: Rendimientos del Capital Inmobiliario – Reducciones
1. Concepto General
Los rendimientos del capital inmobiliario son aquellos obtenidos por la cesión del uso o disfrute de bienes inmuebles(alquileres o arrendamientos). En ciertos casos, la normativa del IRPF permite aplicar reducciones específicas sobre el rendimiento neto positivo.
2. Reducción General: Arrendamiento de Vivienda Habitual
- Porcentaje de reducción:
- Se aplica una reducción del 60% sobre el rendimiento neto positivo generado por el arrendamiento de viviendas destinadas exclusivamente a vivienda habitual del arrendatario.
- Condiciones para aplicar la reducción:
- Exclusividad de uso residencial: El inmueble debe estar alquilado para vivienda habitual, no para actividades empresariales o turísticas.
- Rendimiento neto positivo: La reducción solo se aplica si el rendimiento neto (ingresos menos gastos) es positivo.
- Declaración en plazo: La reducción solo procede si el rendimiento ha sido incluido en la declaración de IRPF correspondiente dentro del plazo voluntario.
- Ejemplo Práctico:
- Ingresos por alquiler: 10.000 €.
- Gastos deducibles: 6.000 €.
- Rendimiento neto: 4.000 €.
- Reducción del 60%: 4.000 € × 60% = 2.400 €.
- Rendimiento a tributar: 4.000 € – 2.400 € = 1.600 €.
3. Reducción por Arrendamiento de Inmuebles a Precio Reducido
- Finalidad:
- Protege los arrendamientos destinados a vivienda habitual que se realicen a precios inferiores a los habituales en el mercado.
- Porcentaje de reducción:
- 90% sobre el rendimiento neto positivo.
- Condiciones:
- Inquilino en situación de vulnerabilidad: Debe cumplir los requisitos establecidos para colectivos protegidos.
- Renta ajustada: El importe del alquiler debe estar limitado por los parámetros que establezcan las administraciones autonómicas o locales.
4. Reducción de Rendimientos Irregulares
- Porcentaje de reducción:
- 30% sobre el rendimiento neto positivo si se cumplen los requisitos de irregularidad y periodificación especial.
- Condiciones:
- Los rendimientos deben haberse generado en un plazo superior a dos años o ser considerados obtenidos de forma notoriamente irregular en el tiempo.
- Rendimientos considerados irregulares:
- Indemnizaciones por resolución anticipada del contrato de arrendamiento.
- Cantidades percibidas por el traspaso o cesión del contrato de arrendamiento.
- Límite:
- La reducción máxima aplicable es de 300.000 € sobre el rendimiento neto irregular positivo.
- Ejemplo Práctico:
- Indemnización por resolución anticipada: 50.000 €.
- Gastos relacionados: 5.000 €.
- Rendimiento neto: 50.000 € – 5.000 € = 45.000 €.
- Reducción del 30%: 45.000 € × 30% = 13.500 €.
- Rendimiento a tributar: 45.000 € – 13.500 € = 31.500 €.
5. Exclusiones y Consideraciones
- No aplicable a otros usos:
- No se aplica la reducción si el inmueble se alquila para fines turísticos, comerciales o industriales.
- Compatibilidad de reducciones:
- Es posible combinar la reducción general del 60% con la de rendimientos irregulares, siempre que se cumplan las condiciones de ambas.
- Obligación de justificación:
- Es fundamental disponer de toda la documentación que acredite los ingresos y gastos, así como el cumplimiento de los requisitos para aplicar las reducciones.