Establecimiento de turnos
El establecimiento de turnos de tarde será determinado exclusivamente por cada una de las administraciones competentes en su ámbito de actuación.
La adopción de esta medida estará motivada exclusivamente por la necesidad de atender los criterios de las autoridades sanitarias necesarios para hacer frente al COVID-19.
Características de los turnos
El turno de mañana siempre contará con una dotación superior al del turno de tarde.
Como regla general, y siempre que lo permitan las recomendaciones sanitarias, en el turno de mañana asistirá entre el 70 y el 80% del personal que deba acudir en cada fase de desescalada, y en el de tardes entre el 20 y el 30%.
Participación en los turnos de tarde.
La participación en los turnos de tarde será voluntaria.
Corresponde al responsable funcional de cada órgano o servicio determinar el personal que debe participar en los mismos, teniendo en cuenta su voluntariedad.
La modificación de las preferencias expresadas deberá comunicarse con al menos una semana de antelación a su efectividad.
Cuando existan una pluralidad de interesados superior a las plazas precisas para cubrir el turno de tarde, tendrán preferencia los funcionarios que tengan reconocido el permiso por deber inexcusable por razón de cuidado de menores o mayores dependientes.
En su defecto, la preferencia se reconocerá por la mayor antigüedad en el órgano o servicio de destino.
Si no existieran voluntarios suficientes en el órgano judicial, podrá acordarse la cobertura del turno de tarde por voluntarios del mismo cuerpo que presten servicio en el partido judicial, que quedarán excluidos del turno de su propio órgano.
Solo cuando tampoco de esta forma se cubriera el turno de tarde podrá establecerse un turno forzoso rotatorio entre el personal del órgano o servicio.
Horario de las jornadas.
Cuando se establezcan turnos de mañana y tarde, el horario del turno de mañana será de seis horas entre las 7:30 y las 14:00 horas, y el de tarde de cuatro horas y treinta minutos entre las 15:00 y las 20:00 horas.
Se garantizará en todo caso el periodo de una hora entre la finalización del turno de mañana y el inicio del turno de tarde para proceder a la limpieza de los espacios de trabajo compartidos, sin perjuicio de la flexibilidad en la entrada y la salida del personal.
No se podrá iniciar la labor de turno de tarde en tanto no se haya producido la limpieza de las dependencias en que deban prestar servicio los funcionarios que lo integren.
Actuaciones en jornada de tarde.
Durante la jornada de tarde no se prestará con carácter general servicio de atención al público o profesionales sin perjuicio de su procedencia cuando se haya acordado previamente la celebración de actuaciones en ese horario.
Cuando excepcionalmente se deban realizar actuaciones y estas requieran la presencia de personal de un cuerpo específico que no haya solicitado voluntariamente el turno de tarde, deberán ser atendidas por personal de otros órganos del mismo cuerpo que lo haya solicitado.
Permisos por actividades formativas.
La asignación al turno de mañana o tarde será compatible con la solicitud y disfrute de los permisos por actividades formativas procedentes conforme a la normativa de función pública.
1. Normativa y Marco Legal
1.1 Legislación Aplicable
- Reglamentos y Leyes: Cumplir con la normativa nacional y regional que regula el funcionamiento de la Administración de Justicia, incluyendo leyes laborales y acuerdos sindicales.
- Convenios Colectivos: Respetar los convenios colectivos y acuerdos específicos establecidos con los sindicatos que representan al personal judicial.
2. Criterios para la Asignación de Turnos
2.1 Voluntariedad
- Preferencia de Personal: Dar preferencia a los empleados que se ofrezcan voluntariamente para cubrir los turnos de tarde, siempre que cumplan con los requisitos necesarios.
- Solicitud de Voluntarios: Realizar convocatorias internas para que el personal pueda expresar su interés en cubrir turnos de tarde.
2.2 Equidad y Rotación
- Sistema de Rotación: Implementar un sistema de rotación que asegure una distribución equitativa de los turnos de tarde entre el personal, evitando sobrecargar a los mismos empleados de forma continua.
- Balance de Cargas: Asegurar que la distribución de turnos no afecte negativamente la carga de trabajo general y el bienestar de los empleados.
2.3 Cualificación y Capacitación
- Competencia del Personal: Asignar los turnos de tarde a personal que cuente con la capacitación y habilidades necesarias para desempeñar las funciones requeridas durante estos horarios.
- Capacitación Continua: Proveer capacitación adicional si es necesario para que los empleados estén preparados para cumplir con las exigencias del turno de tarde.
3. Condiciones Laborales y Beneficios
3.1 Compensaciones
- Compensación Económica: Ofrecer compensaciones económicas adicionales por trabajar en turnos de tarde, de acuerdo con lo estipulado en los convenios colectivos y normativas laborales.
- Días de Descanso: Proporcionar días de descanso adicionales o compensatorios para los empleados que cubren turnos de tarde de manera regular.
3.2 Condiciones de Trabajo
- Ambiente Laboral Adecuado: Asegurar que las condiciones laborales durante los turnos de tarde sean adecuadas, incluyendo la disponibilidad de recursos necesarios y un ambiente de trabajo seguro.
- Flexibilidad: Considerar la implementación de políticas de flexibilidad horaria para ayudar a los empleados a equilibrar sus responsabilidades laborales y personales.
4. Organización y Planificación
4.1 Programación de Turnos
- Planificación Anticipada: Planificar los turnos de tarde con suficiente antelación para que el personal pueda organizarse adecuadamente.
- Calendario de Turnos: Mantener un calendario de turnos transparente y accesible para todos los empleados, indicando claramente los horarios y responsabilidades asignadas.
4.2 Evaluación y Ajuste
- Monitoreo Continuo: Evaluar de manera continua la efectividad de la cobertura de turnos de tarde y realizar ajustes según sea necesario para mejorar la eficiencia y la satisfacción del personal.
- Revisión Periódica: Llevar a cabo revisiones periódicas del sistema de turnos para adaptarse a cambios en la demanda de servicios y en las circunstancias del personal.
5. Comunicación y Coordinación
5.1 Comunicación Transparente
- Información Clara: Comunicar de manera clara y oportuna las asignaciones de turnos, las expectativas y las compensaciones asociadas.
- Canales de Comunicación: Establecer canales de comunicación efectivos para que los empleados puedan expresar sus inquietudes y sugerencias relacionadas con los turnos de tarde.
5.2 Coordinación Interna
- Trabajo en Equipo: Fomentar la coordinación y el trabajo en equipo entre el personal que cubre turnos de tarde y aquellos en turnos regulares, asegurando una transición fluida y una continuidad en el servicio.
- Responsables de Turno: Designar responsables o coordinadores de turno para supervisar y apoyar al personal durante los turnos de tarde.
6. Salud y Bienestar del Personal
6.1 Bienestar Físico y Mental
- Programas de Apoyo: Implementar programas de apoyo al bienestar físico y mental del personal que cubre turnos de tarde, incluyendo acceso a servicios de salud y bienestar.
- Evaluaciones de Salud: Realizar evaluaciones periódicas de salud para identificar y abordar cualquier problema derivado de los horarios de trabajo.
6.2 Prevención de Fatiga
- Pausas y Descansos: Asegurar que el personal tenga pausas y descansos adecuados durante los turnos de tarde para prevenir la fatiga y mantener un rendimiento óptimo.
- Turnos Razonables: Evitar la asignación de turnos excesivamente largos o consecutivos que puedan afectar negativamente la salud y el bienestar del personal.