1. Podrá procederse a la reapertura al público de todos los establecimientos y locales comerciales minoristas y de actividades de servicios profesionales cuya actividad se hubiera suspendido tras la declaración del estado de alarma en virtud de lo dispuesto en el artículo 10.1 del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, a excepción de aquellos que tengan una superficie de más de 400 metros cuadrados, así como de aquellos que tengan carácter de centro comercial o de parque comercial, o que se encuentren dentro de los mismos sin acceso directo e independiente desde el exterior, siempre que cumplan los requisitos siguientes:
a) Se establecerá un sistema de cita previa que garantice la permanencia en el interior del establecimiento o local en un mismo momento de un único cliente por cada trabajador, sin que se puedan habilitar zonas de espera en el interior de los mismos.
b) Se garantizará la atención individualizada al cliente con la debida separación física prevista en este capítulo o, en el caso de que esto no sea posible, mediante la instalación de mostradores o mamparas.
c) Se establecerá un horario de atención preferente para mayores de 65 años, que deberá hacerse coincidir con las franjas horarias para la realización de paseos y actividad física de este colectivo.
2. Lo dispuesto en este capítulo no será de aplicación a las actividades y los establecimientos y locales comerciales minoristas con apertura al público permitida de acuerdo con el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, los cuales podrán continuar abiertos en las mismas condiciones que tenían desde la entrada en vigor del referido real decreto, sin perjuicio del cumplimiento de las medidas de seguridad e higiene que se prevén en el artículo 3 de la presente orden.
Sin perjuicio de lo anterior, se potenciará la efectiva reactivación de los servicios sociales mediante la reincorporación de todo el personal que sea necesario en la Fase 0 del Plan para la Transición hacia la Nueva Normalidad.
3. Todos los establecimientos y locales que puedan proceder a la reapertura al público según lo dispuesto en este capítulo, podrán establecer, en su caso, sistemas de recogida en el local de los productos adquiridos, siempre que garanticen una recogida escalonada que evite aglomeraciones en interior del local o su acceso.
4. Los desplazamientos a los establecimientos y locales a los que se refiere este artículo podrán efectuarse únicamente dentro del municipio de residencia, salvo que el servicio o producto no se encuentre disponible en el mismo.
1. Preparación para la Reapertura
1.1. Evaluación de Riesgos
- Revisión de Protocolos: Evaluar y actualizar los protocolos de seguridad e higiene en función de las normativas actuales.
- Plan de Contingencia: Desarrollar un plan de contingencia para manejar posibles brotes o problemas de salud.
1.2. Formación del Personal
- Capacitación: Ofrecer formación sobre los nuevos procedimientos de higiene y seguridad, uso de EPI, y medidas de distanciamiento social.
- Protocolos de Emergencia: Instruir al personal sobre cómo actuar en caso de síntomas sospechosos o posibles casos de COVID-19.
2. Medidas de Higiene y Seguridad
2.1. Limpieza y Desinfección
- Frecuencia: Aumentar la frecuencia de limpieza y desinfección de superficies y áreas de contacto frecuente.
- Productos Adecuados: Utilizar productos desinfectantes aprobados y seguir las recomendaciones del fabricante para su aplicación.
2.2. Higiene de Manos
- Dispensadores: Instalar dispensadores de gel hidroalcohólico en puntos estratégicos como entradas, salidas y áreas de trabajo.
- Instrucciones: Colocar carteles informativos sobre la correcta higiene de manos.
2.3. Equipos de Protección Personal (EPI)
- Mascarillas: Proveer mascarillas para el personal y, si es necesario, para los clientes.
- Guantes: Usar guantes en tareas específicas como manipulación de productos y limpieza.
- Otros EPI: Considerar el uso de pantallas faciales en situaciones de contacto cercano.
3. Medidas de Distanciamiento Social
3.1. Organización del Espacio
- Disposición del Mobiliario: Reorganizar el mobiliario para mantener una distancia mínima de 1.5 a 2 metros entre los clientes.
- Zonas de Espera: Delimitar áreas de espera con señalización clara para mantener la distancia social.
3.2. Control de Aforo
- Límites de Capacidad: Establecer y controlar el aforo máximo permitido en función del tamaño del establecimiento y las normativas vigentes.
- Sistema de Control: Implementar un sistema para gestionar el flujo de clientes y evitar aglomeraciones.
4. Medidas de Comunicación
4.1. Señalización
- Carteles Informativos: Colocar carteles sobre las medidas de higiene, distanciamiento social y el uso de EPI en lugares visibles.
- Instrucciones Claras: Ofrecer instrucciones claras sobre las normas a seguir dentro del establecimiento.
4.2. Comunicación Digital
- Actualizaciones: Informar a los clientes sobre las medidas de seguridad a través de canales digitales como el sitio web, redes sociales y correo electrónico.
- Reservas y Citas: Implementar sistemas de reservas y citas online si es necesario para gestionar el aforo.
5. Operaciones y Servicios
5.1. Métodos de Pago
- Pagos Sin Contacto: Fomentar el uso de métodos de pago sin contacto (tarjetas contactless, pagos móviles).
- Desinfección de Terminales: Limpieza frecuente de terminales de pago y otros equipos compartidos.
5.2. Productos y Servicios
- Manipulación Segura: Asegurar la correcta manipulación y almacenamiento de productos, especialmente en el sector alimentario.
- Servicios a Domicilio: Mantener y optimizar los servicios de entrega a domicilio o recogida en tienda si es aplicable.
6. Control de Salud y Seguridad
6.1. Monitoreo de Salud
- Autoevaluación: Implementar protocolos para que el personal realice autoevaluaciones diarias de salud antes de comenzar el turno.
- Medición de Temperatura: Considerar la medición de temperatura al inicio del turno para detectar posibles síntomas.
6.2. Manejo de Casos
- Procedimientos: Establecer procedimientos claros para el manejo de casos sospechosos o confirmados de COVID-19 entre el personal o los clientes.
- Comunicación: Informar a las autoridades sanitarias y seguir las recomendaciones para el aislamiento y seguimiento de casos.
7. Medidas Adicionales para Servicios Específicos
7.1. Servicios de Atención al Cliente
- Interacciones Seguras: Implementar barreras físicas (como pantallas) en áreas de atención al cliente para reducir el contacto directo.
- Capacitación Adicional: Capacitar al personal en la gestión de interacciones con clientes manteniendo la seguridad.
7.2. Servicios de Manipulación de Alimentos
- Procedimientos de Higiene: Seguir estrictamente los procedimientos de higiene y manipulación segura de alimentos.
- Equipos de Protección: Asegurar el uso de EPI adecuado para el personal involucrado en la preparación y servicio de alimentos.