En coherencia con los fundamentos lógicos de la valoración económica, para la valoración de cualquier elemento de los estados financieros requiere tener en cuenta el factor tiempo. De acuerdo con ello, cuando se pretende cuantificar los ingresos en una fecha determinada deberá realizarse en función del valor que resulte de actualizar, a dicha fecha, la corriente futura de efectivo esperada por la empresa. Lo anterior quiere decir que, cuando se registre el ingreso a una fecha, y el cobro derivado del mismo se vaya a producir en un momento posterior, aquél se cuantificará en términos económicos por el valor actual del cobro futuro al que dará lugar. Por tanto, la valoración de los créditos comerciales debemos analizarla según el momento valorativo, de forma que distinguiremos una valoración inicial de las cuentas a cobrar por operaciones de tráfico, de la valoración en cualquier momento posterior.
8.3.1 Valoración inicial
La Norma de Registro y Valoración 9.a, dedicada a instrumentos financieros, apartado 2) sobre activos financieros, establece que las partidas a cobrar como son los créditos comerciales, deberán tener como valoración inicial su valor razonable, que, salvo evidencia en contrario, será el precio de la transacción y que equivaldrá al valor razonable de la contraprestación entregada más los costes de transacción, o costes incrementales, y que sean directamente atribuibles a la venta o prestación de servicios.
Pero, en el momento de contabilizar las ventas a veces se ignora el factor tiempo, pues se considera que el plazo que media entre la fecha de contabiliza- ción de la venta y la entrada de efectivo por el cobro en tesorería, es un plazo pequeño de tiempo y que la importancia relativa del efecto de la actualización también lo es.
De acuerdo con ello, la NRV-9.a admite, excepcionalmente, que aquellos créditos por operaciones comerciales con vencimiento no superior a un año y que no tengan un tipo de interés contractual, así como los anticipos y créditos al personal, se podrán valorar por su valor nominal cuando el efecto de no actualizar los flujos de efectivo no sea significativo.
8.3.2 Valoración posterior
Los créditos comerciales deben ser valorados por su coste amortizado, siguiendo el método del tipo de interés efectivo, con independencia de que la empresa tenga intención de mantenerlos hasta su vencimiento, mediante la imputación de ingresos financieros a lo largo del periodo correspondiente.
El tipo de interés efectivo es el tipo de descuento que iguala exactamente los pagos y cobros en efectivo futuros estimados a lo largo de la vida esperada del crédito, o cuando sea más adecuado, en un periodo más reducido, al importe en libros neto del activo.
8.4 Deterioro de valor: los créditos de dudoso cobro
Los saldos de las cuentas a cobrar, sean clientes o deudores, representan aquellos derechos de cobro que podemos considerar en situación de cobro normal; es decir, mientras que en las expectativas de cobro no se prevean riesgos o incertidumbre en el cobro, como consecuencia de situaciones latentes de insolvencias (antigüedad de los saldos de las cuentas a cobrar observadas, demora en los pagos de los clientes o deudores, etc.).
El PGC prevé la separación de aquellos créditos afectados de incertidumbre de los considerados normales en las cuentas:
(436) Clientes de dudoso cobro.
(445) Deudores de dudoso cobro.
Dicha separación se basa en el hecho de que en la valoración de los créditos se puede tener en cuenta el factor riesgo en función de que se puede cuantificar si disponemos de información suficiente y mediante técnicas estadísticas.
Bajo dichas condiciones -«evidencia objetiva»-, y en aplicación del principio de prudencia, se contabilizará dicho riesgo en forma de pérdida prevista o probable con la denominación de «deterioro de valor».
La contabilización de las pérdidas por deterioro de valor se realiza mediante las siguientes cuentas:
Y a los siguientes registros:
a) Al cierre del ejercicio por el deterioro estimado de los créditos:
b) A la reversión de los créditos cuando resulte, bien por haberse cobrado o por la pérdida definitiva del cobro:
La pérdida por deterioro de valor se determinará por la diferencia entre el valor neto contable o valor en libros y el valor recuperable o valor actual de los flujos de efectivo esperado, y en su determinación pueden seguirse uno de los dos procedimientos previstos en el PGC; es decir, según sea el reconocimiento y estimación de la “evidencia objetiva”:
a) Procedimiento de estimación individual: Cuando se da evidencia objetiva del deterioro en aquellos créditos que considerados individualmente tienen una importancia significativa.
b) Procedimiento de estimación global o colectivo: Cuando no exista tal evidencia objetiva del deterioro, independientemente de que los créditos sean o no individualmente significativos.
8.4.1 Estimación individual
En la estimación individual se procede a determinar para cada deudor individual si existe evidencia objetiva del deterioro, calificándole de “dudoso cobro” y contabilizando, al final del ejercicio, la pérdida estimada:
La valoración de los créditos comerciales, también conocidos como cuentas por cobrar o deudores comerciales, es un aspecto importante en la contabilidad y gestión financiera de una empresa. La valoración adecuada de los créditos comerciales es esencial para reflejar de manera precisa la posición financiera de la empresa y para evaluar el riesgo de incobrabilidad:
1. Reconocimiento Inicial:
- Los créditos comerciales se reconocen inicialmente en el balance cuando la empresa ha realizado una venta de bienes o servicios a crédito. Esto crea una cuenta por cobrar.
2. Costo Amortizado:
- Bajo el método del costo amortizado, los créditos comerciales se valoran al costo original ajustado por la amortización acumulada de cualquier descuento o prima, y por las pérdidas por deterioro del valor.
3. Descuentos y Primas:
- Los descuentos y primas asociados con los créditos comerciales pueden afectar la valoración. Los descuentos reducen el valor de los créditos, mientras que las primas los aumentan.
4. Amortización:
- Si se otorgan descuentos o primas en la venta a crédito, estos se amortizan a lo largo del período en el que se espera que se cobren los créditos comerciales.
5. Pérdida por Deterioro del Valor:
- Se debe evaluar periódicamente si hay indicadores de deterioro del valor de los créditos comerciales. Si existe evidencia objetiva de que un crédito es incobrable, se debe reconocer una pérdida por deterioro.
6. Estimación de Pérdidas Incobrables:
- Algunas empresas utilizan un enfoque proactivo y estiman las pérdidas incobrables antes de que se materialicen. Esto implica establecer una provisión para cuentas dudosas o incobrables.
7. Revelaciones en los Estados Financieros:
- Es importante proporcionar revelaciones adecuadas en los estados financieros sobre las políticas contables relacionadas con la valoración de los créditos comerciales, así como cualquier provisión para pérdidas incobrables.
8. Pruebas de Impairment:
- Las pruebas de deterioro del valor se realizan para evaluar si hay evidencia objetiva de que el valor recuperable de los créditos comerciales ha disminuido. Si es así, se reconoce una pérdida por deterioro.
9. Normativas Contables Aplicables:
- Las normativas contables, como las Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF) o los Principios de Contabilidad Generalmente Aceptados (PCGA), proporcionan directrices específicas sobre cómo valorar y reconocer las pérdidas por deterioro de los créditos comerciales.