Otro aspecto a destacar son los requisitos que debe cumplir un pasivo para incorporarse al Balance. Estableciendo el Plan dos tipos de requisitos:
– Generales:
- Cumplir con la definición de pasivo.
- Que se cumplan los criterios de probabilidad en la cesión de recursos que incorporen beneficios o rendimientos económicos.
- Que su valor pueda determinarse con un adecuado grado de fiabilidad.
– Particulares para pasivo:
- Cuando sea probable que, a su vencimiento y para liquidar la obligación, deban entregarse o cederse recursos que incorporen beneficios o rendimientos económicos futuros.
- Siempre que se puedan valorar con fiabilidad.
- El reconocimiento contable de un pasivo implica el reconocimiento simultáneo de un activo, la disminución de otro pasivo o el reconocimiento de un gasto u otros decrementos en el patrimonio neto.
13.1.4 Valoración de un pasivo
El PGC establece la valoración de pasivos en la norma 9.a, “Instrumentos financieros” y, en concreto, a efecto de valoración de pasivos financieros, se determinan tres categorías[1] (ya referida esta clasificación en el punto 1.2):
- Débitos y partidas a pagar.
- Pasivos financieros mantenidos para negociar.
- Otros pasivos financieros a valor razonable con cambios en la cuenta de
pérdidas y ganancias.
Nos vamos a centrar en la valoración de los débitos y partidas a pagar, ya que son los pasivos financieros analizados en este tema (por ser fundamentales en una primera aproximación), como se podrá comprobar en los siguientes epígrafes.
En el punto 3.1, de la norma 9.a del PGC se establece qué pasivos financieros comprende los “Débitos y partidas a pagar”, así como su valoración inicial y posterior, veámoslo:
Los débitos y partidas a pagar se clasifican en:
- Débitos por operaciones comerciales: son aquellos pasivos financieros que se originan en la compra de bienes y servicios por operaciones de tráfico de la empresa, y
- débitos por operaciones no comerciales: son aquellos pasivos financieros que, no siendo instrumentos derivados, no tienen origen comercial.
La valoración de los débitos y partidas a pagar es la siguiente:
- Valoración inicial: por su valor razonable, que, salvo evidencia en contrario, será el precio de la transacción, y que equivaldrá al valor razonable de la contraprestación recibida ajustado por los costes de transacción que les sea directamente atribuibles.
Sin embargo, para los débitos por operaciones comerciales con vencimiento no superior a un año y que no tengan un tipo de interés contractual, así como los desembolsos exigidos por terceros sobre participaciones, cuyo importe se espera pagar en el plazo corto, se podrán valorar por su valor nominal, cuando el efecto de no actualizar los flujos de efectivo no sea significativo.
- Valoración posterior: por su coste amortizado, contabilizando los intereses devengados en la cuenta de pérdidas y ganancias, aplicando el método del tipo de interés efectivo.
No obstante, los débitos con vencimiento no superior a un año que se valoraron inicialmente por su valor nominal, continuarán valorándose por dicho importe.
13.2 Pasivo no corriente
El Plan General de Contabilidad determina (por exclusión) como pasivo no corriente aquellos elementos del pasivo que no son pasivos corrientes. Estos recursos normalmente son los utilizados en la financiación del activo no corriente de la empresa y una parte del activo corriente.
En este epígrafe, vamos a tratar esta financiación básica en dos grandes epígrafes, por un lado, la emisión de obligaciones a largo plazo, y por otro, el resto de deudas a largo plazo (en concreto las deudas a largo plazo con entidades de crédito, con los proveedores de inmovilizado, comerciales a largo plazo y las fianzas y depósitos recibidos a largo plazo).
13.2.1 Emisión de obligaciones
En multitud de ocasiones, las empresas y en especial las grandes empresas, necesitan de un volumen elevado de financiación ajena a devolver a largo plazo. Ante esta perspectiva no es fácil encontrar a un único prestamista (o un número muy reducido de prestamistas), ya que estamos hablando de grandes cantidades de dinero, donde a su vez el prestamista asumiría un riesgo elevado, prefiriendo éste diversificar su riesgo en multitud de inversiones. Ante este escenario, es más fácil encontrar un número elevado de prestamistas que aporten pequeñas cantidades, de tal manera que el riesgo asumido por los prestamistas sea muy reducido con respecto a la situación de un único prestamista (o reducido número de prestamistas). No debemos olvidar, que esto último tiene también otra gran ventaja para la empresa y es que el coste financiero es inferior, ya que el riesgo para los prestamistas es mucho menor.
Por ello, la empresa divide en partes iguales el monto total de los recursos necesarios, es decir, divide en partes alícuotas el total de los recursos, y la empresa acude directamente a los prestamistas a través del mercado de capitales. El monto total de los recursos se denomina empréstito y cada una de las partes alícuotas recibe el nombre de obligaciones y bonos.
En definitiva, los empréstitos se formalizan mediante la emisión de títulos valores, los cuales pueden ser obligaciones, bonos, etc., teniendo estos títulos valores la posibilidad de negociarse y transmitirse su propiedad. La emisión de obligaciones y otros títulos valores agrupados en emisiones, sólo la pueden hacer las sociedades anónimas y las sociedades comanditarias por acciones, y en ciertos casos específicos y ajustándose a la Ley correspondiente las cooperativas.
Los poseedores de dichos títulos valores tienen un derecho de crédito (sobre la empresa que ha emitido el empréstito) por la cuantía de los recursos prestados en un plazo determinado, junto con los intereses pactados periódicos (de ahí la denominación de renta fija, ya que se conoce el rendimiento del recurso prestado en el plazo de la inversión).
Atendiendo a los distintos tipos de obligaciones emitidas por las empresas, se extrae la siguiente clasificación atendiendo a distintos criterios:
- Nominativas o al portador: si en el propio título aparece el nombre del propietario o simplemente el poseedor del título es el propietario de éste.
- Simples o garantizadas: las simples son aquellas que sólo tienen la garantía del patrimonio de la empresa que la emite, y por otro lado, las garantizadas son las que tienen además del patrimonio de la empresa otra especial (hipoteca, garantía de alguna Administración del Estado, aval, prenda, etc.).
- Con prima o sin ella: cuando en el momento de la devolución de la cantidad prestada no coincide la cantidad prestada con la devuelta por la empresa, en este caso, se denomina emisión de obligaciones con prima. Teniendo dos posibilidades:
– Con prima de emisión: cuando la cantidad prestada a la empresa es menor que el valor nominal de la obligación.
– Con prima de reembolso: cuando la cantidad devuelta por la empresa está por encima del valor nominal de la obligación.
- Con interés fijo o variable: cuando el interés generado por la obligación es constante a lo largo de la vida del empréstito, o por el contrario, el interés está indiciado, es decir, varía en función de algún parámetro de referencia, como puede ser el EURIBOR, MIBOR, etc.
- Convertibles y no convertibles: si el reembolso de las obligaciones son mediante título o en metálico.
Se podría continuar haciendo otras distinciones entre las obligaciones, como por ejemplo, en función del modo del abono de los intereses (cupón) que puede ser: con cupón vencido (los intereses se pagan al término del periodo); con cupón anticipado (el interés se paga por anticipado); con cupón fraccionado (los intereses se pagan trimestral o semestralmente); con cupón cero (los intereses se acumulan hasta la fecha de amortización).
Existe una serie de determinados momentos claves en la contabilización de la vida de un empréstito como son: la emisión, suscripción y desembolso; reconocimiento, periodificación y pago de los intereses; reclasificación de largo plazo a corto plazo de las obligaciones, la amortización y reembolso.
Una de las cuestiones más importantes es la valoración de los empréstitos, siendo la norma 9.a, “Instrumentos financieros”, en su apartado 3, Pasivos financieros, y en concreto el punto 3.1, Débitos y partidas a pagar, la que hace frente a su valoración. La norma los incluye aquí, ya que son débitos por operaciones no comerciales, por ser pasivos financieros que, no siendo instrumentos derivados, no tienen origen comercial.
La valoración inicial de un empréstito será a valor razonable de la contraprestación recibida ajustado por los costes de transacción que les sea directamente atribuible. Por ello, cuando es una emisión de obligaciones y bonos no convertibles en acciones, utilizamos la cuenta (177) Obligaciones y bonos y/o (500) Obligaciones y bonos a corto plazo, y estas cuentas nos indican que se abonarán (las cuentas) en el momento de la emisión por el importe recibido, minorado en los costes de la transacción, con cargo, generalmente, a las cuentas del subgrupo (57) Tesorería.
La valoración posterior de un empréstito será a coste amortizado. Los intereses devengados se contabilizarán en la cuenta de pérdidas y ganancias, aplicando el método del tipo de interés efectivo. Los intereses devengados se contabilizan en la cuenta (661) Intereses de obligaciones y bonos, teniendo como contrapartida por los intereses explícitos devengados la cuenta (506) Intereses a corto plazo de empréstitos y otras emisiones análogas y/o por los intereses implícitos devengados las cuentas (500) Obligaciones y bonos a corto plazo y (177) Obligaciones y bonos, según proceda.
A continuación, se expone un ejemplo sencillo sobre la contabilización de un empréstito, sin entrar en la problemática profunda, como por ejemplo obligaciones convertibles, etc.
El reconocimiento contable de un pasivo implica registrar formalmente en los libros contables una obligación presente de la entidad que surge a partir de eventos pasados y cuya liquidación se espera que resulte en una salida de recursos que incorporan beneficios económicos. Para que un pasivo sea reconocido contablemente, debe cumplir con ciertos requisitos:
1. Obligación Presente:
- Debe existir una obligación presente, que es una responsabilidad legal o implícita que ha surgido como resultado de eventos pasados.
2. Evento Pasado:
- La obligación debe ser el resultado de eventos pasados, como la compra de bienes o servicios, la obtención de préstamos, acuerdos contractuales, entre otros.
3. Flujo de Recursos Futuros Probable:
- Debe ser probable que la liquidación de la obligación resulte en una salida de recursos que incorporan beneficios económicos de la entidad.
4. Medición Confiable:
- La obligación debe ser susceptible de una medición confiable en términos monetarios. La cantidad de la obligación debe ser estimable con suficiente precisión.
5. Falta de Discreción de la Entidad:
- La entidad no debe tener una opción realista para evitar la liquidación de la obligación. En otras palabras, la entidad no puede tener discreción para eludir el pago.
Ejemplos de Pasivos que Cumplen con Estos Criterios:
- Cuentas por Pagar:
- La compra de bienes o servicios a crédito crea una obligación presente para la entidad.
- Préstamos y Deudas:
- Los préstamos y deudas generan obligaciones presentes que deben ser registradas.
- Provisiones:
- Obligaciones para cubrir pérdidas futuras, como provisiones para garantías, litigios o reestructuraciones, cumplen con estos criterios.
- Bonos y Obligaciones Financieras:
- La emisión de bonos o la contratación de obligaciones financieras crea una obligación de pago futuro.
Registro Contable:
El reconocimiento contable de un pasivo implica registrar la obligación en los libros contables. La fórmula general para el registro contable de un pasivo es:
Pasivo=Obligacioˊn presente×Flujo de recursos futurosPasivo=Obligacioˊn presente×Flujo de recursos futuros
Notas a los Estados Financieros:
Es importante proporcionar notas a los estados financieros que describan las obligaciones y los términos específicos asociados con los pasivos. Estas notas ofrecen información adicional para comprender la naturaleza y el alcance de las obligaciones de la entidad.
Consideraciones Específicas:
- Reconocimiento Inicial y Posterior:
- El reconocimiento inicial de un pasivo ocurre cuando se cumple con los criterios mencionados anteriormente. Posteriormente, la entidad evalúa si la cantidad registrada sigue siendo apropiada y ajusta según sea necesario.
- Compromisos Futuros:
- Los compromisos futuros, como garantías y compromisos contingentes, también pueden requerir reconocimiento si cumplen con los criterios de reconocimiento de pasivos.