Como desarrollamos en este capítulo, ciertos activos financieros son valorados a valor razonable tanto inicialmente como en valoraciones posteriores. En algunos casos, el PGC nos indica que las diferencias de valor razonable que se produzcan después del reconocimiento inicial deben reconocerse directamente en el patrimonio neto.
Este reconocimiento se lleva a cabo a través de las cuentas del grupo 8 y 9 cuyos saldos se traspasarán, al cierre del ejercicio, a una cuenta del subgrupo 13 que formará parte del patrimonio neto.
El reconocimiento contable se lleva a cabo de la siguiente manera:
– Las variaciones positivas del activo financiero serán contabilizadas en la cuenta (900) Beneficios en activos financieros disponibles para la venta.
– Al cierre del ejercicio se traspasarán los saldos de las cuentas (800) y (900) a la cuenta (133) Ajuste por valoración en activos financieros disponibles para la venta.
Se contabilizará, según proceda:
– En el momento de la baja o enajenación del activo financiero, se realizará el traspaso de las variaciones (positivas o negativas) a cuenta de resultados:
Por la venta, en caso de beneficio:
Por el traspaso de la cuenta de patrimonio neto:
Por la venta, en caso de pérdidas:
Por el traspaso de la cuenta de patrimonio neto:
11.11 Cuestionario de autoevaluación
1. Los activos financieros mantenidos para negociar se valorarán:
a) Valor inicial se realizará a valor razonable, los costes atribuibles a la transacción formarán parte de dicha valoración.
b) Valor inicial se realizará a valor razonable, los costes atribuibles a la transacción se imputarán al resultado del ejercicio.
c) Valor posterior se realizará a valor razonable, contabilizando las diferencias que se produzcan en el mismo directamente en el patrimonio neto.
d) Valor posterior se realizará a valor razonable, contabilizando las diferencias que se produzcan en el mismo en cuentas de pérdidas y ganancias.
2. Una empresa adquiere el 01/06/07 unas acciones, con la intención de venderlas dentro de 10 meses, a un valor de 50 €. A 31/12/07 comprueba que la cotización de dichas acciones es de 46 €/acción. ¿Qué registro debe hacer?
3. Los activos disponibles para la venta se valorarán:
a) Valor inicial se realizará a valor razonable, los costes atribuibles a la transacción formarán parte de dicha valoración.
b) Valor inicial se realizará a valor razonable, los costes atribuibles a la transacción se imputarán al resultado del ejercicio.
c) Valor posterior se realizará a valor razonable, contabilizando las diferencias que se produzcan en el mismo directamente en el patrimonio neto.
d) Valor posterior se realizará a valor razonable, contabilizando las diferencias que se produzcan en el mismo en cuentas de pérdidas y ganancias.
4. Según el PGC las inversiones financieras pueden ser clasificadas:
a) Según el tiempo de permanencia en el patrimonio de la empresa: corto, medio y largo plazo.
b) La clasificación se establece a criterio de cada empresa, con carácter voluntario.
c) Según el tiempo de permanencia en el patrimonio de la empresa: corto y largo plazo.
d) Pueden ser inversiones permanentes e inversiones corrientes.
5. Si se produce deterioro de valor de las inversiones mantenidas hasta su vencimiento:
a) No se efectuará ninguna corrección valorativa, únicamente se tendrá en cuenta en el momento de la venta.
b) Se efectuará corrección valorativa al cierre del ejercicio.
c) El deterioro de valor será la diferencia entre su valor en libros y su valor y el valor actual de los flujos de efectivo.
d) El deterioro de valor será la diferencia entre su valor en libros y su valor y el valor actual de los flujos de efectivo o el valor neto realizable. Eligiendo siempre el menor de los dos.
6. Si se produce deterioro de valor de activos financieros disponibles para la venta:
a) No se efectuará ninguna corrección valorativa, únicamente se tendrá en cuenta en el momento de la venta.
b) Se efectuará siempre corrección valorativa al cierre del ejercicio.
c) Únicamente se entenderá que el elemento se ha deteriorado si la caída de valor se mantiene al menos año y medio y es de un 40% del valor de cotización.
7. Si un activo financiero mantenido para negociar se adquiere en moneda distinta a la funcional:
a) No es necesario valorarlo en moneda funcional.
b) Se incorporará al patrimonio en la moneda funcional aplicando el tipo de cambio vigente en el momento de la operación.
c) Los cambios de valor posteriores al reconocimiento inicial por cambio en la cotización de la moneda se reconocerán en cuenta de pérdidas y ganancias.
d) Los cambios de valor posteriores al reconocimiento inicial por cambio en la cotización de la moneda se reconocerán directamente en el patrimonio neto.
8. Si un activo financiero disponible para la venta se adquiere en moneda distinta a la funcional:
a) No es necesario valorarlo en moneda funcional.
b) Se incorporará al patrimonio en la moneda funcional aplicando el tipo de cambio vigente en el momento de la operación.
c) Los cambios de valor posteriores al reconocimiento inicial por cambio en la cotización de la moneda se reconocerán en cuenta de pérdidas y ganancias.
d) Los cambios de valor posteriores al reconocimiento inicial por cambio en la cotización de la moneda se reconocerán directamente en el patrimonio neto.
9. La empresa podrá incluir en la categoría “activos financieros mantenidos para negociar”:
a) Aquellos activos financieros cuya rentabilidad esperada supere a la media del mercado.
b) Cuando se trate de un instrumento financiero derivado, siempre que no sea un contrato de garantía financiera y no haya sido designado como instrumento de cobertura.
c) Cuando se trate de instrumentos financieros híbridos.
d) Cuando se vaya a mantener en el largo plazo.
10. Si una empresa A que posee inversiones en el patrimonio de otra y ante una ampliación de capital decide no acudir a ella:
a) La empresa A puede vender los derechos preferentes de suscripción contabilizando dicha operación como un ingreso financiero.
b) La empresa A puede oponerse a la ampliación de capital, si a ella no le interesa acudir a la misma.
c) La empresa A puede vender los derechos preferentes de suscripción, dando de baja del valor de las acciones el valor teórico de los derechos de suscripción.
d) A partir de ese momento no puede acudir a más ampliaciones de capital.
Principios Generales:
- Medición Inicial:
- Las diferencias de valor razonable se pueden originar en la medición inicial de ciertos activos y pasivos a su valor razonable. Esto puede ocurrir, por ejemplo, al reconocer activos y pasivos a valor razonable al momento de la adquisición.
- Revaluaciones Periódicas:
- Los activos y pasivos a valor razonable pueden experimentar cambios en su valor razonable a lo largo del tiempo debido a factores del mercado. Estos cambios se reconocen y registran periódicamente.
- Categorías de Valor Razonable:
- Los activos y pasivos se clasifican en distintas categorías según su naturaleza y función. Algunos ejemplos incluyen activos financieros disponibles para la venta, instrumentos financieros a valor razonable a través de resultados, y propiedades de inversión.
Reconocimiento en el Patrimonio Neto:
- Ajustes Directos al Patrimonio Neto:
- Las diferencias de valor razonable se reconocen directamente en el patrimonio neto, específicamente en una cuenta de resultados integrales u otra cuenta de reservas de patrimonio neto.
- Reclasificación al Resultado:
- En algunos casos, las diferencias de valor razonable pueden posteriormente transferirse del patrimonio neto al resultado del ejercicio cuando se realiza una venta o liquidación, dependiendo de la naturaleza del activo o pasivo.
Ejemplos Prácticos:
- Activos Financieros Disponibles para la Venta:
- Las variaciones en el valor razonable de activos financieros disponibles para la venta se reconocen directamente en el patrimonio neto a través de la cuenta de resultados integrales.
- Instrumentos Financieros a Valor Razonable a través de Resultados:
- Algunos instrumentos financieros se valoran a valor razonable a través de resultados, lo que significa que los cambios en su valor se reflejan directamente en el resultado del ejercicio.
- Propiedades de Inversión:
- Las variaciones en el valor razonable de propiedades de inversión se reconocen directamente en el patrimonio neto a través de la cuenta de resultados integrales.
Revelaciones en las Notas a los Estados Financieros:
- Es importante proporcionar revelaciones adecuadas en las notas a los estados financieros para informar sobre las políticas contables utilizadas, las categorías de valor razonable, y cualquier impacto significativo en el patrimonio neto.
- Las notas también pueden incluir información sobre las metodologías y suposiciones utilizadas en la determinación del valor razonable.
Importancia:
- Transparencia:
- El reconocimiento de las diferencias de valor razonable en el patrimonio neto contribuye a la transparencia en la presentación de la situación financiera de la empresa.
- Seguimiento del Desempeño del Mercado:
- Permite a los inversores y analistas evaluar cómo los cambios en las condiciones del mercado afectan el valor de los activos y pasivos de la empresa.
- Cumplimiento con Normas Contables:
- El reconocimiento de las diferencias de valor razonable en el patrimonio neto se realiza en cumplimiento con las normas contables y proporciona información útil para la toma de decisiones.