La aprobación de esa nueva Ley requiere una revisión integral de la norma reglamentaria que necesariamente acompaña al Impuesto sobre Sociedades, de manera que el Reglamento que se aprueba a través de este real decreto cumple la doble función de adecuación a los nuevos parámetros establecidos por la Ley 27/2014 y de actualización de las reglas en él dispuestas.
La Ley 27/2014, de 27 de noviembre, del Impuesto sobre Sociedades, ha establecido una nueva regulación de esta figura impositiva, pilar básico de la imposición directa conjuntamente con el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas. Si bien esta nueva regulación ha mantenido la estructura del Impuesto sobre Sociedades que ya existía desde el año 1996, se han producido cambios significativos en el tratamiento fiscal de determinadas rentas objeto de integración en la base imponible.
Contenido del Artículo 2 del Real Decreto 634/2015
- Ámbito de Aplicación:
- El reglamento se aplica a los contribuyentes del Impuesto sobre Sociedades, que incluyen las sociedades y entidades residentes en territorio español que desarrollan actividades económicas.
- Este grupo incluye personas jurídicas como sociedades anónimas, sociedades de responsabilidad limitada, y otras entidades corporativas, así como entidades no residentes con establecimiento permanente en España.
- Sociedades y Entidades sin Personalidad Jurídica:
- También regula la tributación de sociedades y entidades sin personalidad jurídica, siempre que tengan carácter mercantil. Esto implica que agrupaciones de interés económico o uniones temporales de empresas (UTEs) están sujetas al impuesto según las especificaciones del reglamento.
- Otras Entidades Afectadas:
- Además de sociedades mercantiles, el reglamento se aplica a entidades parcialmente exentas y entidades de derecho público, en cuanto a la parte de sus ingresos que tributa por el Impuesto sobre Sociedades, ajustándose a la normativa específica para cada tipo de entidad.
Objetivo del Artículo 2
Este artículo tiene como objetivo definir claramente el ámbito de aplicación del Reglamento del Impuesto sobre Sociedades, especificando las entidades sujetas al impuesto y estableciendo que el reglamento abarca tanto a entidades mercantiles como a otros tipos de organizaciones y entidades con o sin personalidad jurídica.